Acta de Conciliación al Proyecto de Ley 272 de 2017 Cámara, 261 de 2017 Senado - 30 de Mayo de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 726928681

Acta de Conciliación al Proyecto de Ley 272 de 2017 Cámara, 261 de 2017 Senado

por medio de la cual se reglamenta el Sistema de Residencias Médicas en Colombia, su mecanismo de financiación y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., 21 de mayo de 2018

Doctor

EFRAÍN JOSÉ CEPEDA SARABIA

Presidente

Honorable Senado de la República

Doctor

RODRIGO LARA RESTREPO

Presidente

Honorable Cámara de Representantes

Referencia: Acta de conciliación al Proyecto de ley número 261 de 2017 Senado, 272 de 2017 Cámara, por medio de la cual se reglamenta el Sistema de Residencias Médicas en Colombia, su mecanismo de financiación y se dictan otras disposiciones.

En consideración a la designación efectuada por las Presidencias del Senado de la República y la Cámara de Representantes, y según lo contemplado en el artículo 161 constitucional y en los artículos 186, 187 y 188 de la Ley 5ª de 1992, por su conducto nos permitimos someter a consideración de las respectivas plenarias, el texto conciliado del Proyecto de ley número 261 de 2017 Senado, 272 de 2017 Cámara, por medio de la cual se reglamenta el Sistema de Residencias Médicas en Colombia, su mecanismo de financiación y se dictan otras disposiciones.

PROPOSICIÓN

Honorables Senadores y Honorables Representantes a la Cámara:

La Comisión Accidental de Conciliación designada por el Senado de la República y la Cámara de Representantes, encontramos procedente acoger como texto final, el texto aprobado por el Honorable Senado de la República el día 17 de mayo de 2018, tanto en el título como en su articulado, el cual se adjunta y hace parte integral del presente informe. En consecuencia, respetuosamente solicitamos a las plenarias de ambas Cámaras aprobar el presente informe de Comisión Accidental de Conciliación.

Cordialmente,

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TEXTO CONCILIADO AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 261 DE 2017 SENADO, 272 DE 2017 CÁMARA

por medio de la cual se reglamenta el Sistema de Residencias Médicas en Colombia, su mecanismo de financiación y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Residencias Médicas en Colombia que permita garantizar las condiciones adecuadas para la formación académica y práctica de los profesionales de la medicina que cursan programas académicos de especialización médico quirúrgicas como apoyo al Sistema General de Seguridad Social en Salud, define su mecanismo de financiación y establece medidas de fortalecimiento para los escenarios de práctica del área de la salud.

Artículo 2°. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente ley se aplicarán a todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que se instituyan como escenarios de práctica formativa en salud, a las Instituciones de Educación Superior que cuenten con programas académicos de especialización médico quirúrgicas debidamente autorizados, a los profesionales de la salud que cursen especializaciones médico quirúrgicas y a las autoridades de carácter nacional, departamental, distrital y municipal que actúen dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud.

Artículo 3°. Sistema Nacional de Residencias Médicas. El Sistema Nacional de Residencias Médicas es un conjunto de instituciones, recursos, normas y procedimientos que intervienen en el proceso de formación de los profesionales médicos que cursan un programa de especialización médico quirúrgica y requiera de práctica formativa dentro del marco de la relación docencia-servicio existente entre la Institución de Educación Superior y la institución prestadora de servicio de salud.

Artículo 4°. Resident...

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