Acta de Conciliación al Proyecto de Ley 272 de 2017 Cámara, 261 de 2017 Senado
por medio de la cual se reglamenta el Sistema de Residencias Médicas en Colombia, su mecanismo de financiación y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., 21 de mayo de 2018
Doctor
EFRAÍN JOSÉ CEPEDA SARABIA
Presidente
Honorable Senado de la República
Doctor
RODRIGO LARA RESTREPO
Presidente
Honorable Cámara de Representantes
Referencia: Acta de conciliación al Proyecto de ley número 261 de 2017 Senado, 272 de 2017 Cámara, por medio de la cual se reglamenta el Sistema de Residencias Médicas en Colombia, su mecanismo de financiación y se dictan otras disposiciones.
En consideración a la designación efectuada por las Presidencias del Senado de la República y la Cámara de Representantes, y según lo contemplado en el artículo 161 constitucional y en los artículos 186, 187 y 188 de la Ley 5ª de 1992, por su conducto nos permitimos someter a consideración de las respectivas plenarias, el texto conciliado del Proyecto de ley número 261 de 2017 Senado, 272 de 2017 Cámara, por medio de la cual se reglamenta el Sistema de Residencias Médicas en Colombia, su mecanismo de financiación y se dictan otras disposiciones.
PROPOSICIÓN
Honorables Senadores y Honorables Representantes a la Cámara:
La Comisión Accidental de Conciliación designada por el Senado de la República y la Cámara de Representantes, encontramos procedente acoger como texto final, el texto aprobado por el Honorable Senado de la República el día 17 de mayo de 2018, tanto en el título como en su articulado, el cual se adjunta y hace parte integral del presente informe. En consecuencia, respetuosamente solicitamos a las plenarias de ambas Cámaras aprobar el presente informe de Comisión Accidental de Conciliación.
Cordialmente,
CONSULTAR NOMBRES Y FIRMAS EN FORMATO PDF
TEXTO CONCILIADO AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 261 DE 2017 SENADO, 272 DE 2017 CÁMARA
por medio de la cual se reglamenta el Sistema de Residencias Médicas en Colombia, su mecanismo de financiación y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Residencias Médicas en Colombia que permita garantizar las condiciones adecuadas para la formación académica y práctica de los profesionales de la medicina que cursan programas académicos de especialización médico quirúrgicas como apoyo al Sistema General de Seguridad Social en Salud, define su mecanismo de financiación y establece medidas de fortalecimiento para los escenarios de práctica del área de la salud.
Artículo 3°. Sistema Nacional de Residencias Médicas. El Sistema Nacional de Residencias Médicas es un conjunto de instituciones, recursos, normas y procedimientos que intervienen en el proceso de formación de los profesionales médicos que cursan un programa de especialización médico quirúrgica y requiera de práctica formativa dentro del marco de la relación docencia-servicio existente entre la Institución de Educación Superior y la institución prestadora de servicio de salud.
Artículo 4°. Resident...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba