ACTA NÚMERO 10 DE 2021 (octubre 27) - 31 de Enero de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 897144913

ACTA NÚMERO 10 DE 2021 (octubre 27)

Fecha de publicación31 Enero 2022
Número de Gaceta11
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 11 Bogotá, D. C., lunes, 31 de enero de 2022 EDICIÓN DE 39 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l c o n G r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN TERCERA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE
HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
ACTA NÚMERO 10 DE 2021
(octubre 27)
En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 9:00 a. m.,
el día miércoles 27 de octubre de 2021 se reunieron en
sesión formal presencial los miembros de la Comisión
Tercera Constitucional Permanente con el n de poner
a consideración el siguiente Orden del Día.
ORDEN DEL DÍA
(Semipresencial)
Para la sesión ordinaria del día
miércoles 27 de octubre de 2021
Hora: 9:00 a. m.
I
Llamado a lista y vericación del quórum.
II
Debate de control político:
Citados a debate de control político: a los señores:
Ministro de Minas y Energía, doctor Diego Mesa
Puyo, Ministro de Hacienda y Crédito Público; doctor
José Manuel Restrepo Abondano, Superintendente de
Servicios Públicos Domiciliarios; doctora Natasha
Avendaño García, y a la Presidenta de la Fiduciaria
la Previsora S. A., doctora Gloria Inés Cortés
Arango; Alcalde de Montería, doctor Carlos Alberto
Ordosgoitia Sanín e invitados a los representantes
legales de las empresas Caribe Mar de costa S. A. S. E.
S. P. (Ania) doctora Blanca Liliana Ruiz Arroyave
o quien haga sus veces y, de Air-e S. A. S. E. S. P.,
doctora Heidy Calderón Prado o quien haga sus veces.
Proposición número 03/2021 sobre “las condiciones
de prestación y la calidad del servicio público de
energía eléctrica en la costa Caribe y especialmente
sobre el impacto económico de la transición y el
inicio de la operación y prestación del servicio a
cargo de las nuevas empresas hoy denominadas
Caribe Mar de costa S. A. S. E. S. P. (Ania) para el
mercado Caribe Mar, y Air-e S. A. S. E. S. P., para
el mercado Caribe Sol, estando cerca de cumplirse
el primer año de su operación en reemplazo de
Electricaribe”. Presentada por el honorable Senador
David Alejandro Barguil Assís. (Aditivas presentadas
por los honorables Representantes doctora Sara Elena
Piedrahíta y doctor José Salazar).
CUESTIONARIO
Al Ministro de Minas y Energía, doctor Diego
Mesa Puyo
1. ¿Cuál es el número de usuarios del Sistema
Interconectado Nacional?
2. Sírvase informar el número de usuarios de la
empresa Air-e actualmente, con detalle de usuarios,
departamento por departamento.
3. Sírvase informar el número de usuarios de la
empresa Ania actualmente, con detalle del número
de usuarios departamento por departamento.
4. Detallar el número de PQR interpuestas por
los usuarios de las empresas Ania y Air-e, desde el
1º de octubre de 2020, fecha de inicio de su operación,
hasta la fecha más reciente de la que se tenga reporte
por esta entidad, con detalle del número de PQR
departamento por departamento.
5. Asimismo, como antecedente histórico
inmediato, detallar el número de PQR interpuestas
por los usuarios de la antigua empresa Electricaribe,
desde el inicio del período de posesión ejercido por la
Superintendencia de Servicios Públicos, esto es, el 14
Página 2 Lunes, 31 de enero de 2022 Gaceta del conGreso 11
de noviembre de 2016 hasta el 30 de septiembre de
2020, fecha de entrega a los nuevos operadores.
6. Desde el inicio de la operación por Ania
y Air-e, ¿cuántas multas y por qué montos, han
tenido que cancelar las empresas por PQR no
atendidas dentro de los tiempos establecidos?
7. Sírvase indicar, departamento por
departamento y ponderado total regional, de los siete
departamentos que integran los segmentos Caribesol
y Caribemar, ¿cuál es el promedio de horas/año
de interrupción del servicio de energía eléctrica,
en el período comprendido entre el 1º de octubre de
2020 y el mes de julio de 2021?, ¿así como cuántas
veces se ha interrumpido el servicio de manera no
programada en este período?
8. En contraste al anterior interrogante, sírvase
indicar, de acuerdo a los datos históricos existentes,
¿cuál fue el promedio de horas al año de interrupción
del servicio de energía eléctrica durante los últimos 5
años de operación de Electricaribe?
9. Sírvase informar, frente a las empresas Ania
y Air-e, ¿cuál es el comportamiento del indicador
SAIDI (duración de interrupción promedio por
usuario) acumulado al mes de julio de 2021 o el
último período del que se tenga registro, y cuál ha
sido su comportamiento desde el mes de octubre de
2020?
10. De igual forma, se indique, frente a las
empresas Ania y Air-e, ¿cuál es el comportamiento
del indicador SAIFI (frecuencia de interrupción
promedio por usuario) acumulado al mes de julio
de 2021 o del último período del que se tenga registro?
11. ¿Cuáles son los indicadores existentes y
utilizados por este Ministerio para determinar la
mejoría en la calidad de la prestación del servicio de
energía eléctrica por parte de las entidades Ania y
Air-e? Sírvase remitir información acerca de estos
indicadores en el período comprendido entre el 1º
de octubre de 2020 y el actual mes de julio de 2021,
indicando de acuerdo con tales indicadores, si la
calidad del servicio se ha mantenido, disminuido o
mejorado.
12. Reportar la tarifa del kilovatio hora de las
empresas Ania y Air-e, del año 2020 a 2021.
13. ¿Cuál es la tarifa promedio del kilovatio hora
de los otros operadores a nivel nacional?
14. ¿Cuáles han sido las inversiones que se
han ejecutado para frenar el deterioro, para reparar,
sustituir, modernizar y ampliar la infraestructura
destinada a la prestación del servicio de energía y el
mejoramiento en la calidad del servicio por parte de
las empresas Ania y Air-e?
15. ¿Cuántos recursos se han invertido por parte
de las empresas Ania y Air-e en infraestructura de
redes, subestaciones, nuevos transformadores de
distribución y de potencia, nuevo cableado y circuitos
tendientes a mejorar la prestación del servicio?
16. ¿Cuáles son los planes de inversión de las
empresas Ania y Air-e, cronología de ejecución,
metas de ampliación de cobertura e interconexión,
mejoramiento de la calidad, disminución y prevención
de fallas o interrupciones del servicio, entre otros
propósitos y objetivos a los que estas entidades se
han comprometido para con los usuarios de la región
Caribe?
17. Informar detalladamente sobre el recaudo de
las empresas Ania y Air-e en el mercado regulado
y no regulado, durante los primeros 9 meses de su
operación. Si este Ministerio cuenta con informes
sobre dicho recaudo, favor remitirlo.
18. ¿Cuál es el estado actual de la infraestructura
eléctrica urbana y rural de los siete departamentos de
la costa Caribe? ¿Qué avances se han dado durante los
primeros 9 meses de operación por parte de Ania y
Air-e?
19. De existir, ¿cuál es el nivel de riesgo de una
interrupción general o apagón en la región Caribe?
20. ¿A cuánto ascienden las inversiones que
deben efectuarse para mejorar la calidad del servicio
de energía en los siete departamentos?
21. ¿Cuál es el estado del pago de las obligaciones
corrientes derivadas de la compra de energía de
Ania y Air-e, tanto en contratos bilaterales con los
generadores de energía como ante el mercado de
energía mayorista XM?
22. Desde que iniciaron su operación Ania y
Air-e, ¿a cuánto asciende el costo total de compra de
energía a través de contratos bilaterales y en bolsa?
¿Cuál es el promedio en ambos casos? Favor reportar
información del mercado regulado y del no regulado
por cada mes.
23. ¿Cuál es el informe del Gobierno nacional en
relación a la utilización que se hizo de los recursos
desembolsados a Electricaribe a través del Fondo
Empresarial de la Superservicios para créditos para
operación y créditos para garantías de compra de
energía?
24. Adicionalmente, ¿qué otros recursos otorgó
la Nación para realizar intervenciones prioritarias
para el mejoramiento de la infraestructura de redes,
subestaciones, nuevos circuitos, transformadores
de distribución de potencia, así como la puesta en
marcha de un plan de reducción de pérdidas, antes de
la entrada de los nuevos operadores?
25. ¿Cuál es la información que tiene el
Ministerio en relación al indicador de duración de las
interrupciones (SAIDI) y el indicador de frecuencia
de interrupciones del servicio (SAIFI), en el momento
de entrar a operar Ania y Air-e en sus respectivas
jurisdicciones?
26. Sin duda, la situación en que se asumió la
operación era muy compleja por el estado de deterioro
de la red eléctrica debido al rezago de inversiones
por más de 10 años. Pérdidas de energía del 35%
y recaudo del 70%, ¿cuál es la información que el
Gaceta del conGreso 11 Lunes, 31 de enero de 2022 Página 3
Ministerio tiene, a fecha de hoy, en relación a lo que
se ha avanzado frente al escenario descrito?
27. Como viceministro y Ministro, usted estuvo
en cada detalle de la negociación y en cada “ligrana”
para que se diera el paso denitivo hacia los nuevos
operadores de energía para la costa Caribe en su
servicio de energía, ¿cuál es el balance que se tiene a
la fecha sobre las anunciadas “soluciones” de equipo,
soluciones nancieras y soluciones regulatorias para
mejorar integralmente el servicio de energía?
28. A corto plazo y, para evitar las interrupciones
casi permanentes del servicio de energía, ¿cuáles
fueron los compromisos reales a los que se
comprometieron los dos nuevos operadores para
asegurar la calidad y continuidad del servicio? ¿Son
inevitables en este momento dichas interrupciones?
29. Qué Ministerio, como implementador de las
negociaciones entre el Gobierno y los operadores
Ania y Air-e, nos suministre información detallada
sobre el cronograma de inversiones que hasta la fecha
se ha ejecutado por parte de dichos operadores para el
mejoramiento de estaciones y subestaciones, cambio
de transformadores, redes eléctricas y modernización
de equipos, entre otros frentes, los departamentos de
Bolívar, Córdoba, Sucre, Cesar y 11 municipios del
sur del Magdalena.
30. Si uno de los padecimientos de los usuarios
es la interrupción permanente del servicio de
energía, ¿cómo se determinó en el tiempo y, dentro
de la negociación, la denominada “mejora gradual
y signicativa” frente a este problema? ¿De qué
depende realmente que no se siga acudiendo a
expresiones indeterminadas como “en los próximos
años” y “mejora gradual para lograr un servicio más
conable”?
31. En el periodo 2016-2020, detallar monto de
los recursos asignados a municipios del departamento
de Córdoba y relación de proyectos de mejoramiento
o expansión de redes eléctricas realizados por los
entes territoriales.
32. Relación de proyectos de generación de
energía con fuentes no convencionales presentados
y ya viabilizados en municipios del departamento de
Córdoba en la vigencia 2016-2020.
Al Ministro de Hacienda y Crédito Público,
doctor José Manuel Restrepo Abondano
1. ¿Cuál es el estado de ejecución del plan de
inversiones para mejorar la prestación del servicio
de energía en la costa Caribe nanciado con recursos
Conpes? ¿Se está cumpliendo con el cronograma de
inversiones?
2. ¿Cuál es el monto total de estos recursos
Conpes?
3. ¿Qué entidad es la encargada del seguimiento
y vigilancia en la ejecución de estos recursos?
En el marco del esquema de solución estructural
dirigido a garantizar la prestación del servicio de
energía en la región Caribe en el corto, mediano y
largo plazo, se establecieron una serie de medidas
denidas en los artículos 312 al 318 de la Ley 1955
de 2019, «Por la cual se expide el Plan Nacional de
Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto
por la Equidad”», denominadas en su conjunto como
“Equidad para la Eciente Prestación del Servicio
Público de Energía en costa Caribe”, al respecto de
estas medidas, se sirva informar lo siguiente:
4. Según lo previsto en el artículo 313 del PND
respecto a la sobretasa por kilovatio consumido,
sírvase indicar el total del monto recaudado en los
años 2019 y 2020 que fue destinado al pago de las
obligaciones nancieras del fondo empresarial
para garantizar la prestación del servicio de energía
eléctrica.
5. De conformidad con los artículos 315 y 316
de la precitada ley y su reglamentación a través del
el pasivo pensional y prestacional de Electricaribe y
como contraprestación por esta medida se prevé la
facultad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
de adquirir una o más cuentas por cobrar a cargo de
la misma Electricadora del Caribe S. A. E. S. P., en
este sentido, sírvase informar, ¿cuál es el estado de la
adquisición de estas acreencias de Electricaribe, su
estado de recaudo o cesión procesal correspondiente
en el proceso liquidatario de la mencionada entidad?
6. ¿El Estado ha recibido recursos a la fecha por
concepto del recaudo de dichas cuentas por cobrar?
¿Cuánto se espera recaudar por este concepto?
¿Cuándo se espera que el Estado reciba estos recursos?
7. De conformidad con el parágrafo primero del
artículo 318 del Plan Nacional de Desarrollo, “con
recursos provenientes del Sistema General de Regalías
se podrán nanciar inversiones en infraestructura
eléctrica, como aportes que no incidirán en la tarifa”,
al respecto, sírvase informar si ¿se han destinado o
se han comprometido recursos de regalías en la
nanciación de inversiones de infraestructura en
la región Caribe?
8. En esta línea de nanciación, ¿se han destinado
o comprometido recursos del PGN en la nanciación
de inversiones de infraestructura en la región Caribe?
En caso de ser armativo, sírvase detallar el uso de
dichos recursos.
A la Superintendente de Servicios Públicos
Domiciliarios, doctora Natasha Avendaño García
1 ¿Cuáles son las acciones, estrategias,
herramientas, metodologías, y medidas de
seguimiento y control que esta Superintendencia
ha implementado en la región Caribe de cara a los
dos nuevos operadores Ania y Air-e, tendientes
al mejoramiento de la calidad en la prestación del
servicio de energía, atención al usuario, prevención
de fallas o interrupción del servicio?
2. ¿Cuántas quejas ha recibido esta
Superintendencia por la prestación del servicio de
energía de parte de los operadores Ania y Air-e?
Sírvase discriminar por motivo de queja, afectación
del servicio, cobros excesivos de facturación, errores

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