Acta de comisión 20 del 2 de diciembre de 2008 senado - 13 de Abril de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451355678

Acta de comisión 20 del 2 de diciembre de 2008 senado

ACTA DE COMISIÓN 20 DEL 2 DE DICIEMBRE DE 2008 SENADO. COMISION TERCERA CONSTITUCIONAL PERMANENTE

ACTA NUMERO 20 DE 2008

(diciembre 2)

En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 11:10 a. m. del día martes 2 de diciembre de 2008, se reunieron en el recinto de esta Célula Legislativa, los miembros de la Comisión Tercera Constitucional Permanente con el fin de poner a consideración el siguiente Orden del Día:

ORDEN DEL DIA

para la sesión ordinaria del día martes 2 de diciembre de 2008

Hora: 9:00 a. m.

I

Llamado a lista y verificación del quórum

II

Citación al señor Ministro de Hacienda, doctor Oscar Iván Zuluaga Escobar; al señor Superintendente de Sociedades, doctor Hernando Ruiz López; al señor Superintendente Financiero, doctor Roberto Borrás Polanía, con el fin de que den respuesta al cuestionario adjunto en cumplimiento a la Proposición número 17 suscrita por el honorable Senador Jaime Dussán Calderón.

Cuestionario al señor Ministro de Hacienda:

  1. ¿Desde cuándo tenía conocimiento el Gobierno Nacional de la insistencia de las empresas captadoras de dinero en Colombia, conocidas como pirámides, DMG, entre otras?

  2. ¿Por qué teniendo el Gobierno conocimiento de la captación ilegal de ahorro público en el país, no tomó las medidas necesarias para evitar la defraudación y el colapso de este tipo de empresas ilegales?

  3. ¿Qué sentido tiene la emergencia económica y sus decretos reglamentarios?

  4. ¿De qué rubros presupuestales, cuándo y en qué condiciones se pagará la deuda a los defraudados con este sistema de captación ilegal?

    Cuestionario al señor Superintendente de Sociedades:

  5. ¿Desde cuándo tenía conocimiento el Gobierno de la existencia de las empresas captadoras de dinero en Colombia conocidas como pirámides conocidas como DMG, entre otras?

  6. ¿Qué papel le corresponde cumplir a la Superintendencia de Sociedades con respecto a las medidas tomadas por el Gobierno Nacional y en adelante, cuáles serán los mecanismos implementados para evitar que siga existiendo y expandiendo la captación ilegal de dinero?

    Cuestionario para el señor Superintendente Financiero:

  7. ¿Desde cuándo tenía conocimiento el Gobierno Nacional de la insistencia de las empresas captadoras de dinero en Colombia, conocidas como pirámides, DMG, entre otras?

  8. ¿Por qué teniendo el Gobierno conocimiento de la captación ilegal de ahorro público en el país, no tomó las medidas necesarias para evitar la defraudación y el colapso de este tipo de empresas ilegales?

  9. ¿Qué responsabilidad tiene el sector bancario en el surgimiento, la crisis e inestabilidad que presenta el sector financiero con la captación ilegal de dinero?

  10. ¿ Qué medidas van a tomar en adelante, para evitar que se siga captando ilegalmente dinero por parte de estas empresas y qué ventajas van a ofrecer a los usuarios en busca de que sea el sector bancario exclusivamente el responsable de la captación de dinero (rebaja en las tasas de interés, revisión plusvalía, la usura, acceso a créditos).

    III

    Votación de proyectos

  11. Proyecto de ley número 55 de 2008, por medio de la cual se permite el manejo de moneda extranjera en Colombia. Publicación: Gaceta del Congreso número 473 de 2008,

    Publicación: 473 de 2008.

    Primera Ponencia: Gaceta del Congreso número 681 de 2008.

    Autor: honorable Senador Gabriel Zapata Correa.

    Ponentes: honorables Senadores Oscar Darío Pérez y Gabriel Zapata Correa.

    IV

    Negocios sustanciados por la Presidencia

    V

    Lo que propongan los honorables Senadores

    El Presidente,

    Aurelio Iragorri Hormaza.

    El Vicepresidente,

    Bernabé Celis Carrillo.

    El Secretario General,

    Rafael Oyola Ordosgoitia.

    Honorable Senador Aurelio Iragorri Hormaza Presidente de la Comisión Tercera del Senado:

    Señor Secretario sírvase llamar a lista:

    Barco López Víctor Renán

    Celis Carrillo Bernabé

    Galvis Méndez Daira de Jesús

    Iragorri Hormaza Aurelio

    Pérez Pineda Oscar Darío

    Pinto Afanador Yolanda

    Sánchez Ortega Camilo Armando

    Yepes Alzate Omar

    Zapata Correa Gabriel Ignacio.

    Se hicieron presentes en el transcurso de la sesión los honorables Senadores:

    Dussán Calderón Jaime

    Guerra de la Espriella Antonio

    Villegas Villegas Germán

    Zuccardi de García Piedad

    No asistieron los honorables Senadores:

    Jattin Corrales Zulema

    Náder Muskus Mario Salomón.

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Señor Presidente le informo que han contestado a lista 9 honorables Senadores, por lo tanto hay quórum para decidir.

    Honorable Senador Aurelio Iragorri Hormaza Presidente de la Comisión Tercera del Senado:

    Orden de Día señor Secretario.

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Está leído el Orden del Día, señor Presidente.

    Honorable Senador Aurelio Iragorri Hormaza Presidente de la Comisión Tercera del Senado:

    Está en consideración el Orden del Día, sigue en consideración, anuncio que va a cerrarse, ¿lo aprueba la Comisión?

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Sí lo aprueba señor Presidente. Señor Presidente con respecto al segundo punto en el cual se cita al señor Ministro de Hacienda, doctor Oscar Iván Zuluaga y a los Superintendentes de Sociedades, me permito manifestarle que el debate ha sido cancelado de acuerdo a un llegado con el Senador Jaime Dussán Calderón para que sea llevado a cabo en sesiones del próximo período legislativo a partir del 16 de marzo, en consecuencia procedemos al tercer punto. Tercero votación de proyectos, Proyecto de ley número 55 de 2008, por medio de la cual se permite el manejo de moneda extranjera en Colombia.

    Autor: honorable Senador Gabriel Zapata Correa.

    Ponentes: honorables Senadores Oscar Darío Pérez y Gabriel Zapata Correa, presente en el recinto señor Presidente.

    Honorable Senador Aurelio Iragorri Hormaza Presidente de la Comisión Tercera del Senado:

    Perdóneme Senador Zapata les pido excusas por la demora a todos los colegas, efectivamente el señor Ministro de Hacienda por ser Presidente del Consejo Directivo de la CAF, había fijado para el día de ayer o de hoy no recuerdo bien, una sesión en Caracas entiendo que él debió viajar desde el día de ayer o el domingo, entonces ese fue el motivo, él envió una nota en donde se excusaba y manifestaba en la misma nota que se fijara la fecha que considerara esta Comisión para responder al cuestionario ya conocido o cualquier cuestionario adicional, tiene la palabra Senador Gabriel Zapata.

    Honorable Senador Gabriel Zapata Correa:

    Muchas gracias Presidente, la sesión anterior tuvimos la oportunidad de escuchar ampliamente la posición esbozada por el doctor Hernández del Banco de la República y otro funcionario del Banco y por la Viceministra de Hacienda quien hizo su exposición sobre el tema del proyecto en mención que sigue en el Orden del Día. Si usted me permite Presidente yo quiero hacer claridad sobre algunos de los puntos que en ese momento se tocaron donde nos ha dado a nosotros la tranquilidad y obviamente la claridad desde el punto de vista legal y constitucional de la competencia del Congreso. Recuerden muy bien, que la Viceministra en su intervención solamente se refirió única y exclusivamente a que era esta Comisión la que debía definir, si la competencia de expresarse en materia legal de cuentas en dólares en el país seguiría siendo el Banco de la República o esa competencia, porque la ley lo puede establecer, lo asume el Congreso de la República. Yo quiero leer en detalle para que quede como constancia y ya posteriormente si se hace presente el Senador Oscar Darío con él que hemos hablado del tema, hacerles claridad a los colegas sobre cuál sería la propuesta para poder que nosotros ampliáramos mucho más este debate de este tema. Con respecto a cuentas bancarias y créditos en moneda extranjera, el marco constitucional colombiano establece tres entidades a cargo de la materia monetaria, crediticia y cambiaria son ellas, el Congreso de la República, el Banco de la República y el Gobierno Nacional. Es comúnmente aceptado designar al Banco de la República como máxima autoridad en esta materia, sin perjuicio de lo cual es claro que los demás actores tienen importantes participaciones y papeles que jugar.

    Así en cuanto al Congreso de la República sus atribuciones resultan de la conjunción de varias competencias todas ellas consagradas expresamente en el artículo 150 de la Constitución Política en virtud del numeral 13, es el Congreso la autoridad encargada de la definición de la moneda, su convertibilidad y el alcance de su poder liberatorio. Correlativamente corresponde al Banco de la República resolver sobre la emisión y otras disposiciones tendientes a regular el signo monetario, artículo 370 de la Constitución Política. Sin embargo, nadie dudaría que solo en el Congreso radique la competencia para definir por ejemplo que en el país circule el peso o esta inconcurrencia con otra u otras monedas del exterior o sola la divisa extranjera como ha ocurrido en otros países. En el hipotético escenario de que se autorizara la circulación de una moneda del exterior resulta incontrovertible que en virtud del numeral 9 del artículo 150 de la Constitución Política, es al Congreso a quien corresponde esta definición. Complementaría el Banco de la República como máxima autoridad monetaria, entraría a regular aspectos cruciales de la divisa adoptada como por ejemplo la definición de tipo de cambio, las máximas tasas de interés para operaciones contratadas en dicha moneda, etc.

    Pero hay de quedar claro que sus competencias están referidas a la unidad monetaria que el Congreso tenga adoptada, así frente a la pregunta de si el Banco de la República cuenta con la atribución constitucional para modificar el signo monetario del país, la respuesta es contundente no puede hacerlo, en otras palabras, que sea aceptado que el Banco de la República es la máxima autoridad monetaria, cambiaria y crediticia no significa que todo lo puede, ni que los demás actores designados por la Constitución para actuar en y sobre...

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