La actividad administrativa de regulación: definición y régimen jurídico - Núm. 12, Julio 2014 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 736895773

La actividad administrativa de regulación: definición y régimen jurídico

AutorJuan José Montero Pascual
Páginas23-44
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINIS TRATIVO, N.º 12, SEGUNDO S EME STR E/2 014, PP. 23-44
La actividad administrativa
de regulación: definición
y régimen jurídico
JUAN JOS É MON TE RO P AS CUA L1
RESUMEN
La actividad administrativa de regulación presenta una excepcional discre-
cionalidad que debe ser contrarrestada con un específico régimen jurídico
de garantía. Una más clara definición legal del interés general y una motiva-
ción de la proporcionalidad de la intervención reguladora permitirían un más
efectivo control jurisdiccional de la actividad administrativa de regulación.
Se incrementarían así la seguridad jurídica y la protección de los derechos de
empresas y usuarios.
Palabras clave: Regulación; Principio de legalidad; Discrecionalidad; Pro-
porcionalidad; Procedimiento administrativo.
Regulatory Administrative Action:
Definition and Legal Framework
ABSTRACT
Regulatory administrative actions have an exceptional degree of ambiguity,
which has to be counterbalanced with a specific legal framework. A clear
1 Profesor en el Departamento de Derecho administrativo de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia (UNED), Madrid, España. Doctor en Derecho por el European Uni-
versity Institute, Florencia, Italia. Abogado Of Counsel en Martínez Lage, Allendesalazar
& Brokelmann, Madrid, España. Correo-e: jlmontero@der.uned.es.Fecha de recepción: 10
de febrero de 2014; Fecha de modificación: 9 de junio de 2014; Fecha de aceptación: 3 de
octubre de 2014. Para citar el artículo: Montero Pascual, Juan José (2014).“La actividad
administrativa de regulación: definición y régimen jurídico”, en Revista Digital de Derecho
administrativo, n.º 12. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, pp. 23-44.
Juan José Montero Pascual
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legal definition of the general interest and a detailed motivation by the ad-
ministration on the proportionality of the obligations to be imposed, would
allow for more efficient jurisdictional control of all administrative regulatory
activity. By doing this, legal certainty and the protection of companies and
users’ rights would be reinforced.
Keywords: Regulation; Rule of Law; Discretionarily; Proportionality; Ad-
ministrative Procedure.
I. LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE REGULACIÓN
A. INTR ODUC CIÓN
En los últimos años se ha extendido el uso del término regulación para referirse
a la intervención pública en sectores liberalizados como las telecomunicacio-
nes, la energía o los transportes y, más allá, para referirse a la intervención
pública en la economía. Es este un fenómeno que no se limita a un Estado o a
un continente. Por el contrario, se trata de un fenómeno generalizado en todo
el mundo pero que presenta unos rasgos específicos en los países de tradición
jurídica administrativa latina.
Más allá de la novedad terminológica, resulta innegable la transformación
de la actividad administrativa en los referidos sectores, fruto en gran medida del
trasplante de instituciones y técnicas propias de la tradición norteamericana.
La actividad administrativa prestacional ha sido sustituida en gran medida por
una intervención administrativa que se limita a imponer obligaciones jurídicas
a los actores presentes en el mercado. La imposición de estas obligaciones, sin
embargo, no se realiza en el marco de las tradicionales relaciones de especial
sujeción (por ejemplo en el marco de contratos concesionales) sino meramente
a partir de normas legales de escasa concreción, que otorgan a la administra-
ción, a menudo en forma de administración independiente, una excepcional
discrecionalidad para la imposición de las mismas.
La consolidación de la actividad administrativa de regulación no solo ha
generado el interés de la doctrina2, sino que ha dado paso a una visión más
crítica del nuevo modelo y a la identificación de sus puntos débiles (SANTA-
MARÍA, 2011: 23-72). Se identifican la gravedad de la deslegalización en la que
se funda el modelo, el riesgo para la seguridad jurídica de la extraordinaria
discrecionalidad de la que se benefician los reguladores, y el insuficiente con-
trol jurisdiccional de la actividad administrativa de regulación. Se advierte el
riesgo que implica una acrítica aplicación del modelo sin los correspondientes
contrapesos y cautelas.
2 Un ejemplo del referido interés es el monográfico dedicado a la regulación en el número
del segundo semestre de 2013 de esta Revista Digital de Derecho Administrativo.

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