Actuaciones - Parte I. Comentarios con valor agregado - Revisoría fiscal Órgano social - Libros y Revistas - VLEX 651006865

Actuaciones

AutorHernando Bermúdez Gómez
Páginas81-92
81
ACTUACIONES
Las actuaciones propias del revisor scal sí son competencia
del ctcp (1979/2016)
En forma equivocada, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública117 ha sostenido que
“(…) las actuaciones propias del revisor scal no son competencia de (…)”
ese organismo. Si así fuera, no se entiende por qué se pronunció sobre la revisoría
scal en su Orientación número 15.118
De acuerdo con el numeral 3 del artículo 33 de la Ley 43 de 1990,119 es función del
CTCP
3. Servir de órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares en todos los
aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el ejercicio de la profesión.”
Es innegable que la revisoría scal, con la sola excepción de cuando es potestativa,
corresponde a los contadores públicos, siendo una forma de ejercicio profesional
en el campo de la auditoría. En el artículo 2 de la mencionada ley, la revisoría scal
se incluye dentro de las actividades relacionadas con la ciencia contable en general.
Por otra parte, en números anteriores de Contrapartida, hemos explicado que el
derecho de petición es de rango constitucional, encontrándose dentro de los
derechos fundamentales del ciudadano. Desarrollado por la ley, está expreso que
puede ser ejercido para atender motivos particulares.
Con la entrada en vigencia de la reglamentación sobre las normas de aseguramiento,
que deben ser observadas por los revisores scales al desarrollar su trabajo,
117 http://www.ctcp.gov.co/
118 http://www.ctcp.gov.co/includes/tng/pub/tNG_download4.php?document_id=102&KT_download1=8
49b11552a10622d031a6871ce1d07
119 http://www.javeriana.edu.co/personales/hbermude/leycontable/contadores/1990-ley-43.pdf

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR