Actuaciones y documentos exentos del impuesto de timbre - Título V. Actuaciones y documentos exentos del impuesto de timbre - Libro cuarto. Impuesto de timbre nacional - Decreto 624 de 1989 (30 de marzo de 1989). Impuestos administrados por la Dirección de Impuestos Nacionales - Estatuto tributario 2020 - Libros y Revistas - VLEX 840620216

Actuaciones y documentos exentos del impuesto de timbre

AutorJorge Hernán Zuluaga P.
Páginas279-283
ESTATUTO TRIBUTARIO 2020 279
TÍTULO III
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO DE TIMBRE
PARA ALGUNAS ACTUACIONES
Artículo 527. Momentos de realización de algunos hechos gravados.
Se entiende realizado el hecho gravado:
a. Respecto de títulos de acciones y bonos nominativos, en el momento de su suscripción
cuando sean al portador en la fecha de entrega del título;
b. Sobre certicados de depósito y bono de prenda de almacenes generales de depósito,
en la fecha de entrega, por el almacén del correspondiente certicado o bono;
3. En el caso de los cheques, en la fecha de entrega de la chequera.
Concordancias: Artículos 1.4.1.4.1, 1.4.1.4.3 y 1.4.1.4.4 DURT 1625 de 2016.
Artículo 528. La no expresión de la fecha hace presumir el plazo vencido.
Los instrumentos, actuaciones o diligencias gravados con impuesto de timbre nacional, en
que no se exprese la fecha se tendrán como de plazo vencido para el pago del impuesto y
las correspondientes sanciones.
TÍTULO IV
NO CAUSAN IMPUESTO DE TIMBRE
Artículo 529. Las obligaciones relacionadas con el crédito externo.
No están sometidos al impuesto de timbre los instrumentos en que se haga constar la
constitución, existencia, modicación o extinción de obligaciones relacionadas con
crédito externo.
TÍTULO V
ACTUACIONES Y DOCUMENTOS EXENTOS
DEL IMPUESTO DE TIMBRE
Artículo 530. Se encuentran exentos del impuesto de timbre.
Están exentos del impuesto:
1. Modicado por el artículo 268 de la Ley 223 de 1995. Los títulos valores emitido por
establecimientos de crédito con destino a la obtención de recursos.
2. Los títulos valores nominativos emitidos por intermediarios nancieros que no sean
establecimientos de crédito pero estén sometidos a la inspección y vigilancia de la
Superintendencia Bancaria, con destino a la captación de recursos entre el público.
3. Los certicados de inversión emitidos por sociedades anónimas administradoras de
inversión y los certicados de participación en los fondos de inversión expedidos por
corporaciones nancieras.
4. Los títulos de capitalización nominativos emitidos por las entidades autorizadas para
ello y sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria.
5. Las acciones suscritas en el acta de constitución de las sociedades anónimas o en
comandita por acciones.
6. Modicado por el artículo 47 de la Ley 633 de 2000. Las acciones, los bonos, los papeles
comerciales con vencimiento inferior a un (1) año autorizado por la Superintendencia
de Valores.
7. Modicado por el artículo 40 de la Ley 6 de 1992. La cesión o el endoso de los títulos de
acciones y bonos a que se reere el numeral anterior.

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