Actualidad Extranjera - Núm. 17, Enero 2017 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 736854453

Actualidad Extranjera

AutorAníbal Zárate, Julián Pimiento
Páginas13-17
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 17, PRIMER SEM EST RE/ 2017, PP. 13-17
Actualidad extranjera
ANÍB AL ZÁR ATE1
JULI ÁN PIM IE NTO 2
La transposición de la Directiva 2014/23/UE del 26 de febrero de 2014, rela-
tiva a la atribución de contratos de concesión, se realizó en derecho francés
por medio de la ordenanza del 29 de enero y el decreto del 1.º de febrero de
2016. Es de cara a esta nueva normativa que la Corte administrativa de apela-
ciones (CAA) de Marsella decidió, el pasado mes de junio3, que, en el caso de
una concesión de servicios públicos4, si los bienes necesarios a la prestación
del servicio pertenecen desde el comienzo al ente territorial concedente, estos
regresan al finalizar el contrato de manera gratuita al sujeto de derecho público.
Este principio no aplica sin embargo en los casos en los que el delegatario del
servicio es propietario de los bienes necesarios para su prestación, antes de
la celebración del contrato, y cuando únicamente los ha puesto a disposición
para la ejecución del mismo.
1 Doctor en Derecho por la Universidad Panthéon-Assas, Paris II, París, Francia. Docente
investigador y director del Grupo de Investigación del Departamento de Derecho Admi-
nistrativo de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia. Correo-e: anibal.
zarate@uexternado.edu.co
2 Doctor en Derecho Público por la Universidad Panthéon-Assas, Paris II, París, Francia.
Magíster en Derecho Público Interno y titular de un DSU en Derecho Administrativo de
la Universidad Panthéon-Assas, Paris II. Docente investigador de la Universidad Exter-
nado de Colombia. Correo-e: pimiento.julian@gmail.com Para citar el artículo: Zárate,
A., Pimiento, J. “Actualidad extranjera”, Revista digital de Derecho administrativo, n.º 17, pri-
mer semestre, Universidad Externado de Colombia, 2017, pp. 13-17. DOI: http://dx.doi.
org/10.18601/21452946.n17.03.
3 CAA Marseille, 9 de junio de 2016, n.º 15MA04083 y n.º 15MA04084, Préfet des Alpes-Ma-
ritimes c/ Communauté de Communes de la Vallée de l’Ubaye et Communes Enchastrayes.
4 Conforme a las nuevas disposiciones, los contratos de concesión son aquellos celebrados
por escrito y por los cuales una o varias autoridades concedentes confían la ejecución de
trabajos o la 0p'gestión de un servicio a uno o varios operadores económicos a quienes
transfieren un riesgo ligado a la explotación de la obra o del servicio, en contrapresta-
ción sea del derecho a explotar la obra o el servicio que es objeto del contrato, sea de ese
derecho mediante un precio (art. 5 de la ordenanza del 29 de enero de 2016). Se retoma
así la definición desarrollada por la Corte de Justicia de la Unión Europea (CJCE, 13 oct.
2005, aff. C-458/03, Parking Brixen GmbH; Rec. CJCE 2005, I, p. 8585; CJUE, 10 mar. 2011,
aff. C-274/09, Privater Rettungsdienst und Krankentransport Stadler; Rec. CJUE 2011, I, p. 6657;
CJUE, 10 nov. 2011, aff. C-348/10, Norma-A SIA et Dekom SIA).

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