Acuerdo 023 de 2009 de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, 2009 - Normativa - VLEX 877497212

Acuerdo 023 de 2009 de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, 2009

Fecha de publicación31 Julio 2019
República
de
Colombia
!J\
Corporación Autónoma Regional
de
Boyacá
••-,i,2ffls^
Dirección
General
BQYACA
NIT.
800252843-5
ft
G
2
ACUERDO
No.
ÍU
«
"Por
medio
del
cual
se
fijan
las
metas globales
de
reducción
de las
cargas
contaminantes
de DBO y SST por
vertimientos puntuales
en los
tramos
I, II,
III,
IV y V
de la
cuenca alta
delo
Chicamocha, para
el
periodo comprendido entre
el 01 de
Julio
de
2009
y el 30 de
Junio
de
2014".
EL
CONSEJO DIRECTIVO
DE LA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DE
BOYACÁ
EN
EJERCICIO
DE SUS
FACULTADES LEGALES
Y
ESTATUTARIAS,
Y
EN
ESPECIAL
LAS
CONTENIDAS
EN LA LEY 99 DE
1993,
EL
ARTÍCULO
9 DEL
DECRETO 3100
DE
2003
Y,
CONSIDERANDO
Que
el
Articulo
42 de la Ley 99 de
1993
contempló
el
cobro
de
tasas
retributivas
por "la
utilización directa
o
indirecta
de la
atmósfera,
del
agua
y del
suelo, para
introducir
o
arrojar
desechos
o
desperdicios agrícolas, mineros
o
industriales, aguas negras
o
servidas
de
cualquier origen, humos vapores
y
sustancias nocivas
que
sean resultado
de
actividades
antrópicas
o
propiciadas
por el
hombre,
o
actividades económicas
o de
servicio,
sean
o no
lucrativas
por las
consecuencias nocivas
de las
actividades
expresadas'1.
Que
con
fundamento
en las
reglas establecidas
en
dicho artículo
se
expidió
el
Decreto
3100
de
2003, (que derogó
al
Decreto
901 de
1997), reglamentando
el
nuevo
procedimiento
de las
Tasas Retributivas
por
vertimientos puntuales directos,
con
base
en el
cual posteriormente,
a
través
de las
Resoluciones
273 de
1997
y 372 de
1998,
se
establecieron
las
tarifas correspondientes
a los
parámetros
DBO y
Sólidos Suspendidos
Totales.
Que
es
función
del
Consejo Directivo
de la
Corporación Autónoma Regional
de
Boyacá,
de
acuerdo
a lo
establecido
en el
artículo
9° del
Decreto 3100
de
2003,
fijar
la
meta
global
de
reducción
de
contaminación para
el
periodo quinquenal comprendido entre
1
de
Julio
de
2009
al 30 de
Junio
de
2014,
con
base
en el
informe
que el
Director
General
de la
Corporación presente
ante
este.
Que es
sobre
la
base
de las
Metas Globales
y su
cumplimiento,
que se
sustenta
la
asignación
del
factor regional
y su
incremento anual
se
dará
en el
evento
del
incumplimiento
de las
metas individuales
y
sectoriales fijadas para cada tramo,
de
acuerdo
con lo
establecido
en los
Decretos 3100
de
2003
y
3440
de
2004.
Que las
tasas
retributivas
son un
instrumento económico orientado
a
acelerar
procesos
de
descontaminación
del
recurso
hídrico.
Antigua
a a
Paipa
No.
53-70
PBX
7402178
-
Tunja
Boyacá
Línea Natural
-
atención al'usuario
No.
018000-918027
E-ma¡l:
corpoboyaca@cgrpoboyaca.gov.
co

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