Acuerdo 034
Emisor | Entes Universitarios Autónomos - Universidad de Pamplona |
Número de Boletín | 44827 |
El Consejo Superior de la Universidad de Pamplona en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
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Que la Constitución Nacional define la educación como un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; garantiza la autonomía universitaria y consagra la libertad de enseñanza, de aprendizaje, de investigación y cátedra.
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Que el Decreto 272 de 1998 determina los requisitos de creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado y posgrado en educación.
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Que los programas de formación de educadores, deben orientarse a cumplir los postulados y objetivos señalados en los artículos 4° y 6° de la Ley 30 de 1992.
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Que el Decreto 3012 de 1997, adopta las disposiciones para la organización y el funcionamiento de las escuelas normales superiores y para suscribir convenios con instituciones de educación superior que posean Facultad de Educación u otra unidad académica dedicada a la educación.
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Que la Universidad de Pamplona ha suscrito convenio con seis (6) escuelas normales superiores del país.
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Que el Consejo Académico recomendó la aprobación del Proceso de Articulación según consta en el Acta número 01 del 11 de febrero de 2002,
ACUERDA:
Del proceso de articulación
Los procesos de articulación son considerados como la posibilidad de realizar alianzas estratégicas y de cooperación entre la Universidad que va a servir de acompañante - guía, la Secretaría de Educación Departamental y las Escuelas Normales Superiores para construir en forma conjunta las propuestas pedagógicas que las comunidades educativas requieran, dicha articulación debe permitir al estudiante su incorporación al trabajo o a la Educación Superior sin tener que repetir los programas aprobados en el ciclo complementario de las Escuelas Normales Superiores, con el fin de facilitar al estudiante el desarrollo de competencias que le posibiliten profundizar en su formación e implementar progresivamente el concepto de ¿Cadena de la formación¿, establecida por el Ministerio de Educación Nacional.
La articulación es un proceso de complementación entre la formación de las Escuelas Normales Superiores y la Educación Superior Universitaria con el fin de mejorar la calidad de los egresados, ampliar la cobertura y racionalizar los recursos destinados a la formación de los jóvenes del país.
El egresado del Ciclo Complementario de las Escuelas Normales Superiores se incorporará como estudiante de licenciatura en la Universidad de Pamplona, al semestre que se le asigne, hará transferencia externa y se le homologarán sus estudios previos realizados, de tal forma que se le garantice: su continuidad en los programas de licenciaturas de la Universidad de Pamplona y cursar en pleno el plan de estudios a fin de obtener el título de Licenciado en Ciencias de la Educación.
En general el proceso de articulación comprende: unos criterios, unos requisitos y un...
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