Acuerdo 1030 - 21 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187001

Acuerdo 1030

EmisorVarios - Fondo Nacional de Ahorro
Número de Boletín45041

La Junta Directiva del Fondo Nacional de Ahorro, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las otorgadas por la Ley 432 de 1998, los Decretos 1453 y 1454 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 2° de la Ley 432 de 1998 se establece como objeto del Fondo Nacional de Ahorro, administrar eficientemente las cesantías y contribuir a la solución del problema de vivienda y educación de los afiliados;

Que el literal d) del artículo 3° de la citada ley señala, dentro de las funciones del Fondo, ¿Adelantar con criterio de justicia social e imparcialidad en la adjudicación, utilizando los recursos disponibles, programas de crédito hipotecario y educativo para contribuir a la solución del problema de vivienda y educación de los afiliados, para lo cual podrá celebrar convenios con las Cajas de Compensación Familiar y entidades de la economía solidaria, y con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales¿;

Que de conformidad con el literal f) del artículo 47 del Decreto 1453 de 1998, es función de la Junta Directiva expedir el Reglamento de Crédito;

Que en desarrollo de dichas facultades, el día 24 de agosto de 2001, la Junta Directiva expidió el Acuerdo 990 de 2001, por medio del cual se adopta el nuevo reglamento de crédito para vivienda del Fondo Nacional de Ahorro;

Que en el numeral 3.1. del Acuerdo 990 de 2001, se establecen los requisitos para presentar solicitud de crédito para vivienda;

Que por otro lado, en desarrollo de las facultades concedidas al Presidente del Fondo Nacional de Ahorro por el Acuerdo 949 de 1998, se expidieron las Resoluciones 0011 del 29 de enero de 1999 y 0115 del 11 de mayo de 2000, mediante las cuales se reglamentó el crédito para vivienda a través del programa ¿Alianzas Estratégicas¿ y,

Que teniendo en cuenta la función social que le asiste al Fondo Nacional de Ahorro de conformidad con lo señalado en el artículo 2° de la Ley 432 de 1998, la Junta Directiva ha considerado conveniente reglamentar la segunda opción de crédito para vivienda de los afiliados que han optado por un programa de...

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