ACUERDO 12 RD2485 - 2 de Octubre de 2001 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449418514

ACUERDO 12 RD2485

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2485 2 OCTUBRE 2001
EmisorMetrovivienda
29
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2485 Pp. 1-29
2.001-Octubre-2
Año 35
Acuerdo de 2001
METROVIVIENDA
Empresa Industrial y Comercial del Distrito Capital
Junta Directiva
Acuerdo Número 12
(Julio 12 de 2001)
Por el cual se establecen las Políticas para
Desarrollar Proyectos Urbanísticos Integrales
mediante la conformación de un Patrimonio
Autónomo.
LA JUNTA DIRECTIVA DE METROVIVIENDA
Empresa Industrial y Comercial del
Distrito Capital
En ejercicio de sus facultades conferidas por el
Acuerdo 01 de febrero 8 de 1999
CONSIDERANDO
Que el literal b) del artículo 18 del acuerdo 01 de 1999
establece como una de las funciones de la Junta Directi-
va, formular las políticas generales de la empresa y
verificar que ellas se ajustan armónicamente a las previ-
siones del Plan de Desarrollo y del Plan de Ordenamiento
Territorial de Bogotá.
Que el Decreto 440 del 2001 por el cual se adopta el
Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públi-
cas para Bogotá D.C. 2001-2004 Bogotá para Vivir
todos del mismo ladofija como meta, aumentar la ofer-
ta de suelo urbano en 545 hectáreas en Bogotá y la
región.
Que el plan de ordenamiento territorial de Bogotá con-
sagra en el numeral 5º del Artículo 278: Promover los
mecanismos de gestión asociada entre MetroVivienda y
los particulares propietarios de suelos en zonas de ex-
pansión para la incorporación y ejecución de proyectos
urbanísticos integrales que contemplen la provisión de
Vivienda de Interés Social.
Que el artículo segundo del Acuerdo 15 de 1998 esta-
blece que la empresa tiene como objeto: Promover la
oferta masiva de suelo urbano para facilitar la ejecución
de proyecto Integral de Vivienda de Interés Social.
Que la Ley 388 de 1997, consagra que las entidades
municipales y distritales y las áreas metropolitanas po-
drán participar en la ejecución de proyectos de urbaniza-
ción y programas de Vivienda de Interés Social, median-
te la celebración, entre otros, de contratos de fiducia
con sujeción a las reglas generales y del derecho comer-
cial, sin las limitaciones y restricciones previstas en el
numeral 5º del Artículo 32 de la Ley 80 de 1993.
Que con fundamento en lo anteriormente expuesto, la
Junta Directiva de MetroVivienda
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Establecer las políticas generales
para que la empresa ejecute proyectos urbanísticos in-
tegrales mediante la conformación de un patrimonio au-
tónomo a través de la suscripción de un contrato de
fiducia mercantil.
Las políticas generales son :
a. Propender que al área neta urbanizable del proyecto
urbanístico se destine a la construcción de vivienda de
interés social prioritaria.
b. Que el proceso de selección de terrenos sea abierto al
público en general.
c. Que el área englobable de los terrenos a aportar no
sea inferior a 40 hectáreas netas urbanizables.
d. Que el proyecto se desarrolle y ejecute a través de la
conformación de un patrimonio autónomo.
e. Que los terrenos estén situados en el área urbana o
de expansión de Bogotá.
ARTICULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir
de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá Distrito Capital, a los doce
(12) días del mes de julio de dos mil uno
(2001).
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Presidente
JORGE LUIS ABISAMBRA RUSCONI
Secretario.

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