Acuerdo aog número 014 de 2022, por el cual se ordena la suspensión de términos judiciales en los despachos de la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP - 31 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 906223850

Acuerdo aog número 014 de 2022, por el cual se ordena la suspensión de términos judiciales en los despachos de la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP

EmisorVarios - Jurisdicción Especial para la Paz
Número de Boletín52051

El Órgano de Gobierno de la Jurisdicción Especial para la Paz, en uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019, el literal d) del artículo 15 del Acuerdo ASP número 001 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo transitorio 5º del Acto Legislativo 01 del 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.

Que respecto de su naturaleza jurídica, el artículo 5º del citado Acto Legislativo prevé que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.

Que el inciso 6 del artículo transitorio 12 del artículo 1º del Acto Legislativo 01 de 2017 dispone que los magistrados de la JEP, sin incluir normas procesales, adoptarán el reglamento de funcionamiento y organización de la JEP.

Que el artículo 110 de la Ley 1957 de 2019 -Estatutaria de Administración de Justicia en la JEP establece que la JEP "tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción, así como en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción".

Que la JEP, mediante...

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