Acuerdo aog número 028 de 2022, por el cual se modifica el artículo 3º del AOG número 026 de 2022, por el cual se suspenden términos judiciales en la JEP, desde el 24 al 28 de octubre de 2022 - 24 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 913583284

Acuerdo aog número 028 de 2022, por el cual se modifica el artículo 3º del AOG número 026 de 2022, por el cual se suspenden términos judiciales en la JEP, desde el 24 al 28 de octubre de 2022

EmisorVarios - Jurisdicción Especial para la Paz
Número de Boletín52197

El Órgano de Gobierno de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019, el literal d) del artículo 15 del Acuerdo ASP número 001 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo transitorio 5º del Acto Legislativo 01 del 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.

Que, respecto de su naturaleza jurídica, el artículo 5 citado del citado Acto Legislativo prevé que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y que se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.

Que el artículo 110 de la Ley 1957 del 6 de junio de 2019 establece que la "JEP tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción, así como en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción'.

Que el artículo 5º del Acuerdo ASP número 001 del 2 de marzo de 2020, "Reglamento General de la JEP", reitera las funciones del Órgano de Gobierno a que se refiere el artículo 110 de la Ley 1957 de 2019.

Que el literal d) del artículo 15 del Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz establece, entre las funciones del Órgano de Gobierno, "regular los trámites judiciales y administrativos que se adelanten en los órganos de la JEP, en los aspectos no previstos en la ley y en el presente reglamento".

Que durante los días 24 y 25 de octubre del presente año se llevará a cabo el Encuentro Misional de la Jurisdicción Especial para la Paz 2022, cuyo objeto es analizar colectivamente temas relacionados con las prácticas dialógicas propias de la justicia transicional y de la misionalidad de la JEP.

Que durante los días 26, 27 y 28 de octubre del presente año se llevará a cabo, en modalidad virtual, la II Conferencia internacional: respuestas emergentes a atrocidades contemporáneas. Sanciones y...

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