Acuerdo de Consejo Directivo número 1351 de 2018, por el cual se sustraen 23,68 ha del área del Distrito Regional de Manejo Integrado de Bucaramanga (DRMI) Bucaramanga y se ajusta la delimitación del Distrito Regional de Manejo Integrado de Bucaramanga (DRMI) Bucaramanga - 11 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 723994017

Acuerdo de Consejo Directivo número 1351 de 2018, por el cual se sustraen 23,68 ha del área del Distrito Regional de Manejo Integrado de Bucaramanga (DRMI) Bucaramanga y se ajusta la delimitación del Distrito Regional de Manejo Integrado de Bucaramanga (DRMI) Bucaramanga

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga
Número de Boletín50590

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confieren los artículos, 27 literal g) y 31 numeral 16 de la Ley 99

de 1993; 2.2.2.1.2.5 del Decreto número 1076 de 2015; 2º de la Resolución número 1890 de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y 35 literal g) del acuerdo de la Asamblea Corporativa de la CDMB número 009 de 2009,

CONSIDERANDO:

1. Que conforme el numeral 16 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, en concordancia con el artículo 2.2.2.1.2.5. del Decreto número 1076 de 2015, corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales la reserva, delimitación, alinderación, declaración, administración y sustracción, de los Distritos Regionales de Manejo Integrado.

2. Que conforme el artículo 2.2.2.1.1.4. del Decreto número 1076 de 2015, "el reconocimiento tanto de los cambios intrínsecos que sufren la biodiversidad, como de los producidos por causas externas a esta, implica que el SINAP debe ser flexible y su gestión debe ser adaptativa frente al cambio, sin detrimento del cumplimiento de los objetivos específicos de conservación".

3. Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) número 0839 del 23 de diciembre de 1996, ratificado por el Decreto Presidencial número 1539 de 1997, se declaró como Distrito de Manejo Integrado, un área localizada en los municipios de Bucaramanga, Floridablanca y Girón; delimitada así: Por el Occidente con el río de Oro; por el Sur con el río Frío; por el Norte con el río Suratá y por el Oriente con las divisorias de aguas de las Cuencas de las quebradas Zapa-manga, La Iglesia, Chitota y La Majada.

4. Que mediante Acuerdo número 1194 del 17 de diciembre de 2010, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional (CDMB), actualizó el alindera-miento del Distrito de Manejo Integrado de Bucaramanga.

5. Que mediante Acuerdo de Consejo Directivo número 1246 del 31 de mayo de 2013, se homologó la denominación de Distrito de Manejo Integrado de Bucara-manga con la categoría de área protegida del SINAP, Distrito Regional de Manejo Integrado de Bucaramanga (DRMI) Bucaramanga.

6. Que mediante Acuerdos del Consejo Directivo números 1259 del 29 de noviembre de 2013, 1282 de 2015 y 1312 de 2016, se modificó la zonificación ambiental de sectores del Distrito de Manejo Integrado de Bucaramanga (DRMI) Bucara-manga y se ajusta su delimitación.

7. Que mediante Acuerdos números 1327 de 2017 y 1347 de 2018 se sustraen áreas del DRMI por razones de utilidad pública e interés social.

8. Que el Título 2 Capítulo 1 Sección 3 artículo 2.2.2.1.3.9.del Decreto número 1076, en relación con la sustracción de áreas protegidas dispone: "La conservación y mejoramiento del ambiente es de utilidad pública e interés social. Cuando por otras razones de utilidad pública e interés social se proyecten desarrollar usos y actividades no permitidas al interior de un área protegida, atendiendo al régimen legal de la categoría de manejo, el interesado en el proyecto deberá solicitar previamente la sustracción del área de interés ante la autoridad que la declaró".

9. Que el título 2 Capítulo 1 Sección 18 artículo 2.2.2.1.18.1 del Decreto número 1076 de 2015 consagra el procedimiento para la sustracción de áreas de Distrito de Manejo Integrado de los recursos naturales, cuando por razones de utilidad pública o interés social establecidas por ley, sea necesario realizar proyectos, obras o actividades que impliquen la sustracción de un área perteneciente al DMI.

10. Que teniendo en cuenta razones de utilidad pública, relacionadas con el desarrollo de proyectos de vivienda de interés social y de interés prioritario, mediante Auto número 023 del 7 de febrero de 2018, la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), inició trámite de sustracción definitiva de un área de catorce mil quinientos metros cuadrados (1,45 hectáreas) del Distrito Regional de Manejo DRMI Bucaramanga, conforme solicitud realizada por el municipio de San Juan de Girón.

11. Que mediante Auto número 024 del 12 de febrero de 2018, la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), inició trámite de sustracción definitiva de un área de dos mil ochocientos setenta punto novecientos ochenta y siete metros cuadrados (0,29 hectáreas) del...

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