Acuerdo Nº 019 de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, 2022
Fecha de publicación | 28 Diciembre 2022 |
Año | 2022 |
Fecha | 27 Octubre 2022 |
Número de acuerdo | 019 |
ACUERDO N° 019 DE 2022
(27 OCTUBRE 2022)
Por medio del cual se efectúa un traslado en el presupuesto de gastos de inversión
de la vigencia 2022
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ALTO
MAGDALENA (CAM)
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por el
Corporativos, y los artículos 13 y 14 del Acuerdo No. 03 de 2017 – Estatuto Presupuestal
de la CAM, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 99 de 1993 en su artículo 23 definió la naturaleza jurídica de las Corporaciones
Autónomas Regionales, dotándolas de autonomía administrativa y financiera, señalando en
el artículo 27 las funciones del consejo directivo, dentro de las cuales está la de aprobar el
presupuesto de la Corporación.
Que el consejo directivo de conformidad con lo establecido en el Acuerdo N° 03 de 2017
contentivo del Estatuto Presupuestal, se encuentra facultado para aprobar las
modificaciones que se efectúen al presupuesto de ingresos y gastos de la Corporación.
Que en efecto el Acuerdo N° 03 de 2017 en su artículo 13 señala que “Las modificaciones
que afecten las apropiaciones contenidas en el presupuesto requieren el sustento del área financiera
de la Corporación; adicionalmente cuando la modificación afecte el presupuesto de inversión, se
requerirá la validación del área de Planeación de la Corporación.
Las modificaciones que afecten el presupuesto de inversión a nivel de programas y proyectos del
Plan de Acción Corporativo, requiere la aprobación del Consejo Directivo; cuando éstas afecten el
presupuesto de inversión a nivel de actividades de un mismo proyecto, requerirá validación previa
del área de planeación.
Entiéndase por validación la verificación de la coherencia que deben guardar los instrumentos de
planeación y ejecución del presupuesto (Plan de Acción, Plan Operativo Anual de Inversiones y el
Presupuesto Anual), la existencia de partidas suficientes y libres de afectación cuando se trata de
traslados, la armonía entre los recursos que financian el gasto y el presupuesto de ingresos aprobado
y las metas físicas aprobadas.
Todas las modificaciones al presupuesto general de la Corporación, deberán contar con la debida
justificación técnica, económica y/o jurídica, los certificados de disponibilidad correspondientes y los
demás requisitos exigidos para su aprobación” ...
Por su parte, el artículo 14 del mismo Acuerdo establece que “Las modificaciones al
presupuesto, deberán ser aprobadas por el Consejo Directivo de la Corporación, si estas afectan el
nivel de agregación de las apropiaciones contenido en el Acuerdo por el cual se expide el
presupuesto para la respectiva vigencia fiscal” …
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