Acuerdo Nº 007 del órgano de gobierno de la JEP, 16-02-2018 - Normativa - VLEX 800864241

Acuerdo Nº 007 del órgano de gobierno de la JEP, 16-02-2018

Número de acuerdo007
Fecha16 Febrero 2018
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JURJ9DCCIÓN ESPECIAL
PARA
LA PAZ
16 de febrero
Por el cual se establecen los días y horas de servicio de la Jurisdicción Especial para la Paz
LA PRESIDENTA Y EL SECRETARIO EJECUTIVO
DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
en ejercicio de las facultades señaladas en el Acto Legislativo 01 de 2017, de
conformidad con el acta de la sesión del 16 de febrero de 2018 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 50 transitorio del Acto Legislativo Número 01 de 2017 creó la Jurisdicción
Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.
Que el artículo 15 del Acto Legislativo 01 de 2017 estipula que la Jurisdicción Especial para
la Paz
"( ... )
entrará en funcionamiento a partir de aprobación de este Acto Legislativo sin
necesidad de ninguna norma de desarrollo, sin perjuicio de la aprobación posterior de las
normas de procedimiento y lo que establezca el reglamento de dicha jurisdicción
( ... )".
Que Néstor Raúl Correa Henao fue posesionado como Secretario Ejecutivo de la JEP ante
el Presidente de la República, tal como consta en el acta de posesión número 2951 del 2
de noviembre de 2017.
Que Patricia Linares Prieto fue posesionada como Magistrada del Tribunal Especial para la
Paz y Primera Presidente de la JEP ante el Presidente de la República, tal como consta en
el acta de posesión número 2954 del 3 de noviembre de 2017.
Que de conformidad con el parágrafo 20 del artículo transitorio 50 del Acto Legislativo 01
de 2017, el Secretario Ejecutivo y la Presidenta ejercerán de manera exclusiva todas las
funciones asignadas a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura
establecidas en el Acto Legislativo 02 de 2015 y en la Ley 270 de 1996 respecto al gobierno
y administración de esta Jurisdicción.
Que el numeral 26 del artículo 85 de la Ley 270 de 1996 dispone que la Sala Administrativa
del Consejo Superior de la Judicatura podrá:
"[f]ijar
los días y horas de servicio de los
despachos judiciales."

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