Acuerdo Nº 024 del órgano de gobierno de la JEP, 28-03-2019 - Normativa - VLEX 800863761

Acuerdo Nº 024 del órgano de gobierno de la JEP, 28-03-2019

Fecha28 Marzo 2019
Número de acuerdo024
J=p
JURISDICCIÓN
ESPECIAL
PARA
LA
PAZ
ÓRGANO
DE
GOBIERNO
ACUERDO
AOG
No.
024
de
2019
(28
de
marzo
de
2019)
"Por
el
cual
se
aprueba
la
movilidad
de
un
magistrado
auxiliar
de
la
Sección
de
Reconocimiento
de
Verdad
y
Responsabilidad,
a
la
Sala
de
Reconocimiento
de
Verdad,
Responsabilidad
y
de
Determinación
de
los
Hechos
y
Conductas
de
la
Jurisdicción
Especial
para
la
Paz."
EL
ÓRGANO
DE
GOBIERNO
DE
LA
JURISDICCIÓN
ESPECIAL
PARA
LA
PAZ
-
JEP
En
ejercicio
de
sus
facultades
constitucionales,
legales
y
reglamentarias,
en
especial
las
contenidas
en
el
parágrafo
2-
del
artículo
transitorio
5-
de
la
Constitución
Política,
adoptado
por
el
Acto
Legislativo
01
de
2017,
precisado
en
sus
alcances
por
la
Corte
Constitucional
en
Sentencia
C-674
de
2017
y
los
artículos
14
literal
a)
y
69
del
Acuerdo
001
de
2018
con
el
cual
la
Plenaria
adoptó
el
Reglamento
General
de
la
Jurisdicción
Especial
para
la
Paz,
y
CONSIDERANDO
Que
el
artículo
transitorio
del
Acto
Legislativo
01
del
2017
creó
la
Jurisdicción
Especial
para
la
Paz,
con
autonomía
administrativa,
presupuestal
y
técnica.
Que,
adicionalmente,
respecto
de
su
naturaleza
judica,
el
mismo
artículo
del
citado
Acto
Legislativo
señala
que
la
JEP
esta
sujeta
a
un
régimen
legal
propio
y
se
encargará
de
administrar
justicia
de
manera
transitoria
y
aunoma,
con
conocimiento
preferente
sobre
las
demás
jurisdicciones.
Que
el
artículo
15
del
mismo
Acto
Legislativo
estipula
que
la
Jurisdicción
Especial
para
la
Paz
(...)
entrará
en
funcionamiento
a
partir
de
la
aprobación
de
este
Acto
Legislativo
sin
necesidad
de
ninguna
norma
de
desarrollo,
sin
perjuicio
de
la
aprobación
posterior
de
las
normas
de
procedimiento
y
lo
que
establezca
el
reglamento
de
dicha
jurisdicción
Que
el
inciso
6
del
artículo
transitorio
12
del
Acto
Legislativo
01
de
2017
dispone
que
los
magistrados
de
la
JEP,
sin
incluir
normas
procesales,
adoptarán
el
reglamento
de
funcionamiento
y
organización
de
la
JEP.
Que
a
través
del
Acuerdo
001
del
9
de
marzo
de
2018
proferido
por
la
Plenaria
de
la
JEP
adoptó
su
Reglamento
General.
En
el
artículo
12
del
mencionado
reglamento
estableció
que
le
corresponde
al
Órgano
de
Gobierno
de
la
JEP
establecer
los
objetivos.
Página
1
de
4
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