Acuerdo N° 039 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 13-08-2021 - Normativa - VLEX 879101333

Acuerdo N° 039 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 13-08-2021

Fecha13 Agosto 2021
Fecha de publicación10 Septiembre 2021
Año2021
Tipo de documentoAcuerdo
2
Gaceta Oficial Nº4866
“Por medio del cual se crea el programa de reconocimiento, estímulo y potenciación de
las capacidades y los talentos de las mujeres de Medellín y se deroga el Acuerdo 061 de
2008 y el artículo 6 del Acuerdo 29 de 1999”
EL CONCEJO DE MEDELLÍN
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en
especial las conferidas por el artículo 2 y 3 de la Ley 51 de
1981, el artículo 313 de la Constitución Política y el artículo
32 de la Ley 136 de 1994, modicado por el artículo 18 de
ACUERDA
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto: Crear el programa de reconocimiento,
estímulo y potenciación de las capacidades y los talentos
de las mujeres de Medellín, para su empoderamiento, la
transformación de imaginarios culturales y representaciones
sociales sexistas que favorezcan la igualdad de género.
Artículo 2. Principios: Además de los principios
constitucionales y legales que orientan la función
administrativa, se plantean los principios a tener en cuenta
en todas las acciones que involucran el reconocimiento,
estímulo y potenciación de las mujeres:
● Este acuerdo retoma los principios constitucionales
de coordinación, concurrencia, igualdad, mérito,
moralidad, ecacia, economía, imparcialidad,
transparencia, celeridad y publicidad.
● Igualdad real y efectiva de oportunidades y condiciones,
que permita el logro de los derechos de las mujeres y
la obtención de la igualdad material.
● La justicia de género para reducir las brechas de
género entre hombres y mujeres, tanto en el ámbito
público como en el privado.
● Vida digna para las mujeres urbanas y rurales, que
garantice el goce de sus derechos individuales y
colectivos, que permita mejorar las condiciones de
vida teniendo como base la dignidad humana.
● La progresividad y no regresividad de las obligaciones
internacionales adquiridas por el Estado, con la
raticación de tratados de derechos humanos de las
mujeres.
● Todas las personas nacen libres e iguales ante
la ley, recibirán la misma protección y trato de las
autoridades y gozarán de los mismos derechos,
libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación
por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar,
lengua, religión, opinión política o losóca.
● La mujer y el hombre tienen iguales derechos y
oportunidades.
Artículo 3. Enfoques: El acuerdo retoma los enfoques
del Acuerdo Municipal No. 102 de 2018, por el cual se
crea la Política Pública para la Igualdad de Género de
las Mujeres Urbanas y Rurales del Municipio de Medellín,
dichos enfoques serán transversales a la implementación
de cada uno de los componentes del programa. Además,
direccionan y dan soporte técnico y losóco a las acciones
que se implementarán.
Enfoque de Derechos Humanos: Se entenderá como
la titularidad de Derechos Humanos de las Mujeres,
con el n de reconocerlas como sujetas de derechos
y garantizar el acceso, ejercicio y efectividad, con el
n del goce pleno de sus libertades individuales y
colectivas.
Enfoque de Género: Es un desarrollo teórico y
metodológico que contribuye a reconocer y transformar
las desventajas históricas, sociales y culturales que
afectan negativamente a las mujeres y niñas, a través
de la implementación de políticas para la igualdad
de género y la erradicación de todas las formas de
discriminación contra las mujeres, niñas y personas
por su identidad y/u orientación.
Enfoque Diferencial: Reivindica el ejercicio de la
ciudadanía desde la diferencia para aquellas mujeres
que son excluidas en razón a su sexo, etnia, lenguaje,
identidad de género, orientación sexual, ciclo vital,
nacionalidad, condición política, situación económica
y capacidades diferentes, buscando garantizarles la
libre escogencia del tipo de vida de acuerdo a sus
preferencias y capacidades.
Enfoque Étnico-Racial: Hace referencia a la denición
de estrategias y acciones armativas para una
población que se reconoce en sus múltiples identidades
racializadas por un modelo social imperante. Este
enfoque pretende superar el racismo, la discriminación
racial y la exclusión basada en la identidad étnico-
cultural y en los rasgos físicos, biológicos o fenotípicos
de la población afrodescendiente, indígena y Rom.
Enfoque territorial: Centra su mirada en las redes
de relaciones y en las prácticas sociales, culturales,
políticas y económicas que se producen en un
determinado territorio, el carácter de la identidad y el
sentido de pertenencia de sus habitantes, de lo cual
deriva la importancia de diferenciar lo rural y lo urbano.
Enfoque interseccional: permite analizar, comprender
y responder a las formas cómo convergen distintos

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