Acuerdo N° 11 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2015-04-28 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881755877

Acuerdo N° 11 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2015-04-28

Número de acuerdo11
Fecha28 Abril 2015
ACUERDO
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1
ACUERDO No.-.- - U
1
28 ABR 2015
Código:
Versión:
Pág.:
DE 2015
)
02
1 de 6
"Por medio del cual se realizan unas modificaciones al Plan de Acción Institucional
- PAI2012 - 2015, se realizan unos traslados presupuestales yse dictan otras
disposiciones".
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL
TOLlMA "CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en la
Ley 99 de 1993, el acuerdo de Asamblea Corporativa No. 004 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 80 de la Constitución Política de Colombia, el
Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales
renovables, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración
o sustitución.
Que los numerales 12 y 14 del articulo 1
0
de la Ley 99 de 1993, establecen como
principios generales que el manejo ambiental del pais, conforme a la Constitución
Politica, será descentralizado, democrático y participativo y que las Instituciones
Ambientales del Estado se estructurarán teniendo como base criterios de manejo
integral del medio ambiente y su interrelación con los procesos de planificación
económica, social y física;
Que de acuerdo con los numerales 1 y 2 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, las
Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible ejercen la función
de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las
normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el
Ministerio del Medio Ambiente y están encargadas de ejecutar las políticas, planes,
programas nacionales en materia ambiental definidos por la Ley aprobatoria del
Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio
del Medio Ambiente, así como los del orden regional que hayan sido confiados }..
conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción;
Que el articulo 63 de la Ley 99 de 1993 determina que a fin de asegurar el interés
colectivo de un medio ambiente sano, el ejercicio de las funciones en materia
ambiental se sujetará a los principios de armonia regional, gradación normativa y
rigor subsidiario; ~

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