Acuerdo Nº 19 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 08-08-2022
Sentido del fallo | Artículo primero: modificar el presupuesto de ingresos y gastos de la corporación autónoma regional del tolima "cortolima" para la vigencia fiscal 2022 en el sentido de adicionar recursos por la suma de mil ciento treinta y tres millones novecientos diecinueve mil novecientos veintiún pesos con siete centavos ($1 133 919 921,7), según el siguiente detalle: |
Fecha | 08 Agosto 2022 |
Año | 2022 |
Número de acuerdo | 19 |
AcuERD0
=.
7
0 19 - - -
( O 8 AGO 2022
)
Corporación Autónoma
Regional del Tolima
Por medio del cual se efectúa una modificación por adición de recursos en el
Presupuesto de Ingresos y Gastos con recursos propios por adición de recursos
de la Corporación Autónoma Regional del Tolima "CORTOLIMA" para la vigencia
fiscal comprendida entre 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022"
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLIMA - CORTOLIMA-
En
ejercicio de las facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas
en la Ley 99 de 1993, el Acuerdo 006 del 14 de abril de 2020 del Consejo
Directivo, demás normas que regulan la materia y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Acuerdo No.006 del 14 de abril de 2020, el Consejo Directivo de
la Corporación Autónoma Regional del Tolima — CORTOLIMA, expidió el Manual de
Presupuesto de rentas y gastos de la corporación.
Que el Manual de Presupuesto de la Corporación, establece en su artículo décimo
noveno las modificaciones presupuestales: toda vez que las circunstancias
económicas y/o sociales se modifican, los instrumentos que regulan esta realidad
no pueden permanecer estáticos, por ello el presupuesto no es inmutable y los
mecanismos legales permiten que se lleve a cabo esa adaptación a la realidad
durante su ejecución. Las modificaciones que pueden suscitarse con respecto al
presupuesto son mediante reducciones, adicciones, aplazamientos y traslados en
los ingresos y gastos.
Que el numeral 3 del artículo décimo noveno, hace mención a las adiciones
presupuestales, estableciendo que:
"En cualquier mes del año fiscal, se podrá
presentar adiciones al Presupuesto de la Corporación, por varias circunstancias: los
recursos provenientes de mayores recaudados por rea foro en las rentas; la
determinación de los excedentes financieros correspondientes a la vigencia fiscal
anterior; recursos provenientes por suscripción de contratos o convenios
interadministrativos; recursos provenientes por créditos de la banca comercial,
banca de fomento y del Gobierno Nacional".
Que en el numeral 3.1 del artículo décimo noveno se establece la Adición por
Reaforo de Rentas:
"El rea foro de rentas es un movimiento a través del cual la
Corporación incorpora recursos en su presupuesto provenientes de un mayor
recaudo, sobre la proyección inicial de los ingresos de la vigencia y debe ser
aprobado por el Consejo Directivo. Para mantener el equilibrio presupuestal, s
presentarán paralelamente los usos de los recursos reaforados"
Página 1 de 6
SEDE =MI.
Av Del enuraml
con
Calle 44 Esquina
Diracesdn Territorio/
Sur.
DireeekIn Terrtrartal
Norte: &tensión 406-406
areeckln TerritoriatOrgonts,
alensión 403-109
Arealónrerrnorral
Sor
Oriente
Telifonaur (578)365336
3635144 - 2657775 • 2655452- 2655446-1660101 •
Erlensión2 40)3 406
Telefor(575)- 2890024
Telefax: (578)2456870
Extensión -602.407
2640517- 2660149 )2657186 - 26549.10 - 365455) 2654554 - 2653375
Telefax; (578)2462779
Calle 2' Sur No 6-81
Calle 6 Na 23•37 segundo pisa
Telefax: (578)2281204
Unes Nadan)* 018000956666 desde el reno del País
C.() Solaron. Cro. 8
Avenida las Palmos Predio
Alelar • Tollos
Ces. 9 !Va 8 - 136
Ealál eorrolinialárorfolunn goteo - W6 ESILSilátit”).C))
7 )34
1
28 Ofi. 301-
Casa Verde
Purificar», Tolima
Mojad - Tolisoso - Colombia
310. Chaparral )7oluna
Lérlda
Tolima
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba