Acuerdo N° 6 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2022-02-19 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 898397002

Acuerdo N° 6 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2022-02-19

Fecha19 Febrero 2022
Número de acuerdo6
ACUERDO
Corporación Autónoma
Regional del Tonina
ACUERDO No.
e IIM 0
06
DE 2022
(TtFEB 2022 )
"Por medio del cual se realizan unas modificaciones al Plan de Acción Cuatrienal
PAC 2020— 2023"
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
En uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en la
Ley 99 de 1993, el Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015 el Acuerdo de
Asamblea Corporativa No. 004 de 2013, Acuerdo 008 de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 80 de la Constitución Política de Colombia, el estado
planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, para
garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
Que los numerales 12 y 14 del artículo 10 de la Ley 99 de 1993, establecen como
principios generales que el manejo ambiental del país, conforme a la Constitución
Política, será descentralizado, democrático y participativo y que las Instituciones
Ambientales del Estado se estructurarán teniendo como base criterios de manejo
integral del medio ambiente y su interrelación con los procesos de planificación
económica, social y física.
Que de conforme con los numerales 1 y 2 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, las
Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible ejercen la función
de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las
normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el
Ministerio del Medio Ambiente y están encargadas de ejecutar las políticas, planes,
programas nacionales en materia ambiental definidos por la Ley aprobatoria del Plan
Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio
AcuERDol
MIK
0.06
19
FEB 202:L
Cognación Autónana
Regional del Tollma
Medio Ambiente, así como los del orden regional que hayan sido confiados conforme
a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción.
Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante la expedición del
Decreto 1076 del 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y
Desarrollo Sostenible, determinó como instrumentos de planificación ambiental
regional en el largo, mediano y corto plazo, el Plan de Gestión Ambiental Regional
PGAR, el Plan de Acción Cuatrienal y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos,
respectivamente.
Que el artículo 2.2.8.6.4.1 del Decreto 1076 del 2015, Decreto Único Reglamentario
del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, establece que el "Plan de Acción
Cuatrienal, es el instrumento de planeación de las Corporaciones Autónomas
Regionales, en el cual se concreta el compromiso institucional de éstas para el logro
de los objetivos planteados en el Plan de Gestión Ambiental Regional, PGAR; en él
se definen las acciones e inversiones que se adelantarán en el área de su jurisdicción
y su proyección será de cuatro años."
Que la norma lbidenn en su ARTÍCULO 2.2.8.6.5.4 reza:
"Informes. El Director
presentará informes periódicos ante el Consejo Directivo de la Corporación que den
cuenta de los avances en la ejecución física y financiera de los programas y
proyectos del Plan de Acción Cuatrienal, así mismo podrá solicitar debidamente
soportado técnica y financieramente los ajustes al Plan de Acción CuatrienaL
Semestralmente deberá enviarse un informe integral de avance de ejecución del
Plan de Acción Cuatrienal al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible."
Que mediante Acuerdo No. 008 del 19 de mayo de 2020, el Consejo Directivo de
CORTOLIMA aprueba y adopta el Plan de Acción Cuatrienal 2020-2023 "Siembra
Tú Futuro", para el área de Jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del
Tolima — CORTOLIMA".
Que el Artículo Quinto del Acuerdo No. 008 del 19 de mayo de 2020, adoptó como
criterios para modificar el Plan de Acción Cuatrienal 2020 — 2023, los siguientes: 1.
Por orden legal; 2. Por orden técnico. CAR; 3. Por orden financiero.
Que En especial por aspectos de orden técnico se esboza una primera causal:
-
Cuando por circunstancias ajenas la Corporación, se modifiquen las condicione
ACUERDOS
soo-
00
6
F E B 2022
Corporación Autónoma
Regional riel Tollma
bajo las cuales se formuló el programa, proyecto, actividad o subactividad que se
eliminará, modificará
o incrementará
..
.
Que concomitantemente con la construcción del plan de acción cuatrienal 2020-2023
"Siembra Tú Futuro", el mundo ya venía afrontando una realidad en la salud de la
población derivada del coronavirus COVID-19, situación derivada desde el mes de
diciembre de 2019, de tal manera que ante el incremento de esta pandemia la
Organización Mundial de la Salud declaró el 11 de marzo de 2020 que el brote del
nuevo coronavirus COVID-19 es una pandemia, esencialmente por la velocidad en
su propagación, por lo que instó a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas
para la identificación, confirmación, aislamiento, monitoreo de los posibles casos y
el tratamiento de los casos confirmados, así como la divulgación de las medidas
preventivas, todo lo cual debe redundar en la mitigación del contagio.
Que el Ministerio de Salud y Protección social mediante Resolución No. 385 de
marzo 12 de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio Nacional, tras
la clasificación del COVID — 19 como pandemia, por parte de la Organización
Mundial de la Salud, en la cual se esbozan una serie de lineamientos con el fin de
prevenir y controlar la propagación del mencionado virus. De igual manera el señor
Presidente de la Republica impartió unos lineamientos en virtud de la emergencia
sanitaria generada por la pandemia del coronavirus COVID-19 y el mantenimiento
del orden público, para lo cual, desde el 24 de marzo de 2020, ordeno el aislamiento
obligatorio en el territorio colombiano, con algunas excepciones.
Que estos lineamientos, fueron factor predominante en el desenlace de las metas
que en un inicio se tenían propuestas por la entidad y que iban a ser introducidas en
el documento del plan de acción cuatrienal, toda vez que al inicio de una pandemia
y las medidas establecidas era notoriamente incierta su finalización, por lo que
desde la parte técnica, quienes son en especial que hacen actividades de campo,
vitales para la obtención de resultados, se optó teniendo como base los indicadores
de gestión dilucidados en los resultados del empalme surgido entre la anterior
administración y la actual, el fijar las metas que a la postres fueron aprobadas y que
para estas dos (2) vigencias han sido razonables y cumplidas por la dependencias
encargadas.
Que en distintos comités de dirección, en cabeza de la Directora General, se
analizaron y llevaron a cabo diferentes análisis, en el sentido de ajustar las met

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