Acuerdo Nº 62 de Empresa de Acueducto Y Alcantarillado de Bogotá - Eaab - Esp, 17-12-2020 - 30 de Diciembre de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 853650269

Acuerdo Nº 62 de Empresa de Acueducto Y Alcantarillado de Bogotá - Eaab - Esp, 17-12-2020

Fecha de emisión17 Diciembre 2020
Fecha de publicación30 Diciembre 2020
EmisorEmpresa de Acueducto Y Alcantarillado de Bogotá - Eaab - Esp
Número de Gaceta7008
JUNTA DIRECTIVA
ACUERDO No. 62
(17 de diciembre de 2020)
Por medio del cual se modifican y actualizan los costos de referencia, se adoptan las
tarifas para los servicios de acueducto, alcantarillado y contratos de suministro de agua
potable e interconexión, y se adoptan determinaciones sobre la aplicación de la
Resolución CRA 936 de 2020
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MPFD0801F11-02
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE
BOGOTA E.S.P., EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUARIAS
CONSAGRADAS EN EL ARTÍCULO 1.2.1.1 DEL TÍTULO 1 DEL CAPÍTULO 1 DE LA
RESOLUCIÓN CRA 151 DE 2001 Y EL LITERAL D, NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 11 DEL
ACUERDO 05 DE 2019 Y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 11 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, determinó que es función de la
Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA, establecer fórmulas
para la fijación de las tarifas de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, las cuales
son de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 88 de la citada ley.
Que la misma Ley 142 de 1994 estableció como uno de los criterios orientadores del régimen
tarifario la suficiencia financiera, según el cual: “(…)se entiende que las fórmulas tarifarias
garantizarán la recuperación de los costos y gastos propios de operación, incluyendo la
expansión, la reposición y el mantenimiento; permitirán remunerar el patrimonio de los
accionistas en la misma forma en la que lo habría remunerado una empresa eficiente en un
sector de riesgo comparable, y permitirán utilizar las tecnologías y sistemas administrativos que
garanticen la mejor calidad, continuidad y seguridad a sus usuarios.” (Subrayado por fuera de
texto original).
Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA expidió la
Resolución CRA 688 de 2014, mediante la cual adoptó la metodología tarifaria para las
personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que
cuenten con más de 5.000 suscriptores en el área urbana de un municipio, salvo las
excepciones contenidas en la ley
1
. la Resolución CRA 688 fue modificada, aclarada y
adicionada por la Comisión de Regulación, mediante la Resolución CRA 735 del 9 de diciembre
de 2015.
Que en el marco tarifario definido por la CRA, con el fin de dar cumplimiento al principio de
suficiencia financiera previsto en la Ley, se estableció un sistema de actualización de los costos
de referencia del servicio, que tiene por objeto permitir que los costos de referencia calculados
mantengan su poder adquisitivo en función de las variaciones del Índice de precios al
1
Parágrafo 1 artículo 87 de la Ley 142 de 1994.
JUNTA DIRECTIVA
ACUERDO No. 62
(17 de diciembre de 2020)
Por medio del cual se modifican y actualizan los costos de referencia, se adoptan las
tarifas para los servicios de acueducto, alcantarillado y contratos de suministro de agua
potable e interconexión, y se adoptan determinaciones sobre la aplicación de la
Resolución CRA 936 de 2020
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MPFD0801F11-02
Consumidor IPC publicado por el DANE, definido en el artículo 58 de la Resolución CRA 688 de
2014.
Que la Comisión expidió la Resolución CRA 759 de 2016 mediante la cual derogó la Resolución
CRA 608 de 2012 y estableció los requisitos generales aplicables a los contratos que suscriban
los prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado, para el uso e
interconexión de redes y para los contratos de suministro agua potable e interconexión; señaló
la metodología para determinar la remuneración y/o peaje correspondiente y estableció las
reglas para la imposición de servidumbres de interconexión.
Que con posterioridad de la entrada en vigencia de la nueva metodología tarifaria, la Comisión
expidió la Circular CRA 001 del 22 de junio de 2016
2
sobre Compilación de dudas
conceptuales referentes a la aplicación del nuevo marco tarifario para grandes prestadores de
los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado
Que la Comisión expidió la Resolución CRA 783 de 2017, modificada por la Resolución CRA
810 de 2017, mediante las cuales se ratificaron y ampliaron algunas excepciones al
procedimiento de modificación de los costos económicos de referencia.
Que la Comisión expidió la Resolución CRA 830 de 2018, por medio de la cual se presentan las
variables que conforman los modelos de eficiencia establecidos en la Resolución CRA 688 de
2014, para determinar los puntajes de eficiencia comparativa PDEA y se dictan otras
disposiciones.
Que adicionalmente la Comisión expidió la Resolución CRA 864 del 21 de diciembre de 2018,
mediante la cual, además de establecer las reglas a las cuales deben sujetarse las solicitudes
de modificación de fórmulas tarifarias de carácter particular, modificó la normatividad
precedente en relación con los ajustes en los costos de referencia a ser efectuadas
directamente por la persona prestadora.
Que de conformidad con lo señalado por el ente regulador, la fórmula tarifaria vigente se
encuentra conformada por un cargo fijo que se determina con base en el Costo Medio de
Administración (CMA) y un cargo por consumo, que se determina con base en los componentes
Costo Medio de Inversión (CMI), Costo Medio de Operación (CMO) y Costo Medio de Tasas
Ambientales (CMT).
2
Publicada en el Diario Oficial el 26 de junio de 2016.

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