Acuerdo N° PS-GJ.1.2.42.2.22.011 de la Corporación para el desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, 04-04-2022 - Normativa - VLEX 899663324

Acuerdo N° PS-GJ.1.2.42.2.22.011 de la Corporación para el desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, 04-04-2022

Número de acuerdoPS-GJ.1.2.42.2.22.011
Fecha23 Febrero 2022
Tipo de documentoAcuerdo
ACUERDO No PS-GJ.1.2.42.2.22.011
“Por medio del cual se designa al Secretario del Consejo Directivo para contestar
una tutela
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO
SOSTENIBLE DEL ÁREA DE MANEJO ESPECIAL LA MACARENA
CORMACARENA
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas
en los Artículos 27 de la Ley 99 de 1993, Artículo 28 del Acuerdo No. 001 de 2009
Estatutos de la Corporación y Artículo 2.2.8.4.1.19 del Decreto 1076 de 2015,
CONSIDERANDO
Que mediante oficio No. 4369 de fecha 23 de febrero de 2022, el señor Ericson
Camilo Ballén Quintero presentó escrito ante Consejo Directivo, el cual es titulado:
“Solicitud de reconocimiento, participación e invitación a sesiones de la Corporación para el
Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial La Macarena Corm acarena como
representante de la Asociación de Colonos del Municipio de Macarena y el Guayabero.”
Que el señor Ericson Camilo Ballén remitió el día 11 de marzo de 2022, correo
electrónico a la Corporación y al consejero Oscar Vargas, informando que había
radicado una tutela ante los estrados judiciales contra los miembros del Consejo
Directivo de Cormacarena.
Que en sesión extraordinaria del Consejo Directivo llevada a cabo el día de hoy
(14 de marzo de 2022), al momento de tratarse el quinto (5°) punto del orden del
día, el Secretario del Consejo informó a los asistentes, que por el correo
electrónico y por lo dicho por el consejero Oscar Vargas se estaba tramitando una
acción de tutela por el ciudadano Ericson Camilo Ballen, no obstante, esta no ha
sido notificada formalmente.
Que fue puesto en conocimiento del Consejo Directivo una petición del ciudadano
Ericson Camilo Ballen la cual posiblemente esta asociada con la acción de tutela
en cuanto a su reconociendo como miembro del Consejo Directivo de
Cormacarena, situación que no es de orden personal de los consejeros, sino de
orden constitucional, legal y de aplicación común, por lo cual se decidió designar
al Secretario del Consejo Directivo para que diera respuesta de conformidad con
los elementos de prueba que se han puesto en conocimiento de este Consejo
Directivo.
Que, dentro de las funciones del Consejo Directivo, no se prevé nada acerca de
quien debe representar al mismo ante autoridades judiciales o administrativas, ni

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