Acuerdo No. 07 del municipio de Barranca de Upía, 05-06-2020 - Normativa - VLEX 909014352

Acuerdo No. 07 del municipio de Barranca de Upía, 05-06-2020

Fecha de publicación29 Mayo 2020
Año2020
Fecha05 Junio 2020
Tipo de documentoAcuerdo
NIT: 822005082-9
BARRANCA
DE UPIA
DEPARTAMENTO DEL META
MUNICIPIO DE BARRANCA DE UPIA - META
Código:
CONCEJO MUNICIPAL
Versión:
O
ACUERDO
Fecha: Feb-23-2018
ACUERDO N' 07
(Mayo 29 de 2020)
POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO "CONSTRUYENDO TEJIDO SOCIAL" DEL
MUNICIPIO DE BARRANCA DE UPÍA, META PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2020-
2023 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
EL CONCEJO MUNICIPAL, DE BARRANCA DE LIMA, META
En
ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 313 numeral 2° y el inciso 2° del artículo
339 de la Constitución Política de Colombia, Ley 136 de 1994 y Ley 152 de 1994, artículos 9 y
10 de la Ley 1473 de 2011 y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO
1.
Que el Artículo 313 numeral 2°. De la Constitución Nacional establece como
competencia de los Consejos Municipales, adoptar de acuerdo con la Ley los planes y
programas de desarrollo económico, social y de obras públicas.
2.
Que la Constitución Política Nacional en el inciso 2 del artículo 339 estipula que los
planes de las entidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica y
otra de mediano y corto plazo.
3.
Que el Artículo 342 de la Constitución, prevé que en la adopción del plan de Desarrollo
se debe hacer efectiva la participación de la ciudadanía en la discusión de los planes
de desarrollo, y las modificaciones correspondientes, conforme a lo establecido en la
Constitución.
4.
Que la Ley 152 de 1994, en su artículo 40 prevé que el plan de Desarrollo será
sometido a consideración del Concejo Municipal para su aprobación.
5.
Que en el Artículo 74 de la Ley 136 de 1994, se contempla que los procedimientos,
trámites y aprobaciones del Plan de Desarrollo Municipal deben ajustarse a lo que
disponga la Ley orgánica de planeación.
s. Que según lo establecido en el artículo 44 de la Ley 152 de 1994, en los presupuestos
anuales se debe reflejar el plan plurianual de inversión y que en los municipios el
Consejos definirán los procedimientos a través de los cuales los Planes territoriales
serán armonizados con los respectivos presupuestos.
Calle 11 Nro. 2-15/17 Barrio Centro— Palacio Municipal piso 1— Celular 320 767 27 28
Email: conceio@barrancadeupia-meta.gov.co
NIT: 822005082-9
BARRANCA
DE UP1A
DEPARTAMENTO DEL META
MUNICIPIO DE BARRANCA DE UPIA - META
Código:
CONCEJO MUNICIPAL
Versión: O
ACUERDO
Fecha: Feb-23-2018
7.
Que la Ley 1955 de 2019 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018 —
2022 "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", tiene dentro de sus objetivos la
inclusión social y productiva, a través del emprendimiento y la legalidad, en
concordancia con la búsqueda del logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible
2030, y el programa de Gobierno Departamental "Hagamos Grande al Meta".
8.
Que, en atención a lo anterior, una vez presentado por parte de la alcaldesa el
respectivo Plan de Desarrollo, la Administración podrá introducir al Presupuesto de la
respectiva vigencia los correspondientes ajustes que se crean necesarios. Es de
resaltar, que el proceso de armonización presupuestal se realizará una vez se haya
expedido el Plan de Desarrollo.
9.
Que el Municipio presentó, a través del Secretario de Planeación e Infraestructura, al
Territorial de Planeación, el documento preliminar del Plan, para que presentara su
Consejo concepto técnico.
10.
Que el Consejo Territorial de Planeación no presentó el documento de observaciones
al proyecto de Plan de Desarrollo.
11.
Que el municipio presentó a la Corporación Autónoma Regional CORMACARENA,
dentro de los tiempos previstos por la Ley, y que CORMACARENA envió su concepto
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sobre el documento presentado, en donde se le solicitaron algunos cambios, que
fueron acogidos en el documento final.
12.
Que la Procuraduría General de la Nación, los Ministerios y diferentes organismos del
nivel nacional, departamental y local, también presentaron al gobierno municipal
propuestas, observaciones, iniciativas y recomendaciones.
13.
Que el gabinete municipal acogió las observaciones que estuvieron alineadas con el
ordenamiento legal, la capacidad financiera, la viabilidad técnica y la oportunidad
política.
14.
Que la base del Plan de Desarrollo estuvo soportada en el Programa de Gobierno que
salió electo en los comicios electorales.
15.
Que el Plan de Desarrollo se nutrió de las problemáticas, propuestas y soluciones que
presentaron las comunidades en las mesas de participación con su respectivo estudio
técnico de control para este proceso.
16.Que el Plan de Desarrollo
"CONSTRUYENDO TEJIDO SOCIAL 2020-2023",
se
presenta dentro de los términos legales al Honorable Concejo Municipal, para su
estudio y aprobación.
17.
Que, en virtud de lo anterior,
Calle 11 Nro. 2-15/17 Barrio Centro — Palacio Municipal piso 1— Celular 320 767 27 28
Email: concejo@barrancadeupia-meta.gov.co
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DEPARTAMENTO DEL META
MUNICIPIO DE BARRANCA DE UPIA - META
CONCEJO MUNICIPAL
Versión: O
Código:
NIT: 822005082-9
ACUERDO
Fecha: Feb-23-2018
ACUERDA
ARTÍCULO 1°.
Adóptese el plan de desarrollo
"CONSTRUYENDO TEJIDO SOCIAL 2020-
2023"
para el municipio de Barranca de Upía Meta para la vigencia
2020 - 2023.
como
instrumento de planificación socioeconómico permanente, resultante de un proceso
participativo en el que confluyeron actores públicos, privados y comunitarios, dirigido a
orientar, construir, regular y promover a corto y mediano plazo, el desarrollo municipal.
PARÁGRAFO:
hace parte del plan integral de desarrollo los documentos sobre el diagnóstico
del plan el concepto del consejo territorial de planeación y el anexo técnico del proceso para
su elaboración.
ARTÍCULO 2°.
El presente plan de desarrollo en su línea estratégica comprende ocho ejes
con sus sectores asociados, programas y metas. De la mano del plan plurianual de
inversiones para este periodo
ARTICULO 3°
El presente plan de desarrollo Municipal 2020-2023
"CONSTRUYENDO
TEJIDO SOCIAL"
está compuesto de la siguiente manera.
Calle 11 Nro. 2-15/17 Barrio Centro — Palacio Municipal piso 1— Celular 320 767 27 28
Email: conceio@barrancadeupia-meta.gov.co

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