Acuerdo número 004 de 2009, acuerdo por medio del cual se declara en ordenación la Cuenca Hidrográfica del río Guáitara y se toman otras determinaciones - 29 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 878841746

Acuerdo número 004 de 2009, acuerdo por medio del cual se declara en ordenación la Cuenca Hidrográfica del río Guáitara y se toman otras determinaciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Nariño
Número de Boletín51873

La Comisión Conjunta para la Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica del río Guáitara, en uso de sus atribuciones legales y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 80 de la Constitución Política, determina como tareas del Estado. planificar el Manejo y Aprovechamiento de los Recursos Naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución y prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental.

  2. Que el Código de Recursos Naturales Decreto ley 2811 de 1974 establece en su artículo 1º: "El Ambiente es Patrimonio Común. El Estado y los particulares deben participar en su planificación y manejo, que son de utilidad pública e interés social. La preservación y Manejo de los Recursos Naturales Renovables también son de utilidad pública y de interés social"

  3. Que la Ley 99 de 1993, en su artículo 5º numeral 12, fijo como función del Ministerio de Ambiente hoy, Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial : "Fijar las pautas generales para el Ordenamiento y Manejo ele las Cuencas Hidrográficas y demás áreas de manejo especial" y en su artículo 31 numeral 18, estableció como función de las Corporaciones Autónomas Regionales "Ordenar y establecer las Normas y Directrices para el Manejo de las Cuencas Hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las Disposiciones Superiores y a las Políticas Nacionales".

  4. Que la Ordenación y Manejo de la Cuenca del río Guáitara se realizará bajo la Reglamentación establecida en el Decre10 1720 de 2002.

  5. Que en el artículo 4º del Decreto 1729 de 2002 establece: "La Ordenación de la Cuenca tiene como objeto principal el Planeamiento del Uso y Manejo sostenible de

    sus Recursos Naturales Renovables, de manera que se consiga mantener o reestablecer un adecuado equilibrio entre el aprovechamiento económico de tales recursos y la conservación de la estructurafísico biótica de la cuenca y particular mente de sus recursos hídricos"

  6. Que en...

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