Acuerdo número 0042 de 2016, por el cual se modifica el Anexo 13, Transporte, del Acuerdo número 38 de 2016 - 22 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656246349

Acuerdo número 0042 de 2016, por el cual se modifica el Anexo 13, Transporte, del Acuerdo número 38 de 2016

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Rectora del Sistema General de Regalías
Número de Boletín50095

La Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en particular de las conferidas por los artículos , , 25 y 26 de la Ley 1530 de 2012 y 2.2.4.1.1.3.1 del Decreto número 1082 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos y de la Ley 1530 de 2012 establecen que la Comisión Rectora es el órgano encargado de definir la política general del Sistema General de Regalías (SGR) y de definir las directrices generales, procesos, requisitos y criterios para su funcionamiento;

Que de conformidad con el artículo 25 de la Ley 1530 de 2012 y en concordancia con el artículo 2.2.4.1.1.3.1 del Decreto número 1082 de 2015, todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas y las comunidades étnicas podrán formular proyectos de inversión a financiarse con recursos del SGR, dando cumplimiento a los lineamientos para las etapas de viabilización y previos al inicio de la ejecución que defina la Comisión Rectora del SGR;

Que la priorización de los proyectos de inversión se realiza de conformidad con los criterios señalados en el artículo 27 de la Ley 1530 de 2012, y que para orientar y apoyar a los miembros de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) en la toma de decisiones, la Comisión Rectora del SGR, mediante Acuerdo número 32 de 2015, implementó el Sistema de Evaluación por Puntajes;

Que para la aprobación de proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con cargo a los recursos del SGR, una vez éstos han sido viabilizados y priorizados, los miembros del OCAD deben verificar la disponibilidad de recursos certificada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que la Comisión Rectora del SGR, en Sesión XXXV del 13 de mayo de 2016, aprobó el Acuerdo número 38 de 2016 "por el cual se establecen los requisitos generales y sectoriales, para la viabilización y previos al inicio de la ejecución, para proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos del ¡Sistema General de Regalías; se fijan los requisitos para la financiación de los compromisos adquiridos a 31 de diciembre de 2011 y se dictan otras disposiciones";

Que el documento CONPES 3857 de 2016 "Lineamientos de política para la gestión de la red terciaria" recomendó a la Comisión Rectora seguir la política y metodología señalada en dicho documento;

Que se requiere ajustar el Anexo 13, Transporte, a lo señalado en el documento CON-

PES 3857 de 2016;

Que la Comisión Rectora del SGR en la Sesión XLIII del 15 y 16 de diciembre de 2016 aprobó el presente acuerdo;

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Modifíquese el Anexo 13, Transporte, del Acuerdo número 38 de 2016, el cual quedará así:
ANEXO 13 TRANSPORTE Artículo 2

REQUISITOS SECTORIALES DE VIABILIZACIÓN

Además de lo establecido en el Título II del presente acuerdo, se debe presentar lo siguiente:

I. Proyectos de construcción, mantenimiento, adecuación, mejoramiento o rehabilitación de la infraestructura de transporte por carretera, fluvial, aeroportuária, férrea, logística especializada (ILE), urbana, o por cable.

  1. Los estudios y diseños técnicos necesarios de acuerdo con los artículos 7 y 12 de la Ley 1682 de 2013, así como lo siguiente, cuando aplique:

  1. Localización exacta de la obra;

  2. Estudios hidrológico e hidráulico;

  3. Estudios geológico y geotécnico;

  4. Estudios de suelos;

  5. Diseño de estructuras;

  6. Planos de construcción generales y de detalle, como planta, perfiles, cortes, estructurales y obras de drenaje;

  7. Proceso constructivo del proyecto;

  8. Estudios ambientales de conformidad con la Ley 1682 de 2013 (literal c) del artículo 7º y artículo 39) y su costeo;

  9. Plan de manejo de tránsito.

    II. Proyectos de construcción, mantenimiento, adecuación, mejoramiento o rehabilitación de infraestructura vial.

    Además de los requisitos señalados en el numeral I del presente anexo, los siguientes, cuando aplique:

    1. Certificado en donde conste que la intervención en la vía es competencia de la entidad. Si la intervención en la vía es competencia de otra entidad, documento que avale la intervención a realizar.

    2. Levantamiento topográfico.

    3. Diseño geométrico para vías nuevas o proyectos que cambien alineamiento de la vía.

    4. Estudio de tránsito.

    5. Diseño de estructura del pavimento.

    6. Cuando no se intervengan estructuras existentes, los...

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