Acuerdo número 06 de 2017, por el cual se expide el nuevo Estatuto General del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar, La Guajira - 3 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 702334501

Acuerdo número 06 de 2017, por el cual se expide el nuevo Estatuto General del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar, La Guajira

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar, Guajira
Número de Boletín50496

El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar, La Guajira, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas en el literal d) del artículo 65 de la Ley 30 de 1992.

  1. Que mediante el Acuerdo número 001 de 2014 se adoptó el nuevo Estatuto General del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar (La Guajira).

  2. Que la Ley 30 de 1992 en su artículo 29, literal a, establece que las Instituciones Técnicas Profesionales tendrán autonomía para "darse y modificar sus Estatutos".

  3. Que el literal "d" del artículo 29 del Acuerdo 001 de 2014, establece que es función del Consejo Directivo "(... ) adoptar el Estatuto General y expedir los Reglamentos de la Institución y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con los dispuesto en los actos de creación o reestructuración y de las demás normas legales que la rijan".

  4. Que los honorables miembros del Consejo Directivo realizaron un análisis exhaustivo de todo el articulado del Estatuto General y observaron la necesidad de actualizarlo e integrarlo de acuerdo con las nuevas normas y necesidades existentes con el objeto de garantizar una herramienta estable para el funcionamiento administrativo y académico de la Institución.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

ACUERDA:

Expedir el nuevo Estatuto General que rige la organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar (La Guajira).

TÍTULO PRIMERO Artículos 1 a 5

DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

Naturaleza, denominación y domicilio

Artículo 1º Denominación, naturaleza jurídica, domicilio, jurisdicción, misión, objetivos, principios, funciones, campos de acción y autonomía.
Artículo 2º Denominación.

Para todos los efectos legales la Institución se denomina Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar, La Guajira y utiliza la sigla (Infotep).

Artículo 3º Naturaleza jurídica.

El Infotep de San Juan del Cesar, La Guajira, es un Establecimiento Público de carácter académico, del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Educación Nacional, creado mediante Decreto número 1098 del 17 de marzo 1979 del Gobierno nacional como entidad adscrita al Ministerio de Educación Nacional y redefinida por Ciclos Propedéuticos, según lo contemplado en la Ley 749 de 2002, Decreto número

2216 de agosto 6 de 2003.

Artículo 4º Domicilio y jurisdicción:

El Infotep de San Juan del Cesar, La Guajira, tiene su domicilio en el municipio de San Juan del Cesar, departamento de La Guajira. Por disposición del Consejo Directivo podrá establecer dependencias operativas y administrativas en cualquier lugar del territorio Nacional, previa expedición de las autorizaciones que para tal efecto se requieran según las normas legales.

Artículo 5º Misión.

El Infotep desarrolla su actividad académica para la formación de talento humano bajo una comprensión de las necesidades laborales del contexto contemporáneo regional, con la conciencia de que el ejercicio de la técnica y la tecnología son retos que aportan sustancialmente a la realización de un nuevo actor proyectado a la nación colombiana aportando técnicos, tecnólogos y profesionales de calidad comprometidos con todos los entes del establecimiento nacional e internacional.

TÍTULO SEGUNDO Artículos 6 a 10

OBJETIVOS Y PRINCIPIOS

CAPÍTULO I Artículo 6

De sus objetivos

Artículo 6º Objetivos.

El Infotep tiene como objetivo la generación y socialización permanente del conocimiento en los campos de formación de las humanidades, la ciencia, las artes, la filosofía, la técnica y la tecnología en la transversalidad de los principios. Además de adoptar, de conformidad a la Constitución y la Ley 30 de 1992, en los años

venideros la comunidad académica de nuestra Institución ha trazado como objetivos los siguientes:

OBJETIVOS GENERALES:

  1. Ser un factor de desarrollo en el departamento de La Guajira específicamente, y en la nación colombiana en general.

  2. Reelaborar permanentemente y con flexibilidad nuevas concepciones de desarrollo y organización social.

  3. Formar a sus alumnos con claros criterios éticos y fundamentación científica, para que puedan desarrollarse como personas libres, con conciencias críticas y comprometidas con servicio a la sociedad.

  4. Fomentar y desarrollar la ciencia y la tecnología en sus diferentes campos y adoptar la ya existente para satisfacer las necesidades del desarrollo regional, nacional e internacional.

  5. Extender las oportunidades de educación superior a las diferentes zonas del departamento de La Guajira y del país, propiciando la incorporación de zonas urbanas y rurales marginadas del desarrollo económico y social, sin detrimento de los niveles académicos y de la búsqueda de la excelencia.

    OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

  6. Establecer un concepto de educación en la comunidad, definido como el proceso de Enseñanza-Aprendizaje, que se realice en estrecho contacto con la gente y la realidad social, para complementar, fortalecer y vivificar el efecto educativo en su totalidad.

  7. Desplegar una Función Académica que identifique los requerimientos de la comunidad y proporcione una metodología que asegure que esos requerimientos estén presentes en el diseño de los currículos y el desarrollo de los mismos.

  8. Jugar un papel más activo en la diseminación del saber dentro de la comunidad, en la medida en que hacerlo, ayude a perfeccionar la función educativa.

  9. Poner sus recursos a colectivos, de tal manera que se genere una inserción más activa en su contexto geográfico y una atención mayor frente a las preocupaciones locales y regionales.

  10. Integrar la investigación, desarrollo e innovación a los currículos.

  11. Hacer que las TIC sean en la Institución una herramienta metodológica para mejorar el proceso enseñanza-aprendizaje.

  12. Definir mecanismos que estimulen en el personal docente y discente una actitud positiva y funcional hacia la investigación, el desarrollo y la innovación, en áreas de las ciencias o de la tecnología, o que le permitan profundizar teórica y concep-tualmente en el campo de la filosofía, las humanidades y las artes.

  13. Vincular la investigación, el desarrollo y la innovación a la orientación de la función docente en los procesos de desarrollo de la región y de la sociedad en general.

  14. Hacer que el educador utilice sistemas de evaluación donde el estudiante, haciendo uso de las habilidades y destrezas desarrolladas en el curso, aplique los conocimientos adquiridos a diferentes situaciones, por medio del desarrollo de los procesos de transferencia, integración, análisis, sistemas de interpretación, entre otros.

  15. Disponer de un educador preparado para el cambio, que investigue, planee, organice y aplique nuevos procesos de aprendizaje; generador de condiciones, por medio de la Dinámica de la Investigación, que conduzcan a los estudiantes a desarrollar actitudes que le permitan diagnosticar nuevas situaciones, anticiparse a ellas y participar activamente en la solución de los problemas que estas generen; que desarrolle un proceso de Enseñanza- Aprendizaje en el cual, la actividad central esté dirigida a darle la oportunidad al estudiante de aprender a hacer, aprender a hacerse, aprender a aprender, aprender a autoevaluarse, aprender a ser y aprender a servir; cuyo papel sea de orientador, de estimulador, de realimentador y de enri-quecedor de la personalidad de los educandos.

  16. Proyectar una dimensión humanística integrada donde se practiquen las sanas costumbres, los valores de la existencia humana y el respeto a las normas que nos rigen.

CAPÍTULO II De sus principios Artículos 7 a 10
Artículo 7º Principios.

El Infotep en cumplimiento de sus objetivos adopta como principios los contenidos en la Ley 30 de 1992 y en aquellas que la adicionen, modifiquen o sustituyan. Coherente con la filosofía y en desarrollo de su autonomía, basa su gestión en los siguientes principios:

  1. Responsabilidad social. Instituye la responsabilidad social para el cumplimiento de su Misión y Visión, teniendo en cuenta que responde ante la sociedad mediante sus órganos de Gobierno.

  2. Excelencia académica. Encamina su labor hacia la consecución de niveles de excelencia, para lo cual no escatimará esfuerzos que lo conduzcan a obtener logros cada vez mayores en los procesos académicos.

  3. Innovación. Dada su vocación técnica y tecnológica, la Institución apoya y fomenta actividades conducentes a la innovación, en los campos que tengan que ver con el ejercicio de la docencia, la investigación y la extensión, con el fin de contribuir de manera eficiente y constante al desarrollo local, regional y del país.

  4. Equidad. Se compromete a llevar a cabo sus actuaciones con justicia, buscando el beneficio educativo de todos.

  5. Universalidad. Orienta sus procesos de docencia, extensión, proyección social e investigación hacia la búsqueda de diversidad de campos del conocimiento y hacia el impulso del saber, mediante las relaciones entre campos especializados de la ciencia y la tecnología.

  6. Solidaridad. Impulsa las relaciones interpersonales basadas en la dignidad humana, estrategias de crecimiento y de sensibilidad social, para el beneficio común.

  7. Sentido de ciudadanía. Expresado mediante la creación de espacios de convivencia que faciliten la colaboración y...

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