Acuerdo número 066 de 2017, por el cual se aprueba el Programa General de Aplicación de Recursos Internos y el Plan de Acción para el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional SSMP con base en el presupuesto disponible Vigencia 2018 - 31 de Enero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 702171553

Acuerdo número 066 de 2017, por el cual se aprueba el Programa General de Aplicación de Recursos Internos y el Plan de Acción para el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional SSMP con base en el presupuesto disponible Vigencia 2018

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50493

En uso de sus facultades legales y en especial las que confiere el artículo 9º literal m) del Decreto número 1795 del 14 de septiembre de 2000,

CONSIDERANDO:

Que se debe definir el programa general de aplicación de recursos internos en el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional (SSMP) acorde a la disponibilidad presupuestal para vigencia 2018, que define la Ley 1873 del 20 de diciembre de 2017 "por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2018".

Que el Acuerdo número 019 de 1997 reglamenta los fondos cuenta de los subsistemas de salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, en el cual en su Capítulo II establece el origen, la aplicación, y los conceptos y criterios de distribución y administración de los recursos de los fondos cuenta, incorporados en el presupuesto de cada vigencia fiscal.

Que de conformidad con el literal b) del artículo 7º de la Ley 352 de 1997 en concordancia con el literal a) del Decreto-ley número 1795 de 2000 corresponde al Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, definir las políticas, planes, programas y prioridades general del SSMP y señalar los lineamientos generales de organización, orientación y funcionamiento de los Subsistemas.

Que el Acuerdo número 047 de agosto 10 de 2007 del Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, en su artículo 1º que modificó el artículo 6º del Acuerdo 037 de 2003, estableció que "Entre el 1º y el 15 de diciembre de cada año", la Dirección General de Sanidad Militar y la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, así como el Hospital Militar Central, presentarán a consideración del CSSMP el correspondiente Plan de Acción para la siguiente vigencia.

Que el Acuerdo número 047 de 2007 antes mencionado en su artículo 2º modificó el artículo 7º del Acuerdo número 037 de 2003, disponiendo que "los Planes de Acción de cada Subsistema se elaborarán con la participación activa de los diferentes estamentos que los conforman, bajo la coordinación de la Dirección General de Sanidad Militar, la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional y del Hospital Militar Central, según corresponda. Estas determinarán para las áreas administrativas, técnicas y asistenciales los programas y subprogramas a desarrollar en la vigencia, los cuales deben estar armonizados con el correspondiente Plan Nacional de Desarrollo".

Que de conformidad con el literal m) del artículo 9º del Decreto-ley número 1795 de 2000 corresponde al Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, aprobar el Proyecto de Plan de Desarrollo del SSMP,

ACUERDA:

Artículo 1

º. Aprobar el Plan de Acción de la Vigencia 2018 del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, del Subsistema de Salud de la Policía Nacional y del Hospital Militar Central según lo ordenado por el Acuerdo número 047 CSSMP de 2007 en los artículos 6º y 7º con los Anexos 1. Plan de Acción del Subsistema de Salud de las Fuerzas.

Militares, Anexo 2. Plan de Acción del Subsistema de Salud de la Policía Nacional y Anexo 3. Plan de acción del Hospital Militar Central que se adjuntan al presente acuerdo, los cuales hacen parte integral del mismo.

Artículo 2º

Aprobar el programa general de los parámetros de administración, transferencia interna y aplicación de recursos para cada Subsistema de Salud en cumplimiento a lo establecido en el artículo 10 literal e) de la Ley 352 de 1997 y artículo 13 literal e) del Decreto Ley de 1795 de 2000 de conformidad al Anexo 4 - Programa General de Aplicación de Recursos Internos del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares y Anexo 5 - Programa General de Aplicación de Recursos Internos del Subsistema de Salud de la Policía Nacional que se adjuntan al presente acuerdo, los cuales hacen parte integral del mismo.

Artículo 2º El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición

Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., 15 de enero de 2018.

El Presidente CSSMP,

General (RA) José Javier Pérez Mejía.

El Secretario CSSMP,

CN (RA) Orlando Segura Gutiérrez.

ANEXO 1

PLAN DE ACCIÓN VIGENCIA FISCAL 2018

SUBSISTEMA DE SALUD DE LAS FUERZAS MILITARES

Teniendo en cuenta los lineamientos emitidos en el Plan de Desarrollo Institucional 2015-2018, se formuló el plan de acción 2018, teniendo en cuenta el proceso de transformación y la implementación del Modelo de Atención en Salud para el SSFM -MAIS, así:

OBJETIVO

1 ACTUALIZAR E IMPLEMENTAR POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS PARA

LA GESTIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD Y LA PRESTACIÓN DE LOS

SERVICIOS

Para el cumplimiento de este objetivo el Plan de Desarrollo Institucional del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares en la formulación plantea dos líneas de acción.

1.1. Línea de Acción Estratégica "rediseñar e implementar el Modelo de Atención Integral en Salud (MAIS)"

La consolidación de la Prestación de los servicios de Salud a nivel Nacional, se realizará a través del rediseño, socialización y ejecución del Modelo de Atención en Salud para el SSFM, el cual se enfoca en la satisfacción de los usuarios, la implementación de procedimientos de calidad y oportunidad y una administración eficiente de los recursos socializando los programas de atención en salud en las Direcciones de Sanidad Militar del Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea Colombiana; acompañando y asesorando la implementación de los programas del modelo así como la evaluación y ajustes de los mismos, a través de la Prueba Piloto para la implementación del modelo.

El Modelo de Atención en Salud tendrá un enfoque integral que permita identificar la población que no hace parte de la demanda clínica pero que pueden ser intervenidas oportunamente por tener patologías evitables o prevenibles.

Iniciativas

· Fortalecer las capacidades críticas de Salud Operacional para las Fuerzas Militares.

  1. Planear la atención en Salud Operacional con enfoque al Riesgo, que tiene como objetivo realizar la apreciación y análisis en Salud Operacional, detección de riesgos y la formulación de estrategias que busquen la mitigación de los mismos;

  2. Desarrollar estrategias para la gestión del Riesgo Operacional, que implica el seguimiento a la implementación de las mismas y el mejoramiento de acuerdo a los hallazgos y a los resultados de los indicadores;

  3. Planear la atención en Salud con enfoque al Riesgo Laboral, mediante la alineación de las directrices en Riesgos Laborales y Operacionales para el personal Militar con la normatividad legal vigente.

    Metas e Indicadores

    Iniciativas

    · Implementar los lineamientos Técnicos para la Implementación del MAIS

  4. Desarrollar estrategias para le gestión del Riesgo Laboral, a través del análisis de las estadísticas de accidentalidad y enfermedad laboral en las Fuerzas Militares que a su vez hacen parte de la apreciación y análisis de Salud Operacional.

    Metas e Indicadores

    Iniciativas

    · Estructurar Lineamientos Técnicos para la Implementación del MAIS

  5. Adoptar y adaptar los lineamientos técnicos de la Ruta de Cardiovascular (CV), Promoción y Mantenimiento (PyM) y Materno Perinatal (MP), con el fin de dar cumplimiento a los cambios normativos emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social e incluirlos al nuevo Modelo de Atención en Salud del SSFM, iniciando con las rutas enunciadas las cuales buscan la identificación del riesgo y su posterior intervención, para ello se contempla que las actividades involucradas en estas rutas requieran de una asignación presupuestal por $11.430 (valores en millones $);

  6. Verificar la implementación del lineamiento técnico de la Ruta de Promoción y Mantenimiento (PyM) y Materno Perinatal (MP), una vez emitidos los lineamien-tos se hace necesario realizar acompañamiento a las Direcciones de Sanidad de cada Fuerza con el fin de evidenciar la aplicabilidad, ejecución y adherencia a cada una de las rutas, definiendo parámetros de información y cumplimiento de indicadores.

    Metas e Indicadores

  7. Operativizar el Modelo de Atención Integral en Salud (MAIS) en el territorio Bogotá (zona Centro, Norte y Sur), en cumplimiento con la política País, es necesario garantizar la cobertura y prestación de los Servicios de Salud en todo el territorio Nacional, enfocándose en la búsqueda activa de pacientes con detección temprana de cualquier riesgo en salud para poder intervenir de manera oportuna el estado de salud y asegurar su mantenimiento;

  8. Desarrollar estrategias para la gestión del Riesgo en Salud, uno de los objetivos en Salud es prevenir enfermedad y sus consecuencias razón por la cual se crean estrategias para la detección temprana y prevención de un evento en salud que genere un riesgo el cual se puede minimizar desde su hallazgo inicial, con una visión integral que va desde las actividades de promoción y prevención, atención, intervención del alto costo, gestión farmacéutica de la seguridad y buen uso de los medicamentos así como el uso adecuado de los mismos. Las enfermedades de alto costo o ruinosas ameritan un seguimiento y control especial. Es así como es necesario la centralización de la prestación de estos servicios para optimizar recursos y con ello garantizar mayor cobertura, la política Nación propende por la agregación de demanda del sector salud para obtener economías de escala y unificación de criterios de atención en dichas patologías, para ello implementó las compras centralizadas a través de la Agencia Colombia Compra Eficiente a través de la cual la DGSM contrata dichos servicios con asignación presupuestal por $17.161,57 (valores en millones $);

  9. Emitir los lineamientos para la Gestión del Riesgo en Salud, la principal función de la DGSM - Salud, consiste en emitir los lineamientos que se convierte en la ruta a seguir en Salud para aseguradores y prestadores en todos los ámbitos...

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