Acuerdo número 09 de 2016, por el cual se adopta la reforma a los estatutos internos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. CIAC S.A. - 28 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 770124961

Acuerdo número 09 de 2016, por el cual se adopta la reforma a los estatutos internos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. CIAC S.A.

EmisorSociedades De Economia Mixta - Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A.
Número de Boletín50881

La Junta Directiva de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A., en uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren el artículo 90 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 20 del Acuerdo 06 de 2001 y

CONSIDERANDO:

Que la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. CIAC S.A., es una Entidad Descentralizada del orden nacional, como Sociedad de Economía Mixta, bajo el régimen de Empresa Industrial y Comercial del Estado, de conformidad con lo reglado al respecto en la Ley 489 de 1998 y el Decreto 2352 de 1971 que la reorganiza.

Que el artículo 68 de la Ley 489 de 1998, prevé que "Las entidades descentralizadas se sujetan a las reglas señaladas en la Constitución Política, en la presente Ley, en las leyes que las creen y determinen su estructura orgánica y a sus estatutos internos (...)".

Que los estatutos internos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. - CIAC S.A., de conformidad con el literal h), artículo 13, facultan a la Asamblea General de Accionistas para aprobar los estatutos internos de la CIAC S.A. y sus reformas.

Que la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. - CIAC S.A., en reunión de Asamblea General de Accionistas 78 de 29 de marzo de 2016 y en uso de las facultades legales previstas en sus Estatutos Sociales y el Decreto 2352 de 1971, aprobó unánimemente la modificación a los estatutos internos en su totalidad, con el fin de actualizar la normatividad que le es aplicable a la Entidad, aclarar y precisar términos y en general, para fortalecer su operación y marco regulatorio.

Que la Ley 489 de 1998, artículo 90, literal b) establece: Funciones de las juntas directivas de las empresas industriales y comerciales del estado: corresponde a las juntas directivas de las empresas industriales y comerciales del estado: b) Proponer al Gobierno nacional las modificaciones a la estructura orgánica que consideren pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca.

Que los estatutos internos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. - CIAC S. A., en su artículo 20, numeral 5 señalan que hace parte de las funciones de la Junta Directiva: "Proponer al Gobierno nacional las modificaciones a la estructura y planta interna de la entidad y adoptar los estatutos y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creación o reestructuración".

Que el artículo 22 de los Estatutos Sociales de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. - CIAC S. A., establece que las decisiones de la Junta Directiva se adoptarán por medio de acuerdos, que llevarán la firma del Presidente y Secretario de la misma.

Que la Junta Directiva en reunión ordinaria 529 de fecha dos (2) de junio de 2016 adoptó la modificación de los Estatutos Sociales aprobados por la Asamblea de Accionistas en reunión 78, mediante Acuerdo 04 de 2 de junio de 2016.

Que el día 14 de julio de 2016, la Asamblea de Accionistas en reunión extraordinaria 79, sometió a aprobación, la modificación del artículo 36 de los Estatutos Internos de la CIAC S. A., teniendo como fundamento que por error involuntario se aumentó el capital en una cifra menor a la aprobada por el Conpes.

Que en dicha Asamblea de Accionistas, sus miembros aprobaron unánimemente dicha modificación e instruyeron a la Junta Directiva para compilar la totalidad de la reforma de estatutos sociales adoptada mediante Acuerdo número 04 del 2 de junio de 2016, incluyendo la modificación del artículo 36 en un solo Acuerdo, para su proposición ante Gobierno nacional.

Que en reunión ordinaria de Junta Directiva número 530 de 4 de agosto de 2016, sus miembros decidieron unánimemente la adopción de la modificación del artículo 36 de los Estatutos Sociales y siguiendo instrucciones de la Asamblea de Accionistas aprobaron su compilación en un nuevo Acuerdo que integraría los Estatutos Sociales adoptados en la Junta Directiva 529 mediante Acuerdo número 04 de 2 de junio de 2016 (Asamblea de Accionistas 78) y la modificación del artículo 36 (Asamblea de Accionistas 79).

En consecuencia, la Junta Directiva,

ACUERDA:

Artículo 1º Adoptar los Estatutos Sociales aprobados por la Asamblea General de Accionistas que en adelante quedará como sigue:

ESTATUTOS SOCIALES DE LA CORPORACIÓN DE LA INDUSTRIA AERONÁUTICA COLOMBIANA S.A. - CIAC S.A.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

DENOMINACIÓN, NATURALEZA JURÍDICA, DOMICILIO, JURISDICCIÓN, DURACIÓN, OBJETIVO Y FUNCIONES

Artículo 1º Denominación.

La sociedad para todos los efectos legales se denominará Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. y utilizará la sigla CIAC S.A.

Artículo 2º Naturaleza Jurídica:

La Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. "CIAC S.A.", fue creada por el Decreto Legislativo 1064 de 1956 y reorganizada por el Decreto Ley 2352 de 1971, es una sociedad de economía mixta, del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio independiente, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional mediante Decreto 694 de 1966, sociedad anónima por acciones.

Parágrafo Único. La CIAC S.A., estará sometida al régimen previsto para las empresas industriales y comerciales del Estado, mientras esta posea el 90% o más de su capital social de propiedad del Estado, y estará sometida a las regulaciones previstas en el Código de Comercio en lo relativo a su naturaleza societaria, su decreto de creación y reorganización y los presentes estatutos, siempre que estos no contraríen normas particulares y superiores aplicables a su naturaleza jurídica.

Artículo 3º Domicilio y jurisdicción.

La CIAC S.A. tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá, D. C. y podrá establecer dependencias operativas y administrativas en el territorio nacional y en el exterior, con el lleno de los requisitos legales, si a estos hubiere lugar.

Artículo 4º Duración.

El término de duración de la CIAC S.A., es el comprendido entre la fecha de su constitución y el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil cincuenta y seis (2056).

Artículo 5º Objeto.

Constituye el objeto principal de la CIAC S.A., organizar, construir y explotar centros de reparación, mantenimiento, fabricación, ensamblaje de aeronaves y sus componentes, entrenamiento aeronáutico, importación, comercialización y distribución de repuestos, piezas, equipos y demás elementos necesarios para la prestación

de servicios aeronáuticos, la prestación de servicios de infraestructura aeronáutica, logística aeronáutica, generación e implementación de proyectos y/o programas de investigación e innovación y desarrollo aeroespacial, transferencia de tecnología y/o conocimientos, y en general la prestación de servicios aeroespaciales.

Artículo 6º Funciones.

En desarrollo de su objeto social, la CIAC S.A. podrá:

  1. Realizar las siguientes actividades dentro de una o varias zonas francas, conforme a las disposiciones que las autorizan:

    1. El montaje, administración y explotación de centros o talleres de reparación y mantenimiento, entrenamiento aeronáutico y prestación de toda clase de servicios para aeronaves nacionales y extranjeras.

    2. Fabricación, ensamblaje y compraventa, agencia y distribución de aeronaves y partes, repuestos, piezas sueltas y accesorios para las mismas.

    3. Servir de agente o recibir de despachadores extranjeros o importadores nacionales, equipos, aeronáuticos, partes, repuestos, herramientas y piezas sueltas para reparación, mantenimiento, ensamblaje, fabricación y servicios de aeronaves y equipos aeroportuarios, mercancías recibidas para depósito, importación o exportación.

  2. Celebrar toda clase de actos, contratos, acuerdos o convenios con empresas y entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, con o sin ánimo de lucro, para la prestación de servicios de reparación, mantenimiento, fabricación, ensamblaje de aeronaves y sus componentes, entrenamiento aeronáutico y en general para el desarrollo de su objeto social principal.

  3. Adquirir y/o vender, comercializar o licenciar patentes, procedimientos de fabricación, dibujos industriales y toda clase de derechos de propiedad intelectual y conocimiento aún diferentes a la industria aeroespacial, en los que tengan aplicación los conocimientos y capacidades adquiridas por CIAC S.A., incluyendo la transferencia de resultados de investigaciones, programas o proyectos y asesorías en general, en esta materia.

  4. Adquirir bienes muebles e inmuebles, dar en prenda los primeros e hipotecar y gravar en cualquier forma los segundos, así como enajenar unos u otros cuando lo estime conveniente; adquirir patentes, marcas, procedimientos de fabricación, dibujos industriales, rótulos y toda clase de derechos de propiedad industrial, usar y explotar los de otras personas a cambio de regalías, participación en ventas o en utilidades líquidas o de otros bienes o derechos, y enajenar los propios cuando convenga a sus intereses.

  5. Tomar o dar en arrendamiento y en administración bienes muebles o inmuebles y hacer instalaciones y montajes de talleres, depósitos y almacenes en estos últimos o en los que adquiera a cualquier título. Recibir en consignación toda clase de repuestos y accesorios, y en general comerciar con ellos.

  6. Celebrar toda clase de operaciones de crédito y recibir dineros en mutuo, con garantías reales o personales o sin ellas; celebrar el contrato de cambio en todas sus manifestaciones, como girar, descontar, etc., toda clase de títulos valores de orden crediticio como letras, pagarés, etc.

  7. Celebrar todo tipo de actos, contratos o convenios con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas...

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