Acuerdo número 35 de 2018, por medio del cual se autoriza al Director General para realizar las gestiones tendientes a adquirir un inmueble, se realizan las modificaciones al presupuesto de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018 - 6 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 748889193

Acuerdo número 35 de 2018, por medio del cual se autoriza al Director General para realizar las gestiones tendientes a adquirir un inmueble, se realizan las modificaciones al presupuesto de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín50799

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, (CAR) en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente de las contenidas en los artículos 26 y 27 de la Ley 99 de 1993 y del artículo 22 de los Estatutos de la Entidad adoptados por medio de la Resolución 703 de 2003 expedida por el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Sostenible, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo de la Corporación, a través del artículo primero del Acuerdo número 35 del 21 de noviembre de 2017, agrego un parágrafo transitorio al Estatuto Presupuestal de la Corporación, el cual a la letra dice: "Parágrafo Transitorio. El Director General de la Corporación podrá autorizar la constitución de vigencias futuras con cargo al presupuesto de Gastos de Funcionamiento, que excedan el periodo de su administración y por las sumas a que haya lugar, para lo que atañe a la asunción del compromiso de arrendamiento del bien inmueble en donde funcionarán las oficinas de la sede central de la Corporación, mientras se construye la nueva edificación que formará parte del denominado nodo ambiental calle 26 de la ciudad de Bogotá".

Que, tal como se expuso al Consejo Directivo por parte de la Dirección General en la justificación que sirvió de sustento para la aprobación del mencionado Acuerdo número 35 del 21 de noviembre de 2017, y ante la necesidad inminente del traslado de la sede central, se hizo indispensable el arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de la sede central de la Entidad, en la ciudad de Bogotá, mientras se desarrolla la construcción de la nueva sede en el predio de su propiedad ubicado en la Carrera 7 No. 36 - 45 de Bogotá.

Que en seguimiento de las recomendaciones consignadas en los diferentes estudios de vulnerabilidad realizados al edificio donde se encuentra ubicada la sede central de la CAR, Carrera 7 No. 36 - 45, sobre la evacuación inminente del mismo, y considerando los diferentes hallazgos en materia de salud ocupacional, se adelantaron gestiones para

determinar el lugar de traslado de la sede con las condiciones más favorables, para lo cual se consideraron aspectos relevantes como:

  1. Cumplimiento de los lineamientos y normas para inmuebles destinados a servicios de entidades públicas tanto para sus funcionarios como para los ciudadanos.

  2. Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

  3. Vías de acceso.

  4. Costo de traslado de redes eléctricas.

  5. Costo de traslado de inmuebles.

  6. Facilidad de movilidad para funcionarios y usuarios.

    Que las referidas gestiones administrativas, conllevaron a la firma de contrato de arrendamiento de los pisos 6º y 7º de la "Urbanización Ciudad Salitre Gran Estación II Centro Comercial P.H.", donde actualmente funciona la sede central de la Corporación, suscrito por un término inicial de 35 meses y 19 días, contados a partir de la firma del contrato lo cual ocurrió el 12 de diciembre de 2017.

    Que la edificación actual ofrece los puestos de trabajo requeridos con su respectiva conectividad, cumple la norma de sismorresistencia NSR-10, cuenta con cableado estructurado certificado tipo 6, salas de juntas amplias y confortables, espacios para la atención al usuario, áreas de archivo con el cumplimiento de la norma en la materia, salas de espera, aire acondicionado, dotación comunal (circulaciones interiores, baterías de baños, ascensores panorámicos, montacargas, sistema de extracción de humos, red de gabinetes de incendio, subestación eléctrica, tanques de reserva de agua, sistema de bombeo, sistema de ventilación y extracción mecánica), sistema de telefonía VOZIP, cumple con las normas y exigencias correspondientes a la seguridad humana, emergencias y evacuación, 140 parqueaderos, etc.

    Que el proyecto de demolición y construcción de la nueva sede previsto inicialmente para ejecutarse en tres años ha sufrido modificaciones en su cronograma debido a las siguientes circunstancias:

  7. Al momento de concebirse la idea inicial de construcción de la nueva sede, se hizo a partir de las limitaciones dadas por la norma urbana que regulaba al inmueble, lo que avizoraba un uso de alturas no superior a 12 pisos, tal como lo indicaba la licencia de construcción...

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