Acuerdo número 45 de 2021, por la cual se autoriza al representante legal a asumir compromisos que afecten presupuestos de vigencias futuras para la contratación del representante legal de tenedores de bonos en el marco de la emisión de Bonos Ordinarios Sociales de 2021
Emisor | Entidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior |
Número de Boletín | 51791 |
La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial, las conferidas por la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, el numeral 21 del artículo 9º del Decreto Reglamentario 1050 del 6 de abril de 2006 y el artículo 22 del Acuerdo número 029 del 2019,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005 modificó la naturaleza jurídica del Icetex al transformarlo de un Establecimiento Público a una Entidad Financiera de Naturaleza Especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.
Que, el numeral 15 del artículo 9º del Decreto Reglamentario 1050 de 2006, señala como funciones de la Junta Directiva la de "aprobar y modificar el Estatuto de Presupuesto del Icetex, como entidad financiera de naturaleza especial".
Que, la Junta Directiva mediante Acuerdo número 029 de 2019 aprobó el Estatuto de Presupuesto de Icetex, de acuerdo con las facultades establecidas por el Decreto
Reglamentario 1050 de 2006.
Que, el artículo 22 del citado Acuerdo señala que "Cuando se requiera asumir compromisos que cubran vigencias fiscales, se deberá obtener previamente la autorización de vigencias futuras por parte de la Junta Directiva. Para su autorización se deberá presentar la respectiva justificación técnico-económica del área solicitante y el certificado de disponibilidad presupuestal de los recursos que se van a comprometer durante la vigencia en curso".
Que, el citado artículo establece dos condiciones para que la Junta Directiva emita la autorización que se requiere para asumir compromisos que cubran varias vigencias fiscales: i) Presentar la respectiva justificación técnico-económica del área solicitante y, ii) Presentar el certificado de disponibilidad presupuestal de los recursos que se van a comprometer durante la vigencia en curso. Para el caso particular, se cuenta con el CDP EF 815 del 24 de agosto de 2021 que apalanca la vigencia futura; en ese sentido, se presenta la respectiva justificación técnico-económica del área solicitante y el certificado...
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