Acuerdo número 498 de 2019, por el cual se expide el formulario de declaración, liquidación, pago y giro de los derechos de explotación y gastos de administración del juego de apuestas permanentes o chance - 7 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 825962749

Acuerdo número 498 de 2019, por el cual se expide el formulario de declaración, liquidación, pago y giro de los derechos de explotación y gastos de administración del juego de apuestas permanentes o chance

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar
Número de Boletín51130

El Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 1 de artículo 47 de la Ley 643 de 2001, modificado por el Decreto ley 4144 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Ley 643 de 2001, define el monopolio rentístico de juegos de suerte y azar como la facultad exclusiva del Estado para explotar, organizar, administrar, operar, controlar, fiscalizar, regular y vigilar todas las modalidades de juegos de suerte y azar, y para establecer las condiciones en las cuales los particulares pueden operarlo.

Que el artículo 7º de la Ley 643 de 2001, define la operación mediante terceros como aquella que realizan personas jurídicas, en virtud de autorización, mediante contratos de concesión o contratación en términos de la Ley 80 de 1993, celebrados con las entidades territoriales, las empresas industriales y comerciales del Estado, de las entidades territoriales o con las sociedades de capital público autorizadas para la explotación del monopolio.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 8º de la Ley 643 de 2001, cuando los juegos de suerte y azar se operen por intermedio de terceros, la dependencia o entidad autorizada para la administración del respectivo juego del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, percibirá a título de derechos de explotación, un porcentaje de los ingresos brutos de cada juego.

Que el artículo 9º de la Ley 643 de 2001, señala que cuando el juego se opere a través de terceros, estos reconocerán a la entidad administradora del monopolio, como gastos de administración, un porcentaje no superior al uno por ciento (1%) de los derechos de explotación.

Que según lo dispuesto por el artículo 22 de la Ley 643 de 2001, el juego de apuestas permanentes o chance, solo se podrá operar a través de terceros seleccionados mediante licitación pública, y por un plazo de cinco (5) años.

Que el artículo 23 de la Ley 643 de 2001, determina que los concesionarios del juego de apuestas permanentes o chance pagarán mensualmente a la entidad concedente a título de derecho de explotación, el doce por ciento (12%) de sus ingresos brutos.

Que el artículo 2.6.4.2.2.1.11 del Decreto 780 de 2016, incorporado por el Decreto 2265 de 2017 y modificado por el artículo 3º del Decreto 1355 de 2018, establece la forma para la liquidación, declaración, pago y giro de los derechos de explotación y gastos de administración de los recursos provenientes del juego de apuestas permanentes o chance.

Que el CNJSA, de conformidad con la competencia expresa de regulación o reglamentación de los juegos de competencia de las entidades territoriales, otorgada por el artículo 47 de la Ley 643 de 2001, en concordancia con el artículo 60 de la misma ley, en sesión 105 efectuada el 7 de noviembre de 2018 aprobó la expedición del nuevo formulario de declaración y liquidación de derechos de explotación, gastos de administración del juego de apuestas permanentes o chance.

Que mediante radicado 20182401183101 del 14 de noviembre de 2018, se le comunicó a la Superintendencia Nacional de Salud (SNS), el inicio del trámite para la expedición del formulario y que para este efecto se tendría en cuenta la socialización del proyecto de formulario llevada a cabo con la SNS mediante los radicados número 20182401079641 del 29 de octubre de 2018 y 20182401108711 de 6 de noviembre del mismo año, así como las observaciones presentadas por dicha entidad mediante oficio 2-2018-081230 radicado con el número 20182300379872 del 5 de octubre de 2018, así como lo tratado en la mesa de trabajo efectuada entre la Secretaría Técnica y la SNS el 17 de octubre del mismo año.

Que el 21 de diciembre de 2018, mediante radicados 20182401271531 y 20182401271521 se remitió a la SNS y a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), el proyecto de formulario junto con el instructivo para su diligenciamiento, para que dichas entidades presentaran observaciones.

Que 26 de diciembre de 2018, el proyecto de formulario junto con el instructivo para su diligenciamiento fue publicado en la página web del CNJSA, para...

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