ACUERDO 0008 RD 3533 - 5 de Mayo de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447996614

ACUERDO 0008 RD 3533

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3533 5 MAYO 2006
EmisorHospital Occidente de Kennedy Iii Nivel
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3533 • pP. 1-3 • 2006 • MAYO 5 3
AUXILIAR AREA SALUD 412 05 716.799 7.40 769.843
AUXILIAR AREA SALUD 412 17 937.728 6.90 1.002.432
AUXILIAR AREA SALUD 412 06 718.182 7.40 771.328
AUXILIAR AREA SALUD 412 18 947.200 6.90 1.012.557
SECRETARIO EJECUTIVO 425 19 1.100.984 6.90 1.176.952
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 13 831.686 6.90 889.073
SECREATRIO 440 13 831.686 6.90 889.073
SECRETARIO 440 10 761.654 6.90 814.209
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 11 773.095 6.90 826.439
SECRETARIO 440 16 920.245 6.90 983.742
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 21 1.132.892 6.90 1.211.062
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 09 761.266 6.90 813.794
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 08 737.264 6.90 788.136
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 04 713.590 7.40 766.396
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 16 920.245 6.90 983.742
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 14 858.639 6.90 917.886
CONDUCTOR 480 09 761.268 6.90 813.796
Si al aplicar los porcentajes de que tratan los artículos
procedentes, resultaren centavos, se aproximarán al
peso siguiente
ARTICULO 2- A los empleados públicos de la Empre-
sa Social del Estado HOSPITAL OCCIDENTE DE
KENNEDY III Nivel a quienes se les aplica el presente
Acuerdo, se les reconocerá y pagará el auxilio de trans-
porte y el subsidio de alimentación en los términos que
se decretó para los empleados públicos de la rama
ejecutiva del orden nacional mediante Decretos 4726
de 2005 y 372 de 2006 respectivamente.
No se tiene derecho a este tipo de auxilio y subsidio
cuando el empleado disfrute de vacaciones, se encuen-
tre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio de
sus funciones o cuando la entidad suministre directa-
mente el servicio.
ARTICULO 3- El presente Acuerdo rige a partir de su
expedición y surte efectos fiscales a partir del 1° de
enero de 2006.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los veinte (20) días del
mes de abril de dos mil seis (2006).
JORGE CASTAÑEDA MONROY
Presidente Junta Directiva
Acuerdo Número 0008
(Abril 20 de 2006)
Mediante el cual se adiciona, el Título XV «Meca-
nismos de Prevención del Acoso Laboral y
Procedimiento Interno de Solución» al Reglamen-
to Interno de Trabajo de la Empresa Social del
Estado Hospital Occidente de Kennedy III Nivel.
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL
DEL ESTADO HOSPITAL OCCIDENTE DE
KENNEDY III NIVEL,
En uso de sus facultades legales y estatutarias y
actuando de conformidad al artículo 9 de la Ley
1010 del 23 de enero de 2006, y demás normas
concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el Concejo de Santa Fe de Bogota, D.C., transfor-
mo al Hospital Occidente de Kennedy en Empresa
Social del Estado mediante Acuerdo 17 del 10 de di-
ciembre de 1997.
Que mediante Acuerdo 089 del 14 de julio de 1998 de
la Junta Directiva, fueron aprobados los Estatutos de
la Empresa Social del Estado Hospital Occidente de
Kennedy III Nivel.
Que mediante Acuerdo 092 del 14 de julio de 1998 de
la Junta Directiva, se adopto el Reglamento Interno de
Trabajo del Hospital Occidente de Kennedy III nivel
Empresa Social del Estado.
Que el Gobierno Nacional expidió la Ley 1010 de enero
23 de 2006, por medio de la cual se adoptan medidas
para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y
otros hostigamientos en el marco de las relaciones de
trabajo.

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