ACUERDO 244 RD 3627 - 5 de Octubre de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447996974

ACUERDO 244 RD 3627

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3627 5 OCTUBRE 2006
EmisorConcejo de Bogota D.c.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3627 • pP. 1-3 • 2006 • OCTUbre 5 3
Acuerdo Número 243
(Septiembre 26 de 2006)
"Por medio del cual se crean en las instituciones
educativas los espacios para concretar en iniciati-
vas innovadoras y proyectos, la convivencia, el
afecto, el amor y el buen trato a las niñas
y los niños"
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,
En uso de sus atribuciones legales y constitucio-
nales, especialmente las que le confiere
el Decreto-Ley 1421 de 1993, en su articulo 12,
numeral 1,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Créense en las instituciones
educativas los espacios para concretar en iniciativas
innovadoras y proyectos, la convivencia, el afecto, el
amor y el buen trato a las niñas y los niños.
PARÁGRAFO: Las instituciones educativas elabora-
rán, en el marco del Plan Sectorial de Educación y de
sus Proyectos Educativos Institucionales, con la ase-
soría de los equipos pedagógicos de la localidad y de
la SED, los lineamientos, estrategias, metodologías y
rutas de acción para hacer efectivo y eficaz en la tarea
cotidiana, la implementación de las iniciativas
innovadoras y proyectos con este propósito.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Las instituciones educativas
deberán vincularse a las redes y espacios comunita-
rios que existen hoy en la ciudad con la participación
de padres, madres o tutores.
ARTÍCULO TERCERO.- Las instituciones educativas
deberán acatar y promover el respeto incondicional a
las normas nacionales e internacionales en relación
con los derechos de la infancia y el interés superior del
niño, consagrado en la Ley 12 de 1991.
ARTÍCULO CUARTO.- Anualmente la Veeduría y la
Personería Distritales, presentarán al Concejo de la
Ciudad un informe que contenga los resultados con-
cretos del impacto en la vida de los niños y niñas,
producido por las iniciativas innovadoras y proyectos
de que trata este Acuerdo.
ARTÍCULO QUINTO.- El presente Acuerdo rige a par-
tir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días
del mes de septiembre de dos mil seis (2006).
ANTONIO GALÁN SARMIENTO
Presidente
ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO
Secretaria General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.
26 de septiembre de 2006
(Septiembre 26 de 2006)
"Por medio del cual se establecen y desarrollan
los principios y valores éticos para el ejercicio de
la función pública en el Distrito Capital"
EL CONCEJO DE BOGOTA D. C.
En uso de las facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas en los numera-
les 1 y 10 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de
1993 y
CONSIDERANDO:
Que la función administrativa está al servicio de los
intereses generales y se desarrolla con fundamento en
los principios de igualdad, moralidad, eficacia, econo-
mía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la
descentralización, la delegación, la desconcentración
de funciones y el adecuado cumplimiento de los fines
del Estado, todo ello inscrito en una actitud de servicio
a la comunidad por parte de los funcionarios, que
propendan por lograr la excelencia en la gestión.
Que el compromiso con el bien común implica que, el
servidor público esté consciente de que el servicio
público es un patrimonio que pertenece a todos y que
representa una misión que sólo adquiere legitimidad
cuando busca satisfacer las demandas sociales y no
cuando se persiguen beneficios individuales.
Que una de las finalidades de la Ley 970 de 2005 "Por
medio de la cual se aprueba la Convención de las
Naciones Unidas contra la Corrupción, adoptada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas, en Nueva
York, el 31 de octubre de 2003", es la de "Promover y
fortalecer las medidas para prevenir y combatir más
eficaz y eficientemente la corrupción, para lo cual, cada
Estado Parte procurará aplicar, en sus propios
ordenamientos institucionales y jurídicos, códigos o

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