Afectación al principio de selección objetiva a través de la celebración de convenios o contratos interadministrativos - Núm. 24, Julio 2020 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 851260340

Afectación al principio de selección objetiva a través de la celebración de convenios o contratos interadministrativos

AutorAndrés Mauricio Quiceno Arenas
CargoMagíster en Derecho con énfasis en Derecho Administrativo de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia. Abogado consultor en contratación estatal y responsabilidad de los servidores públicos
Páginas103-126
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 24, SEGUNDO SEM EST RE/ 2020, PP. 103-126
Afectación al principio
de selección objetiva a
través de la celebración
de convenios o contratos
interadministrativos
ANDR ÉS MAU RI CIO QUI CE NO ARE NA S1
RESUMEN
Los convenios y contratos interadministrativos son una de las causales para
la selección directa del contratista en el régimen de contratación pública en
Colombia. Se trata de verdaderos contratos de colaboración, en los que existe
unión de esfuerzos entre entidad contratante y contratista, para la consecución
de finalidades públicas. Por el uso indebido de la institución, así como la elu-
sión de procedimientos de selección, la misma resulta cuestionada, al punto
de pensarse en su eliminación del ordenamiento contractual colombiano. El
presente trabajo aborda la conceptualización y los rasgos diferenciadores de
ambas instituciones, así como la problemática específica presentada, y propone
algunas soluciones comunicativas y legislativas que redunde en el beneficio
de la tipología contractual.
1 Magíster en Derecho con énfasis en Derecho Administrativo de la Universidad Externado de
Colombia, Bogotá, Colombia. Abogado consultor en contratación estatal y responsabilidad
de los servidores públicos. Asesor jurídico externo de la Universidad del Quindío y de las
Empresas Públicas del Quindío en materia de contratación estatal, Armenia, Colombia.
Correo-e: andres.quiceno@aqconsultorias.com. Enlace ORCID: https://orcid.org/0000-
0003-4057-6242. Fecha de recepción: 2 de marzo de 2020. Fecha de modificación: 30 de
marzo de 2020. Fecha de aceptación: 2 de mayo de 2020. Para citar el artículo: QUICENO
ARENAS, ANDRÉS MAURICIO, “Afectación del principio de selección objetiva a través de la
celebración de convenios o contratos interadministrativos”, Revista digital de Derecho Admi-
nistrativo, Universidad Externado de Colombia, n.º 24, 2020, pp. 103-126. DOI: https://doi.
org/10.18601/21452946.n24.05.
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REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 24, SEGUNDO SEM EST RE/ 2020, PP. 103-126
Andrés Mauricio Quiceno Arenas
Palabras clave: contrato administrativo, cooperación administrativa, lici-
tación pública, arbitrariedad, abuso de poder, procedimientos de selección
competitivos.
Breach of the Objective Selection
Principle Through the Celebration of
Inter-Administrative Agreements or Contracts
ABSTRACT
Inter-administrative agreements and contracts are some of the exceptions to
competitive bidding or selection procedures in public procurement in Colombia.
These are true collaboration contracts, justified by the union of efforts of the
contracting entity and the contractor, for the achievement of public purposes.
Because of an improper use of these contracts and agreements, as well as the
avoidance of competitive selection procedures, these types of procurements
are questioned. The present work addresses the concept and distinctive fea-
tures of these institutions, the specific problem of dodging competitive bids,
and suggests some communicative and legislative solutions that result in the
benefit of the contractual typology.
Keywords: Public Procurement, Administrative Cooperation, Public Tender,
Arbitrariness, Abuse of Power, Competitive Bidding Procedures.
INTRODUCCIÓN
Algunos de los problemas jurídicos que sufren los funcionarios y servidores
públicos ocurren como consecuencia de la indebida aplicación o interpretación
de las normas de contratación estatal. Es una problemática constante que se
inicien investigaciones disciplinarias o que se imputen cargos por conductas
relacionadas con la celebración indebida de contratos. Es más, se ha recurri-
do a la estrategia de lucha contra la corrupción en estos casos, aludiendo a
que la celebración de contratos es, usualmente, el mecanismo que se utiliza
para la obtención indebida de recursos del erario y para su apropiación por
ordenadores de gasto y particulares.
Lo pretérito es producto de un ordenamiento jurídico contractual forma-
lista, que pretende, a través de ritualidades y procedimientos rigurosamente
regulados, garantizar los principios de la función pública, de la gestión fiscal,
de la actuación administrativa y de la contratación estatal2. Se presume por
el legislador y el ejecutivo, a través de los reglamentos, que la expedición de
2 Artículo 23 de la Ley 80 de 1993.

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