Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 08-11-2016. (Alcance al concepto jurídico sobre la edificabilidad en los dotacionales de educación.) - Normativa - VLEX 785133957

Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 08-11-2016. (Alcance al concepto jurídico sobre la edificabilidad en los dotacionales de educación.)

Fecha de publicación08 Noviembre 2016
MateriaJurídica: Análisis y Conceptos Jurídicos
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN
Folios:3Anexos:No
No. Radicación:3-2016-20349No. Radicado Inicial:3-2016-18875
No. Proceso:1138159Fecha:2016-11-08 22:41
Tercero:SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora:XDirección de Análisis y Conceptos Jurídicos
Clase Doc:InternoTipo Doc:MemorandosConsec:
Este documento es una versión impresa del original que fue gener ado digitalmente
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999
MEMORANDO
Fecha: 08 de noviembre de 2016
Para: BERNARDO PARRADO TORRES
Director de Planes Maestros y Complementarios
De: MIGUEL HENAO HENAO
Director de Análisis y Conceptos Jurídicos
Radicado: 3-2016-18875.
Asunto: Solicitud de alcance al concepto jurídico con radicado n.º 3-2016-13790.
Apreciado Bernardo:
Esta Dirección recibió el memorando relacionado en el radicado, mediante el cual se
transcriben algunos apartes del concepto jurídico emitido bajo el radicado n.º 3-2016-
15487 del 22 de agosto de 2016 y solicita:
«(…) nos precise el mencionado concepto en lo
relacionado con el el(sic) Plan Maestro de Equipamientos Educativos – Decreto Distrital 449 de
2006, que en sus anexos No. 2 y 3, contiene especificaciones sobre la norma de edificabilidad
aplicable a los equipamientos educativos, en particular la tabla de Indicadores Básicos, del apartado
de Indicadores Generales y Específicos del Equipamiento Educativo, dentro del Anexo No. 3 Guía
de Parámetros y Estándares Urbanísticos y Arquitectónicos para la Formulación e Implementación
del Sistema Urbano Educativo en Bogotá D.C(…)»
.
Igualmente reproduce el artículo 5º del Decreto Distrital 090 de 2013
«Por el cual se adoptan
normas urbanísticas para la armonización de las Unidades de Planeamiento Zonal –UPZ- con los
Planes Maestros de Equipamientos y se dictan otras disposiciones»
, sobre la edificabilidad de los
usos dotacionales y señala que:
«(…) teniendo en cuenta lo dispuesto en las normas anteriores y
lo señalado por el Plan de Desarrollo Acuerdo 645 de 2016, en que marco normativo se define la
edificabilidad para los equipamientos educativos y en especial para los colegios, así como para la
educación no formal y los equipamientos educativos de escala metropolitana que adelanten plan
complementario ya sea plan de implantación o plan de regularización y manejo.(…) Para lo anterior
considerar lo definido en el artículo 5 del Decreto 090 de 2013, es preciso solicitar alcance al
concepto emitido por su Dirección, con relación a la aplicación de lo estipulado en literal b, del
artículo 65 del Acuerdo 645 de 2016, en lo concerniente a las condiciones de edificabilidad para los
equipamientos educativos (…)»
.
Sea lo primero indicar que el objeto de laconsulta no es clara; sin embargo, con relación a
la aplicación del literal b del artículo 65 del Acuerdo 645 de 2016, se tienen que en su
solicitud inicial (3-2016-13790 del 25 de julio de 2016) fue vinculado para estudio el Anexo
II del Decreto Distrital 449 de 2006, el fue objeto de modificación mediante el Decreto
Distrital 174 de 2013, y en el presente memorando se hace alusión a las disposiciones
contenidas en el Decreto Distrital 090 de 2013 sobre la edificabilidad para los
Equipamientos Colectivos, Equipamientos Deportivos y Recreativos y Servicios Urbanos

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