Alcance del ingrediente normativo contenido en el tipo penal del artículo 218-1 del Código Penal, referido a las 'representaciones reales de actividad sexual'. Consideraciones sobre la sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 7 de febrero de 2018, ra - Núm. 90, Enero 2018 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 739862753

Alcance del ingrediente normativo contenido en el tipo penal del artículo 218-1 del Código Penal, referido a las 'representaciones reales de actividad sexual'. Consideraciones sobre la sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 7 de febrero de 2018, ra

AutorValentina Arango Gómez
CargoEstudiante de la Escuela de Derecho de la Universidad EAFIT, Medellín, Colombia. Contacto: ealeman1@eafit.edu.co
Páginas268-274
Alcance del ingrediente normativo contenido
en el tipo penal del artículo 218-1 del Código
Penal, referido a las "representaciones reales
de actividad sexual". Consideraciones sobre
la sentencia de la Corte Suprema de Justicia
del 7 de febrero de 2018, radicado 45868,
ponente José Francisco Acuña.
Scope of the normative ingredient contained in
the article 218-1 of the Criminal Code, referred
to the “real representations of sexual activity”.
Considerations on the sentence of 7 February, 2018,
by the Supreme Court of Justice (45868)
VALENTINA ARA NGO GÓMEZ1
Hechos relevantes
El señor CABM realizó una sesión fotográfica para un catálogo de venta de ropa
interior para adolescentes con EJAG, NYF y LPBG, quienes habían acordado posar en
tanga, brassiere y “cachetero”, a cambio de $160.000. En ese momento, LPBG y NYF
eran menores de edad, tenían 16 y 17 años, respectivamente. La progenitora de LPB G
había autorizado su participación, siempre y cuando estuviera acompañada por EJAG,
su prima mayor de edad. Por su parte, NY F fue en compañía de su hermana SLPG.
Una vez finalizada la sesión, LPP, prima de LPBG, encontró a SL con un “hilo”
blanco, quien le manifestó que lo había obtenido del lugar en el que se realizó la
sesión. Se dirigieron al lugar indicado, pero, al ver que CABM estaba saliendo del
recinto, decidieron avisarle a un policía que en aquel lugar se habían tomado unas
“fotos indecentes”. El policía se dirigió hacia CABM, quien le enseñó las fotos
voluntariamente; sin embargo, al ver que estas se enfocaban en zonas genitales,
glúteos y senos, y contenían poses insinuantes, decidió capturarlo por considerar
que podría tratarse de material pornográfico.
1 Estudiante de la Escuela de Derecho de la Universidad EAFIT, Medellín, Colombia. Contacto:
ealeman1@eafit.edu.co
Revista Nu evo Foro Penal Vol. 14, No. 90, en ero-junio 2018, pp. 268 -274. Universidad EA FIT, Medellín (ISSN 0120- 8179)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR