Alcance del requisito de novedad - Patentes - Prácticos vLex - VLEX 811449989

Alcance del requisito de novedad

AutorOlarteMoure

El requisito de novedad se establece a partir del significado mismo de invención, pues no lo sería si no fuera novedosa. Patentes, diseños industriales y variedades vegetales comparten este requisito, el cual les exige que la invención no esté comprendida dentro del estado de la técnica. La función de este requisito es evitar que las patentes limiten el uso de conocimientos que ya han sido adquiridos por el público.

El requisito de novedad se caracteriza por ser objetivo, irreversible y absoluto o universal. Su objetividad se evidencia en que el requisito no se evalúa de acuerdo con el conocimiento que tenga un experto medio en la materia, sino únicamente en relación con el objeto de protección según las reivindicaciones y documentos anteriores que soportan que la invención no es producto de una reproducción de lo existente en la materia, sino que es efectivamente diferente y novedoso. Se utiliza como parámetro de referencia el estado de la técnica, en tanto se debe cotejar la invención que se pretende patentar con cada uno de los documentos anteriormente existentes. Es por ello, que también es considerado como un requisito de carácter negativo, pues se cumple a falta de existencia en el estado de la técnica o del arte (Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Proceso 21-IP-2000 [j 1]).

El estado de la técnica o estado del arte, hace referencia al conjunto de conocimientos técnicos o científicos de una materia a la cual el público tiene acceso, entendiendo que se trata de personas que conocen sobre la materia de referencia de la invención y así puedan comprenderla[1], de manera que al momento de presentar la solicitud de patente, se pueda establecer qué tipo de información relacionada con la invención a patentar, ha sido divulgada al público o se ha puesto a su disposición. Se tienen en cuenta descripciones escritas, orales...

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