AMV propone ajustes en sus normas en relación con la Actividad de Asesoría - Proyectos Normativos del Autorregulador del Mercado de Valores - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 904958674

AMV propone ajustes en sus normas en relación con la Actividad de Asesoría

Fecha de Fin de Comentarios Públicos14 Enero 2022
Fecha de publicación26 Noviembre 2021
Año2021
EstatusCerrado
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Propuesta de reforma al Reglamento de AMV en relación con la
nueva regulación de la actividad de asesoría
A través de la expedición del Decreto 661 de 2018 y de la Circular Externa 019 de
2021, el Gobierno Nacional estableció las reglas que deben observar las entidades
vigiladas que realicen la actividad de asesoría en el mercado de valores. Dentro
de dichas normas, se establece que el desarrollo de dicha actividad por parte de
los intermediarios del mercado de valores queda sometida al ejercicio de la función
normativa, disciplinaria, de supervisión y de certificación de los organismos de
autorregulación.
Bajo este escenario, se identificaron las disposiciones del Reglamento de AMV y de
la Circular Única de Autorregulación en Valores que debían actualizarse, a la luz
de la nueva normatividad. Este ejercicio contó con la participación de los Comités
de Renta Fija, Renta Variable y Control Interno y Compliance de AMV.
Dentro de los ajustes propuestos, se destacan los siguientes:
a) Ámbito de la competencia de AMV
Se incluye la actividad de asesoría dentro de las normas relacionadas con el
alcance de la competencia de AMV.
b) Deberes para el desarrollo de la actividad de asesoría
Se incluyen los deberes que deben observar los intermediarios de valores cuando
ejecuten la actividad de asesoría.
Al respecto: i) se describen las modalidades en las que se puede brindar asesoría y
las normas que deben observarse en cada caso; ii) se incluyen los deberes que
deben cumplirse cuando se brindan recomendaciones profesionales a través de
herramientas tecnológicas; iii) se modifican las normas relacionadas con los
deberes que deben atender los intermediarios cuando actúan como contrapartes
de clientes inversionistas en el mercado mostrador; y iv) se actualizan las normas
sobre adopción de políticas y procedimientos, para incluir los requerimientos
exigidos para el desarrollo de la actividad de asesoría.
c) Modalidades de certificación
Se ajusta la modalidad de certificación de “Asesor financiero”, con el objetivo de
incluir a los profesionales autorizados para elaborar y suministrar recomendaciones
profesionales. Adicionalmente, se señala que los profesionales cuya labor se limite
a poner a disposición de los inversionistas las herramientas tecnológicas para el
suministro de recomendaciones profesionales, no estarán obligados a certificarse.

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