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AMV propone fortalecer Manual sobre conductas manipulativas

Fecha de Fin de Comentarios Públicos20 Septiembre 2021
Fecha de publicación30 Agosto 2021
EstatusCerrado

Manual Guía No. 26

Conductas Manipulativas y otras prácticas que afectan la integridad en los mercados de valores y divisas

XX de mes de 2021

Tabla de contenido


Introducción

El buen funcionamiento de los mercados y la confianza del público en estos, son requisitos fundamentales para el desarrollo de las economías. En este sentido, resulta prioritario contar con herramientas que contribuyan a prevenir la ocurrencia de actividades que impliquen abusos de mercado y que afecten su integridad. Conscientes de esto, el Autorregulador del Mercado de Valores (en adelante “AMV”) y sus comités de Renta Fija, Renta Variable, Divisas y Control Interno y Compliance presentan el Manual/guía “Conductas Manipulativas y otras prácticas que afectan la integridad en los mercados de valores y divisas”.

Esta nueva guía incluye nuevos esquemas manipulativos que surgen del trabajo permanente de incorporar nuevas realidades de mercado asociadas a innovaciones tecnológicas usadas en las labores de intermediación, condiciones de operación y prácticas internacionales. Adicionalmente, el trabajo junto con los Comités de Industria permite validar la relevancia de dar a conocer estos esquemas para el mercado colombiano, y que los intermediarios cuentan con información para su monitoreo. Por otra parte, esta versión del Manual/Guía unifica los dos manuales que coexistían para los mercados de divisas y valores. De esta manera, se genera una mayor eficiencia en las herramientas normativas al facilitar su consulta y uso. Asimismo, se reconoce que existen elementos en algunos esquemas manipulativos que son transversales en ambos mercados.

Al igual que en las versiones anteriores, los esquemas manipulativos descritos se acompañan de casos materializados, con el fin de facilitar la identificación de actuaciones que podrían constituir infracciones al mercado, y contribuir su prevención.

Como resultado, los objetivos del manual/guía son los siguientes:

• Describir algunos esquemas de negociación que podrían denotar la existencia de conductas manipulativas, de forma que sirvan de referencia a los órganos de control de los intermediarios en el diseño de programas de prevención e identificación de infracciones al mercado.

• Listar algunas prácticas o esquemas de negociación que podrían vulnerar la integridad del mercado e ir en detrimento de los inversionistas y su confianza en éste.

Así, este Manual/Guía representa una herramienta valiosa para conocer e identificar prácticas que pueden atentar contra la integridad del mercado, lo que contribuye a su prevención y propende por la protección y confianza de los inversionistas.

Conductas manipulativas

Expresada en términos generales, la manipulación del mercado comprende la realización de actividades intencionadas, o la divulgación de información que pretende crear impresiones falsas o engañosas sobre un activo en particular, así como la participación en conductas que distorsionan el funcionamiento del mercado y que pueden afectar la formación de precios y aumentar la volatilidad de los activos, lo cual va en detrimento de la confianza de los inversionistas y de la estabilidad financiera1.

En Colombia, en el mercado de valores, la Ley 964 de 2005, en su artículo 50, literal b), establece como infracción al mercado los actos que tienen como objetivo o efecto afectar las condiciones de un valor, los cuales son consideradas por el Reglamento de AMV como situaciones que podrían configurar manipulación de mercado2. Dichos actos son los siguientes: i) afectar la libre formación de los precios en el mercado de valores; ii) manipular la liquidez de determinado valor; iii) aparentar ofertas o demandas por valores; iv) disminuir, aumentar, estabilizar o mantener artificialmente el precio, la oferta o la demanda de determinado valor y; v) obstaculizar la libre concurrencia y la interferencia de otros en las ofertas sobre valores.

Por otro lado, por su impacto negativo para el desarrollo ordenado del mercado de divisas, el Reglamento de Autorregulación Voluntaria en Divisas de AMV (RAVD), en su artículo 59, establece el deber de los afiliados autorregulados de abstenerse de participar en actividades manipulativas, las cuales consisten en realizar, colaborar, cohonestar, autorizar, participar directa o indirectamente o coadyuvar con operaciones u otros actos relacionados, que tienen como objetivo o efecto: (a) divulgar información falsa y engañosa; (b) distorsionar el mercado o afectar la libre oferta o demanda de divisas.

Por el carácter general de los actos listados, resulta útil a los intermediarios contar con descripciones de situaciones que ejemplifiquen de mejor manera posibles conductas manipulativas, para que sirvan de guía en la identificación y prevención de las mismas.

Por lo anterior, y con el fin de fortalecer el ambiente de control de las entidades y su cultura de cumplimiento, AMV y sus comités han considerado útil establecer la siguiente lista no exhaustiva de situaciones que podrían denotar la existencia de actividades manipulativas, la cual se desarrolla a continuación3:

  1. La intervención concertada de una o varias personas para asegurar una posición dominante sobre la oferta o demanda de un instrumento financiero o una divisa, que afecte o pueda afectar directa o indirectamente la libre formación de precios, o que genere o pueda generar condiciones de negociación no equitativas.

  2. La compra o venta de instrumentos financieros o divisas, que tenga como objetivo o efecto inducir a confusión a quienes operen basándose en las cotizaciones mostradas, incluidas las cotizaciones de apertura o de cierre, o afectar la libre formación de precios.

  3. El ingreso, modificación o cancelación de posturas en un sistema de negociación, a través de cualquier método de negociación disponible (incluidos los medios electrónicos, como las estrategias de negociación algorítmica4), que afecte la libre formación de precios, manipule la liquidez, aparente ofertas o demandas ficticias y/o obstaculice la libre concurrencia y la interferencia de otros en el mercado. Tales actuaciones pueden llevar a que se presenten, entre otras, las siguientes situaciones:

    • Perturbar o ralentizar el funcionamiento de los sistemas de negociación;

    • Difundir posturas engañosas sobre el precio, o la oferta y demanda de un valor, una divisa o índice de referencia, en particular, sin limitarse a ello, para iniciar o exacerbar una tendencia.

  4. El aprovechamiento del acceso ocasional o periódico a los medios de comunicación y/o redes sociales para expresar una opinión sobre un valor, su emisor o una divisa, después de haber tomado alguna posición (compra o venta) sobre aquel, con la intención de tomar beneficio de los efectos que las opiniones expresadas tengan sobre el precio de dichos activos, sin haber revelado al público simultáneamente el conflicto de interés de una manera adecuada y efectiva.

Como se mencionó, el anterior listado, que no es taxativo, tiene como propósito describir situaciones que podrían denotar la existencia de conductas manipulativas, brindando elementos para que los intermediarios puedan fortalecer planes de identificación y prevención de las mismas5.

Esquemas de operación que podrían llevar a la materialización de conductas manipulativas en los mercados

Se han identificado esquemas de negociación que podrían indicar prácticas de manipulación del mercado. En todo caso, para confirmar su ocurrencia deben evaluarse las circunstancias particulares de los mismos6. Para ilustrar la manera en que los esquemas de negociación han sido empleados, a continuación, se describen casos sancionados por las autoridades de diversas jurisdicciones y mercados, los cuales contienen elementos que permiten entender la manera como se materializa un acto manipulativo.

Spoofing

Consiste en el ingreso de posturas falsas en los sistemas de negociación, teniendo como objeto o efecto manipular el precio justo de intercambio o engañar a los demás participantes del mercado. Se consideran falsas o engañosas las posturas que no corresponden a un interés real de comprar o vender valores o divisas en las condiciones establecidas en la postura correspondiente.

Caso de Spoofing en el mercado de valores colombiano:

La Sala de Revisión del Tribunal Disciplinario de AMV7 declaró responsables a tres operadores del mercado accionario por conductas manipulativas relacionadas con spoofing. En este caso los operadores ejecutaron una estrategia premeditada mediante la cual, actuando por cuenta de un tercero, aparentaron demandas sobre una especie de acciones para obtener un beneficio económico.

Para cumplir con su objetivo, ingresaron posturas de compra en la subasta de cierre de una determinada especie de acciones, conviniendo la forma como debían retirarlas antes de que se diera el cierre de la subasta. Es decir, las posturas no tenían la finalidad de ser calzadas, sino que tenían el propósito de enviar mensajes engañosos al mercado.

Una vez retiradas las posturas de compra, ingresaron una postura de venta, que a diferencia de las de compra, tuvo la intención de ser dejada hasta el cierre de la subasta con el fin de que fuera adjudicada. De esta manera, los operadores dieron apariencia de realidad a una mayor demanda del activo, mediante las posturas de compra que fueron eliminadas posteriormente, para dar paso a una operación de venta, tomando provecho del mensaje artificioso.

Como apoyo a la decisión adoptada por la Sala de Revisión, entre otras consideraciones citó al autor John Sanders, en el artículo “Spoofing: A Proposal for Normalizing Divergent Securities and Commodities Futures Regimes”, publicado en Wake Forest Law Review en mayo de 2016, el cual describe esta conducta en los siguientes términos:

“El Spoofing es un esquema que involucra a un operador o ’spoofer’ que ingresa posturas con la esperanza de inducir a otros a actuar en respuesta a ellas; el ‘spoofer’, posteriormente, cancela sus posturas iniciales, con el objetivo de obtener un...

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