Análisis del deber de evitar y mitigar el daño como norma primaria en Colombia
| Páginas | 151-174 |
| Fecha | 01 Julio 2025 |
| Fecha de publicación | 01 Julio 2025 |
| Autor | Manuel Oviedo-Vélez,Tomás Cuartas Orrego |
Revista de deRecho PRivado, n. º 49, julio - diciembRe de 2025, PP. 15 1 a 174
Análisis del deber de evitar
y mitigar el daño como norma
primaria en Colombia*
❱ manue l ovi edo-vélez* *
❱ tomás cuaR tas oRRego***
Resume n. Según algunos doctrinantes nacionales, el deber de evitar y mitigar
los daños carece de consagración legal en Colombia. Este artículo, en primer
lugar, explora si existe tal deber, y, en segundo lugar, analiza distintas fuentes
normativas del ordenamiento jurídico nacional que permiten afirmar su vigen-
cia –como el principio constitucional de buena fe y la disposición del artículo
2357 c. c.–, además de algunos razonam ientos jurisprudenciales. Por último, el
artículo señala la estructu ra de la norma primaria que da lugar a dicho deber en
el ordenamiento jurídic o colombiano.
PalabRas clave: evitar el daño, mitigar el daño, responsabilidad civil, culpa
de la víctima.
* Fecha de recepción: 13 de julio de 202 0. Fecha de aceptación: 28 de marzo de 2025.
Para citar el ar tículo: Oviedo-Vélez, M. y Cuartas Orrego, T., “Análisis del deber de evitar y mitigar
el daño como norma pri maria en Colombia”, Revista de Derecho Privado, Universidad Exter nado
de Colombia, n.º 49, julio-diciembre 2025, 151-174. doi: https://doi.org /10.18601/01234366.49.05.
** Universid ad eafi t, Medellín, Colombia; profesor asociado e investigador de la Es cuela de
Derecho. Universidad eaf it, Medellín, Colombia; director de la L ínea de Derecho Privado y
editor de la Colección ea fit–Tirant. Doctor en D erecho, Universidad Externado de Colombia,
Bogotá, Colombia; especialista en Resp onsabilidad Civil y Seguros, Universidad e afit, Medelllín
Colombia; Abogado y músico, Universidad eafi t, Medellín, Colombia. Contacto: movied o@
eafit.e du.co Orcid: https://orcid.org/0000-0003-4321-0211.
*** Ariza & Mar ín, Medellín, Colombia; abogado asociado. Magíste r en Derecho, Universidad
eafit, Medellí n, Colombia; abogado, Universidad eafit, Medellín, Colombia. Cont acto: tomas@
cuartas.com.co Orcid: https://orcid.org/0000-0001-9967-2808.
[152]
man u e l ov i e d o -v él e z y tom á s cu a R t a s oR R e g o
Revista de deRecho PRivado, n. º 49, julio - diciembRe de 2025, PP. 15 1 a 174
Duty To Prevent and Mitigate Damages within Colombian Private Law
abstRact. According to some national scholars, the duty to prevent or mitigate
damages lacks legal recognition in Colombia. This article first explores whether
such a duty exists and then analyses various normative sources within the nat ional
legal system that support its validity–such as the constitutional principle of good
faith and the provision in Article 2357 of the Civil Code–as well as certai n judi-
cial reasoning. Finally, the article outlines the structur e of the primary norm that
establishes the validity of this duty within the Colombian legal system.
KeywoRds: Da mages prevention, damages mitigation, law of torts, negligence
of the victim.
sumaR io: Introducción. i. Tipología de la institución: obligación, carga o deber. ii.
El deber de evitar y mitigar el daño en Colombia. iii. La norma con estr uctura de
regla que da lugar al deber de evitar y mitigar el daño. Conclusiones. Referencias.
Introducción
El deber de evitar y mitigar el daño implica que quien pueda sufrir o haya sufrido
un daño adopte medidas razonables dirigidas ta nto a evitar la concreción de los
posibles perjuicios como a contener la extensión de los existentes. Si la víctima no
cumple tal deber, el deudor o responsable podrá pretender que el juez excluya de
la indemnización los daños que pudieron ser evitados con un actuar razonable y
diligente. En Colombia este deber carece de consagración legal según la doctrina y
no existe un fallo de la Corte Suprema de Justicia determinante o concluyente que
ayude a depurar el concepto o a delimitar su alcance. Sin embargo, su aplicación
resulta imprescindible, pues evita que la víctima o el acreedor puedan pretender
la indemnización de los perjuicios que tuvieron origen en su propia negligencia.
En este estudio se formula la tesis de que sí existen normas que contemplan
tal deber: por un lado, este se deriva del principio constitucional de buena fe,
indispensable para el correcto desenvolvimiento de las relaciones jurídicas en
los distintos ámbitos de la responsabilidad civil; por otro lado, existen normas
de las cuales se puede derivar su consagración positiva, en particular el artículo
2357 c. c. que dispone que “[l]a apreciación del daño está sujeta a reducción, si el
que lo ha sufrido se expuso a él imprudentemente”. Este artículo puede servir al
intérprete como base para derivar el deber y descartar el pago de perjuicios que
tuvieron como causa la conducta pasiva de la víctima.
Ahora bien, dentro de los argumentos en contra de considerar que existe tal
deber se señala el principio de reparación integral, que se ha erigido como uno de
los pilares fundamentales de la responsabilidad civil en Colombia. Este principio,
que propende por que se pague a la víctima la totalidad del daño sufrido, entra en
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