Un análisis a los desafíos normativos entre el régimen de inversión extranjera y los derechos humanos, una mirada a América Latina: ¿estamos frente a una posible fragmentación del Derecho Internacional? - Sección 2. Derecho Internacional Económico y de la Inversión Extranjera - Derecho internacional público, derecho internacional de la inversión extranjera. Reflexiones y diálogos - Libros y Revistas - VLEX 829680241

Un análisis a los desafíos normativos entre el régimen de inversión extranjera y los derechos humanos, una mirada a América Latina: ¿estamos frente a una posible fragmentación del Derecho Internacional?

AutorPaula Alejandra Angarita Tovar
Cargo del AutorAbogada por la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia
Páginas257-293
257
Un análisis a los desafíos normativos entre
el régimen de inversión extranjera y los derechos
humanos, una mirada a América Latina:
¿estamos frente a una posible fragmentación
del Derecho Internacional?
Paula Alejandra Angarita Tovar*
Introducción
En las últimas décadas los Estados latinoamericanos desarrollaron un
marco jurídico estructurado sobre la base de dos propósitos, darle una
mayor protección y garantía a derechos fundamentales, en el ámbito del
Derecho Internacional de Derechos Humanos, por medio de una inter-
vención económica más activa por parte de los Estados, de tal manera que
se le pudiera dar un mayor impulso de políticas sociales.1
Y de manera paralela, otorgar un nuevo alcance a los poderes regula-
torios económicos, permitiendo la entrada de las empresas transnacionales,
en fomento de la inversión extranjera en los países huéspedes. A través
de la rma de diferentes acuerdos internacionales de inversión ()2 que
* Abogada por la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia. paula_an-
garita@hotmail.com
1 Uprinmy, Rodrigo, “Las transformaciones constitucionales recientes en América Latina:
tendencias y desafíos”. En El Derecho en América Latina. Un mapa para el pensamiento jurídico del
siglo xxi, 2011, pp. 109-137.
2 “Los ‘acuerdos internacionales de inversión’ () son tratados internacionales celebrados
Derecho internacional público, derecho internacional de la inversión extranjera
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cumplen con el propósito de impulsar la inversión directa entre los Esta-
dos y reducir los obstáculos, garantizando ciertos estándares mínimos de
protección a los inversionistas.3
Los países latinoamericanos materializaron este proceso a través de
distintas reformas constitucionales, permitiendo un mayor reconocimiento y
debida protección a los derechos fundamentales de tal manera que pudieran
tener un mayor impacto en la realidad social y consolidando la entrada
de la inversión extranjera directa a los países de economías emergentes.
Este proceso consagró una serie de compromisos en el ámbito interna-
cional que hoy en día son considerados de tipo discordante, exigiendo a los
Estados proteger los derechos de las personas, en virtud de las obligaciones
constitucional e internacionalmente adquiridas y respetar el cumplimiento
de los  que tienen como propósito fomentar la inversión y el desarrollo
económico a los países, mediante el ingreso de las empresas transnacionales
a los países huéspedes, planteando la idea de que la región latinoamericana
se enfrente ante los retos de un Derecho Internacional fragmentado.4
Para el año 2006 un grupo de estudio presidido por el profesor Martti
Koskenniemi, presentó un informe a la Comisión de Derecho Internacional
(), frente a la idea de su posible fragmentación y las dicultades que
se pueden derivar de la diversicación y expansión de este. En este infor-
me se expuso que la fragmentación crea el peligro de que surjan normas,
principios, sistemas de normas y prácticas institucionales contradictorios
e incompatibles, y al mismo tiempo reeja la expansión de la actividad
entre los Estados con el objetivo de atraer inversión extranjera directa () hacia sus territorios, por
medio de la creación de condiciones favorables que promuevan y protejan la inversión extranjera en
los Estados receptores. A partir de estos tratados se crea un marco jurídico para la  generando un
ambiente de protección, transparencia, seguridad y previsibilidad para los inversionistas extranjeros”.
Revista de Derecho del Estado n.o 38. Enero-junio de 2017, pp. 23-66. Castaño Peña, María Natalia,
El Estado colombiano ante un arbitraje internacional de inversión”. Disponible en: http://revistas.
uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/4926/5904.
3 Villegas-Carrasquilla, Carlos Pablo, Márquez-Escobar y Lorenzo, “Regulación e inversión
extranjera: los tratados de promoción recíproca de inversiones y el estándar de trato justo y equi-
tativo”, Revista Colombiana de Derecho Internacional, 2009, pp.155-180.
4 Quintero, Juan Felipe Solórzano, “Los tratados bilaterales de protección de inversiones y
su sometimiento a los derechos humanos y un breve excursus para el caso colombiano”, Estudios
socio-juridicos, 2017, pp. 223-258.
Un análisis a los desafíos normativos entre el régimen de inversión extranjera y los derechos humanos
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jurídica internacional en nuevos ámbitos, por consiguiente, es ejemplo de
diversicación.5
Es importante que se planteen las preguntas que alguna vez el profesor
Miguel Arenas, esbozó:
El problema principal que se plantea a este respecto es determinar
qué tipo de relación podría darse entre estos dos regímenes jurí-
dicos: ¿se trataría de una relación de prevalencia o superioridad de
un ordenamiento jurídicos sobre otro?, o si, por el contrario, ¿se
trata de una relación de coordinación o complementariedad entre
ordenamientos en la cual los Derechos Humanos no gozarían de
ninguna posición jerárquica superior respecto a las normas en ma-
teria de inversiones, ni tampoco al revés?6
Doctrinalmente se han planteado diversos argumentos en necesidad
de armonizar las diversas fuentes internacionales y en particular estos dos
regímenes del Derecho Internacional al que pertenecen los Estados. Lo
anterior no pretende restringir los márgenes de soberanía estatal, si no poder
encontrar herramientas que permitan garantizar los derechos individuales
y promover los proyectos de inversión extranjera directa en la región.
Este artículo propone presentar unas algunas discusiones en curso
sobre la conformación de una pluralidad de regímenes internacionales,
para que de esta manera consecuente se puedan plantear algunas herra-
mientas que permitan que estos regímenes se no se contrapongan y que
los Estados se encuentren en la capacidad de asumir sus obligaciones en
el ámbito interno.7
5 Anuario de la Comisión de Derecho Internacional. La fragmentación del Derecho Interna-
cional: dicultades derivadas de la diversicación y expansión del Derecho Internacional. Año 2006,
vol. II, Segunda parte. Capítulo XII. Disponible en: http://legal.un.org/ilc/reports/2006/spanish/
chp12.pdf.
6 Arenas, Miguel, “Inversiones extranjeras y derechos humanos en América Latina: con especial
referencia al derecho a la consulta de los pueblos indígenas”. Colección en Derecho Económico
Internacional. En ¿Hacia dónde va América Latina respecto del Derecho Internacional de las Inversiones?
Diciembre de 2015, pp. 317-338.
7 Abramovich, Víctor, “Poderes regulatorios estatales en el pluralismo jurídico global”, Revista
Internacional de Derechos Humanos 11 (agosto de 2015).

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