Análisis jurisprudencial: el gravamen de dividendos en el impuesto de industria y comercio - Núm. 19, Julio 2021 - Revista de Derecho Fiscal - Libros y Revistas - VLEX 869956906

Análisis jurisprudencial: el gravamen de dividendos en el impuesto de industria y comercio

AutorRossana Galeano Gómez
CargoAbogada, Universidad de los Andes; candidata a maestría en Derecho del Estado con Énfasis en Derecho Tributario, Universidad Externado de Co-lombia. Bogotá (Colombia). rossanagg@hotmail.es / https://orcid.org/0000-0001-7929-0810.doi: https://doi.org/10.18601/16926722.n19.07
Páginas161-210
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Revista de Derecho Fiscal n.º 19 julio-diciembre de 2021 pp. 161-210
Análisis jurisprudencial: el gravamen de dividendos en el impuesto de industria y comercio
Revista de Derecho Fiscal n.º 19 julio-diciembre de 2021 pp. 161-210
Análisis jurisprudencial: el gravamen
de dividendos en el impuesto
de industria y comercio
Jurisprudential Analysis: The taxation
of dividends in the Industry
and Commerce Tax
Análise Jurisprudencial: A tributação
de dividendos no Imposto
sobre Indústria e Comércio
ROSSANA GALEANO GÓMEZ*
* Abogada, Universidad de los Andes; candidata a maestría en Derecho del
Estado con Énfasis en Derecho Tributario, Universidad Externado de Co-
lombia. Bogotá (Colombia). rossanagg@hotmail.es / ht tps :// orc id. org /00 00-
0001-7929-0810.
DOI: https://doi.org/10.18601/16926722.n19.07
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Revista de Derecho Fiscal n.º 19 julio-diciembre de 2021 pp. 161-210
ROSSANA GALEANO GÓMEZ
Resumen
El impuesto de industria y comercio ha existido en Colombia desde 1983 y, desde esta
época, ha sido objeto de demandas y conflictos en el Consejo de Estado. Una de las prin-
cipales discusiones ha sido la consideración de los dividendos y las rentas pasivas como
activos objeto de gravamen por parte del Estado. Las consideraciones de por qué deben
o no ser gravadas por el impuesto pasan a ser estudiadas de manera amplia observando
en cada caso las diferentes sentencias que se consideraron con un valor y tema relevante
para la tesis analizada de si se debían entender como gravados los dividendos en el im-
puesto de industria y comercio en Colombia.
Palabras clave: impuesto de industria y comercio; gravamen de dividendos; análisis
jurisprudencial; Consejo de Estado.
Abstract
The industry and commerce tax has existed in Colombia since 1983 and since this time
it has been the subject of lawsuits and conflicts in the State Council. One of the main
discussions that have been held since this beginning has been the consideration of divi-
dends and passive income as assets subject to taxation by the State. The considerations
of why they should or should not be taxed go to be studied in a broad way observing in
each case the different sentences that were considered with a value and topic relevant to
the thesis that we wanted to analyze if they should be understood as taxed dividends in
the industry and commerce tax in Colombia.
Key words: Industry and commerce tax; dividend tax; jurisprudential analysis; Consejo
de Estado.
Resumo
O imposto sobre a indústria e o comércio existe na Colômbia desde 1983 e, desde então,
é objeto de ações e conflitos no Conselho de Estado. Uma das principais discussões rea-
lizadas desde esse início tem sido a consideração de dividendos e receita passiva como
ativos sujeitos a tributação pelo Estado. As considerações sobre por que eles deveriam
ou não ser tributados passam a ser estudadas de maneira ampla, observando em cada
caso as diferentes frases que foram consideradas com um valor e tópico relevante para a
tese que queríamos analisar se elas deveriam ser entendidas como tributadas. dividendos
no imposto industrial e comercial na Colômbia.
Palavras-chave: Imposto sobre indústria e comércio; imposto sobre dividendos; análise
jurisprudencial; Conselho de Estado.
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Revista de Derecho Fiscal n.º 19 julio-diciembre de 2021 pp. 161-210
Análisis jurisprudencial: el gravamen de dividendos en el impuesto de industria y comercio
Introducción
El presente trabajo se centrará en el análisis jurisprudencial del impuesto de industria y
comercio, específicamente en los ingresos obtenidos por concepto de dividendos. A lo
largo de los años, este concepto de ingresos ha llevado a discusiones legislativas, adminis-
trativas y jurisprudenciales, las cuales han permitido que el impuesto crezca y se desarro-
lle, pero aun así deja abiertos litigios e inseguridad jurídica. En efecto, este desarrollo no
puede ser entendido como claro y constante en algunos aspectos del impuesto, como son
los ingresos por concepto de dividendos.
Los ingresos por concepto de dividendos han creado diferencias entre la administra-
ción y el contribuyente, que han debido ser resueltas por el Consejo de Estado dada la
falta de acuerdo que se ha presentado entre las entidades y los contribuyentes. El conflicto
por la noción de dividendos se centra en la falta de evidencia de estos como un concepto
gravado en el impuesto. A pesar de que se han dado indicios o se pueden hacer analogías
y extrapolar conceptos que lo consideren un elemento gravado, no es posible tener una
completa certeza o un gravamen explícito del ingreso.
Debido a esta falta de certeza se ha creado una jurisprudencia amplia y variada en el
Consejo de Estado que, más que dar claridad total al asunto, ha permitido que se manejen
consideraciones varias, así como indicios para ser tomados en cuenta por la adminis-
tración, a fin de entender cuándo un ingreso por concepto de dividendos debe o no ser
gravado.
I. El impuesto de industria y comercio
El de industria y comercio es el impuesto municipal por medio del cual se grava el desa-
rrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios en los municipios de Colom-
bia. Fue introducido al ordenamiento tributario para el Distrito de Bogotá bajo la Ley 97
de 1913 y, posteriormente, desarrollado por la Ley 14 de 1983 (Piza, 2017, p. 136).
Durante todos estos años, como era de esperarse, el impuesto ha venido sufriendo mo-
dificaciones de acuerdo con los desarrollos sociales, las nuevas tendencias comerciales y
el surgimiento de nuevas actividades económicas para ser gravadas por él. Dado su carác-
ter municipal, se permite que los municipios expidan excepciones dentro de sus estatutos
de renta, o graven de acuerdo con un parámetro de tarifas, las actividades establecidas en
el decreto, según sus necesidades, incluyéndose como un nuevo sujeto de modificación
en el impuesto.
El impuesto de industria y comercio se encuentra regulado en sus aspectos primordia-
les en la Ley 14 de 1983, en los artículos 32 al 40; igualmente, cada municipio adapta el
impuesto en sus estatutos municipales. Los artículos establecen los elementos necesarios
para la formulación de un impuesto. Es importante aclarar, sin embargo, que, dada la
condición de territorialidad del impuesto, se permitió el libre establecimiento de condi-
ciones adicionales por parte de los municipios, siempre que estas no fueran en contra de

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