Análisis de la presunción de daño moral que beneficia a ciertas víctimas indirectas en la jurisdicción contencioso administrativa colombiana - Núm. 42, Enero 2019 - Revista Derecho del Estado - Libros y Revistas - VLEX 758286725

Análisis de la presunción de daño moral que beneficia a ciertas víctimas indirectas en la jurisdicción contencioso administrativa colombiana

AutorNicolás Enrique Martínez Benavides
Páginas181-210
Revista Derecho del Estado n.º 42, enero-abril de 2019, pp. 181-210
NICOLÁS ENRIQUE MARTÍNEZ BENAVIDES*
Análisis de la presunción de daño
moral que beneficia a ciertas víctimas
indirectas en la jurisdicción contencioso
administrativa colombiana**-***
Analysis of the presumption of moral
damage that benefits certain indirect
victims in the administrative litigation
jurisdiction in Colombia
RESUMEN
Este artículo estudia la presunción de daño moral a favor de las víctimas
indirectas en la jurisdicción contencioso administrativa. En primer término
se analizan las diversas teorías en torno a la prueba del daño moral. Posterior-
mente se dan las razones por las cuales la prueba del daño moral de algunas
víctimas indirectas corresponde a una presunción y no a un indicio. El artículo
finaliza explicando las razones por las cuales la estructura de presunción
conduce a indemnizar daños inciertos, además de resultar discriminatoria
frente a modelos de familia no tradicionales.
PALABRAS CLAVE
Daño moral, presunción, indicio contingente, relaciones de familia, familia
de hecho, derecho a la igualdad.
* Magíster en Derecho con énfasis en Responsabilidad Contractual y Extracontractual
Civil y del Estado de la Universidad Externado de Colombia. Investigador independiente. Bogotá,
Colombia. Contacto: nicoemartinez@hotmail.com
** Recibido el 20 de febrero de 2018, aprobado el 4 de abril de 2018.
Para citar el artículo: Martínez BenaViDes, N. E. Análisis de la presunción de daño moral
que beneficia a ciertas víctimas indirectas en la jurisdicción contencioso administrativa colom-
biana. En Revista Derecho del Estado, Universidad Externado de Colombia. N.º 42, enero-abril
de 2019, pp. 181-210.
Doi: https://doi.org/10.18601/01229893.n42.07
*** Este artículo es producto de las labores desarrolladas en el marco de la línea de inves-
tigación en Responsabilidad Civil del Grupo de Derecho Privado de la Universidad Externado
de Colombia.
182 Nicolás Enrique Martínez Benavides
Revista Derecho del Estado n.º 42, enero-abril de 2019, pp. 181-210
ABSTRACT
This article studies the presumption of non-material damage (moral damage)
in favor of indirect victims in the administrative jurisdiction. The author
begins the study by analyzing the various theories surrounding the proof of
non-material damage (moral damage). Additionally, the author provides the
reasons for which proof of the non-material damage (moral damage) of some
indirect victims corresponds to a presumption and not to a clear indication.
The article ends by explaining the reasons why the structure of presumption
leads to compensation of uncertain damages, as well as being discriminatory
against non-traditional family models.
KEYWORDS
Non-material damage, presumption, contingent indication, family relations,
de facto family, equality right.
SUMARIO
Introducción. 1. Alcance de la noción de daño moral. 1.1. Teorías en torno a
su prueba. 1.2. Prueba de daño moral a cargo de las víctimas indirectas en la
jurisdicción contencioso administrativa colombiana. 2. Análisis crítico de la
presunción. 2.1. El parentesco es solo un indicio contingente. 2.2. Concepto
desactualizado de familia. 3. Consecuencias adversas de la presunción. 4.
Propuesta de solución. Conclusión. Referencias.
INTRODUCCIÓN
En Colombia el daño moral es la categoría de perjuicio extrapatrimonial más
antigua, cuyo reconocimiento es indiscutible por la jurisprudencia nacional.
No obstante, en torno al mismo mantienen vigencia muchas discusiones, por
ejemplo, las referidas a los eventos en que debe indemnizarse, la manera
como debe hacerse la reparación o la manera como se ha de probar aquel.
En relación con la prueba del daño moral, la jurisdicción de lo contencioso
administrativo erige una presunción a favor de algunos perjudicados de rebote
y ante determinados hechos dañosos de la víctima directa (muerte, lesión y
privación de la libertad), siendo suficiente, para dar por acreditado el daño
moral, la prueba de la relación de parentesco.
La sentencia hito de esta línea jurisprudencial es la proferida por la Sección
Tercera del Consejo de Estado el 17 de julio de 1992, en la cual aclaró que
la presunción cobija, sin excepción, a quienes tengan con la víctima directa
relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR