Animales: un cambio de paradigma normativo en el alcance y la naturaleza jurídicos del sujeto de derecho en el ordenamiento colombiano - Núm. 48, Julio 2018 - Revista Pensamiento Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 760205237

Animales: un cambio de paradigma normativo en el alcance y la naturaleza jurídicos del sujeto de derecho en el ordenamiento colombiano

AutorLaura Juliana Santacoloma Méndez
CargoAbogada, investigadora y consultora en asuntos jurídico ambientales, con estudios de posgrado y maestría en Derecho Ambiental. Artículo basado en la demanda presentada ante la honorable Corte Constitucional, actualmente admitida y en estudio para fallo
Páginas131-158
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PENSAMIENTO JURÍDICO, No. 48, ISSN 0122-1108, JULIO-DICIE MBRE, BOGOTÁ, 2018, PP. 131-158
Animales: un cambio de paradigma normativo
en el alcance y la naturaleza jurídicos del sujeto
de derecho en el ordenamiento colombiano
Animals: a change of normative paradigm in the
scope and legal nature of the non-human entities
of rights in Colombian sistem

Fecha de recepción: 19 de oc tubre de 2017
Fecha de aceptación: 13 de febre ro de 2018
RESUMEN
El reconocimie nto de derechos a sujetos
distintos a los i ndividuos huma nos o a
la persona jur ídica desafí a al derecho,
sistema bas ado en relaciones entre
personas, y ent re estas y los objetos. Sin
embargo, las acciones hu manas afec tan a
otros agentes y, con ellos, a los es tándares
de justicia. Ac tualmente, los a nimales
son reconocidos como seres s intientes,
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Palabras clave: an imales; sujetos de
derecho; seres sint ientes; derechos sub-
jetivos; cosas; per sonas; derechos de los
animales.
ABSTRACT
The recognit ion of rights to non-human
 
based on relation ships between p eople
or between people a nd things. De spite
this, huma n actions have an imp act on
other being s and the justice st andards.
Currently, anim als are recog nized as
sentient being s. How to define thei r
legal natur e?
Keyword s: anim als; subjects of ri ght;
beings; subjective rights; things; animal
rights; non-huma n rights.
1
* Abogada, inve stigadora y consu ltora en asuntos ju rídico ambienta les, con estudios de p osgrado y maest ría
en Derecho Ambient al. Artículo basad o en la demanda presentad a ante la honorable Corte Const itucional,
actualm ente admitida y en e studio para fallo. Cor reo electrónico: ljsm_1@hot mail.com
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ANIMALES: UN CAMBIO DE PARADIGMA NORMATIVO
IntroduccIón
La reciente tendencia jurídic a en la jurisprudencia colombiana a rev aluar el
contenido del conjunto  está d irectamente relac ionada
con la ampliación del c írculo de consideración moral y de imputac ión
jurídica a otras entidades vistas como relevantes para la sociedad. Por esto,
las generaciones futuras, el río Atrato y los animales1 son reconocidos como
capaces de ejercer derechos, esto e s, de recibir protección de particulares y de l
Estado por cuenta del va lor de su existencia e integridad, y por su re lación con

escritos, me he ocupado de las generac iones futuras y, en esta ocasión, dedic aré
mi anális is al concepto o naturaleza jurídica de los ani males y al alcance de su
reconocimiento como s ujetos de derecho.
 -
ciones que tocan los cimientos m ismos de los sistemas jurídicos de Occidente
(especialmente en Latinoamérica). Estos se basan en una concepción binaria
de sujeto-objeto: relaciones entre los sujetos y las cosas, así como entre los
sujetos mismos. Actu almente, todo esto se desenvuelve en el ma rco del discurso
predominante en el sig lo  sobre la propiedad y la libertad, propiciado por el
capitalismo y los sistemas de producción basados en la primarización de las
economías, esto es, la e xplotación de recursos naturales.
Dentro de la tradición continent al europea y, en general, en los ordenamientos
jurídicos occidentales, lo concerniente a los animales ha sido regulado en las
       (v. gr.,
Colombia, Chile, Argenti na). El caso de Colombia no es diferente, sa lvo por las
disposiciones adicionales que sobre el particular contiene el Código Nacional
de Recursos Natura les Renovables y de Protección al Medio Ambiente ()
(Decreto-Ley 28 11 de 1974), que, valga decir, es el más antig uo de Latinoamérica y
el Caribe (Rodr íguez Becerra, 20 04, p. 155), y establece que la fauna es un recurso
natural renovable, esto e s, un objeto de apropiación, por regla general del Estado,
pero también por los par ticulares, seg ún derechos adquiridos conforme a la ley.
En los últimos años, la ju risprudencia constitucional colombiana h a resultado
  
derecho ambiental. L a construcción y la aceptación social de la s normas para la
protección de los derechos difu sos potencialmente afect ados por la intervención
antrópica tienen un importante papel en los límites de la propiedad privada,
materializados en el real alcance de sus atributos en relación con la función
social y ecológica a la que es tá sometida (art. 58, ).
1 Para efectos de claridad conce ptual y análisis de criterio s propios de la normativa colombiana, la expresión
animal aba rca rá aq uell as es pec ies de la fau na no huma nas , sin entr ar a de tal lar si son do més tic as o si lves tre s.

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