La aplicación de los Principios UNIDROIT sobre fuerza mayor y excesiva onerosidad durante la crisis del Covid – 19. - Núm. 5, Octubre 2020 - Boletín del Centro de Estudios de Derecho Comparado - Noticias - VLEX 849759481

La aplicación de los Principios UNIDROIT sobre fuerza mayor y excesiva onerosidad durante la crisis del Covid – 19.

AutorCRISTÓBAL SOTO MEJÍA; MARÍA CLARA SOTO RAMOS
CargoIntegrantes Centro de Estudio de Derecho Comparado

La aparición de un nuevo tipo de coronavirus, denominado COVID-19 y su alto riesgo potencial para la salud, obligó a los distintos gobiernos a adoptar medidas restrictivas y económicas que dieron lugar a una multitud de problemas en los diferentes campos del derecho; una de las consecuencias más destacadas han sido los problemas ocasionados respecto al cumplimiento de las obligaciones contractuales.

Dicha situación ha generado que diversos negocios se encuentren en suspenso y otros sean considerados como de imposible cumplimiento; dando así surgimiento al debate sobre si las partes pueden invocar la crisis sanitaria del COVID-19 como una excusa para el incumplimiento de sus obligaciones. Frente a esto, se debe analizar sobre qué conceptos y bajo qué condiciones se afecta la ejecución del contrato, y si efectivamente, la situación generada era imprevisible por la parte incumplida; a su vez, es necesario evaluar si el cumplimiento de la obligación aún es posible, pero se ha vuelto excesivamente oneroso.

Por esto, la Secretaría de UNIDROIT elaboró un documento titulado “THE UNIDROIT PRINCIPLES OF INTERNATIONAL COMMERCIAL CONTRACTS AND THE COVID-19 HEALTH CRISIS”, publicado el 15 de julio de 2020 en su página web oficial; la cual pretende instruir y motivar a las partes para que implementen los principios internacionales sobre contratos comerciales (en adelante, “los principios”) al momento de interpretar los contratos ya existentes y/o al momento de redactar los nuevos; también, busca asistir a las Cortes, Tribunales Arbitrales y otros órganos decisorios que resuelvan eventuales disputas entre las partes. Al mismo tiempo que, busca brindar una herramienta para modernizar los reglamentos de derecho contractual, o incluso adoptar reglas especiales para la presente situación de emergencia.

Siendo así, por medio de este texto, pretendemos mencionar y explicar cuáles son las recomendaciones de UNIDROIT al interpretar las relaciones contractuales y las consecuencias jurídicas derivadas de la Fuerza Mayor y Excesiva Onersosidad, para lo cual se deben tener en cuenta dos elementos: la fecha de la celebración del contrato y la expresión “razonablemente”.

Respecto al primero, la pandemia del COVID-19 ha desarrollado cuatro etapas, dentro de las cuales, los gobiernos han acatado diferentes tipos de medidas restrictivas que han afectado de diferentes formas el desarrollo del comercio nacional e internacional; la primera etapa ocurrió antes del 31 de diciembre de 2019, la segunda del 31 de diciembre de 2019 hasta el 12 de marzo de 2020 (fecha en la cual la crisis sanitaria recibió el nombre oficial de “pandemia”), la tercera durante el estado de emergencia de cada país, y la cuarta, después del estado de emergencia de dicho territorio particular.

Por ello, para que se pueda determinar la aplicación de la Fuerza Mayor en un caso específico, debe existir un obstaculo relevante y un vínculo causal entre dicho impedimento y el incumplimiento de la obligación. A su vez, la parte incumplida deberá probar la causalidad entre la pandemia y/o las medidas adoptadas por los estados y su relación con el...

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