Aprobación de conversión de precooperativa a cooperativa - Título III - De las organizaciones solidarias que no ejercen actividad financiera - Circular Básica Jurídica - Entidades sin Ánimo de Lucro ESAL 2022 - 4ta. Edición - Libros y Revistas - VLEX 905379116

Aprobación de conversión de precooperativa a cooperativa

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas213-216
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1. Memorial petitorio.
2. Acta de la junta de asociados.
3. Texto completo de los estatutos aprobados, y
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El Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas ordenará el registro establecido en el artículo 17 de la Ley
79 de 1988 en el acto de aprobación de la conversión.
ARTICULO 22. CONTINUIDAD DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. La Cooperativa continuará ejerciendo los
derechos y cumpliendo con las obligaciones de la precooperativa que le dio origen, sin solución de continuidad.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
• *Decreto Único Reglamentario 2420 de 14 de diciembre de 2015: Anexo 2.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
OFICIO TRIBUTARIO 098149 DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2006. DIAN. 
público.
CONCEPTO 20692 DE 7 DE OCTUBRE DE 2003. CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Presentación de la
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CONCEPTO 220-53972 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2001. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. El máximo
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orden de autoridad competente.
OFICIO 340-74789 DE 12 DE DICIEMBRE DE 2000. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. 
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CONCEPTO 220-73035 DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2000. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Alcances de
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JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
SENTENCIA C-861 DE 3 DE SEPTIEMBRE DE 2008. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. MAURICIO GONZÁLEZ
CUERVO. Función de velar por los intereses económicos de la comunidad, la sociedad y el estado.
EXPEDIENTE 15642 DE 23 DE AGOSTO DE 2007. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DRA. LIGIA LÓPEZ DÍAZ.
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SENTENCIA C-530 DE 10 DE MAYO DE 2000. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. ANTONIO BARRERA
CARBONELL. Posibilidad de imponer sanciones a los contadores y a las sociedades de contadores, cuando “lleven
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económica de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados”.
SENTENCIA C-290 DE 16 DE JUNIO DE 1997. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. JORGE ARANGO MEJÍA.
La disposición impugnada está prevista para que la administración diga cuáles habrán de ser las manifestaciones
mínimas de revisores y contadores, en vez de permitir que el Gobierno sólo las reglamente si ello es imprescindible.
CAPÍTULO IV
APROBACIÓN DE CONVERSIÓN DE PRECOOPERATIVA A COOPERATIVA
1. SOLICITUD
De conformidad con lo previsto en el artículo 125 de la Ley 79 de 1988, las precooperativas
deberán evolucionar hacia cooperativas, en un término de cinco (5) años. La
Superintendencia de la Economía Solidaria aprobará la conversión de precooperativa a
cooperativa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 1333 de 1989.
Las precooperativas, deberán a más tardar noventa (90) días antes a la expiración del
plazo de cinco (5) años de duración de la misma, adjuntar los siguientes documentos:
a) Formato de aprobación para la conversión de precooperativa a cooperativa Ver menú
trámites de la página web www.supersolidaria.gov.co.
b) Estatuto vigente de la precooperativa y de la cooperativa en que se desea convertir.
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estatutaria de conversión a Cooperativa.

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