Aproximación al principio de legalidad extendido: límites de la soberanía en materia de prescripción penal a partir del caso de la masacre de Segovia - Cuarta parte. Cuando la cesión de la soberanía estatal puede ser conveniente - Crisis del Estado nación y de la concepción clásica de la soberanía - Libros y Revistas - VLEX 829847125

Aproximación al principio de legalidad extendido: límites de la soberanía en materia de prescripción penal a partir del caso de la masacre de Segovia

AutorJoel M. F. Ramírez-Mendoza
Cargo del AutorAbogado de la Universidad del Rosario
Páginas455-480
455
18
Aproximación al principio
de legalidad extendido:
límites de la soberanía en materia
de prescripción penal a partir del caso
de la masacre de Segovia
Joel M. F. Ramírez-Mendoza*
Introducción: ubicación en el problema
El derecho está compuesto principalmente por palabras que permiten repre-
sentarnos ideas o conceptos que a su vez nos permiten organizarnos y operar;
dichas ideas y conceptos, si bien son jurídicos, necesariamente tienen una
carga política por cuanto esta es su principal fuente.1 Adicionalmente, cuando
Derrida deconstruye la idea de derecho, muestra que esta trae intrínsecamente
la idea de poder, fuerza, e incluso violencia legítima.2 Luego, el ejercicio del
poder es soportado gracias al lenguaje que establece una “conexión mental que
* Abogado de la Universidad del Rosario, magíster en Derechos Humanos y Justicia Transicional
de la Universidad de Ulster (Irlanda del Norte) y doctorando en la Universidad del Rosario. Cuenta
con experiencia tanto en organizaciones —Centro para el Estudio de la Violencia y la Reconciliación
(Sudáfrica) y a la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la Organización de los Estados Americanos—,
como en espacios judiciales —Tribunal Superior de Bogotá, Sala de Justicia y Paz y Secretaría Ejecutiva
de la Jurisdicción Especial para la Paz—. Este texto es resultado del proceso de investigación doctoral.
1 Mauricio García Villegas, La ecacia simbólica del derecho. Sociología política del campo jurídico en Amé-
rica Latina. Bogotá: Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales, Universidad Nacional
de Colombia, Penguin Random House Grupo Editorial, 2016, p. 260.
2
Jacques Derrida, La fuerza de la ley: el “fundamento místico de la autoridad”. 2.
a
ed. Madrid: Tecnos, 2008.
Crisis del Estado nación y de la concepción clásica de la soberanía
456
la gran mayoría de las personas establece entre dichas imposiciones y la idea de
que sin ellas la sociedad caería en el caos y la anarquía; [l]as palabras del dere-
cho permiten crear esa representación”.3 Sin embargo, paralelo a esto, Derrida
también trae a colación la idea de justicia como una forma de autorregulación
de la fuerza que da origen al derecho; por tanto, si bien el derecho nos da una
organización y una forma de operar, en el momento en que se deje a la justicia
de lado, muy probablemente el derecho se vuelva tiránico.4 Lo que nos permite
creer que algo es justo es a partir de la correcta argumentación, es decir, de la
debida organización de proposiciones que se representan a partir de palabras.
Un buen ejemplo de lo anterior es cuando aceptamos creer la idea del
“Estado de derecho” que intrínsecamente trae el concepto de “soberanía”. Una
de las posibles acepciones de soberanía es entenderla como un supuesto por
el cual el pueblo, y principalmente todos los órganos que actúan en su repre-
sentación, tienen la autoridad para crear normas jurídicas.5
De esta forma, se puede entender la palabra “soberanía” como la capacidad
del Estado de autodeterminarse a partir de la creación de normas jurídicas,
permitiendo considerar dichas normas como válidas; esta es precisamente la
relación que hay entre soberanía y principio de legalidad.6
No obstante, cuando intentamos transpolar lo anteriormente descrito a
una situación en la que hubo un concurso de delitos que en conjunto son cali-
cados como crímenes internacionales, se debe decidir si aplicar o no la norma
jurídica por la cual se declara prescrita la acción penal; en principio, aplicar
la norma jurídica sería injusto, no aplicarla sería inválido. La forma como se
ha venido resolviendo este asunto es a partir de normativa internacional. Sin
embargo, en el supuesto de que cuando nosotros decidimos no aplicar una
norma interna, no porque haya una norma interna de mayor jerarquía sino
3 García Villegas, La ecacia simbólica del derecho, ob. cit., p. 261.
4 Es importante resaltar una de las reexiones que emergen del mismo texto: “La justicia sin fuerza
es impotente; la fuerza sin la justicia es tiránica”. Derrida, La fuerza de la ley, ob. cit., p. 17.
5
Véase, por ejemplo, Jaime Vidal Perdomo, Derecho constitucional general e instituciones políticas colombia-
nas. 9.
a
ed. Bogotá: Legis, 2005, p. 48. Se entiende soberanía, siguiendo a Vedel, como “un poder de derecho
originario y supremo; [p]oder de derecho, porque el poder político no es simplemente un acto de fuerza, sino
un hecho vinculado con el derecho, que los ciudadanos entienden como la facultad de crear legítimamente
normas de derecho”.
6 Véase Henrik López Sterup, “Transformaciones en el espacio de la Soberanía”. En: Henrik López
et ál. Transformaciones en el espacio de la soberanía. Bogotá: -Universidad de los Andes, 2013, pp. 11-12.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR