Una aproximación al régimen del arbitraje nacional del nuevo estatuto del arbitraje en Colombia, Ley 1563 de 2012 - Núm. 23, Julio 2012 - Revista de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 736837529

Una aproximación al régimen del arbitraje nacional del nuevo estatuto del arbitraje en Colombia, Ley 1563 de 2012

AutorMarcela Rodríguez Mejía
Páginas379-417
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MARCEL A RODRÍGUE Z MEJÍA**
Sumario: Presentación. I. Antecedentes. II. El arbitraje interno bajo la nueva ley, ¿un
verdadero arbitraje o un semejante del proceso judicial? 1. Régimen dualista. 2. Asuntos
susceptibles de ser conocidos por los árbitros. 3. El arbitraje institucional vs. el arbitraje
 Suspensión del procedimiento. 6. Iniciación
del procedimiento arbitral. 7. El amparo de pobreza. 8. Integración del tribunal arbitral.
9. Régimen de impedimentos y recusaciones de los árbitros y secretarios. 10. Instalación
del tribunal. 11. Utilización de medios electrónicos. 12. Audiencia de conciliación.
13. Honorarios y gastos. 14. Procesos sometidos a la justicia ordinaria o contencioso
administrativa. 15. Primera audiencia de trámite. 16. Pruebas. 17. Audiencias de ale
gatos y de laudo. 18. Integración del contradictorio. 19. Intervención de otras partes
y terceros. 20. Adopción del laudo arbitral. 21. Recurso extraordinario de anulación.
22. Causales de anulación. 23. Efectos de la sentencia de anulación. 24. Reglamento
de los centros de arbitraje. Conclusiones.
Una aproximación al
régimen del arbitraje
nacional del nuevo estatuto
del arbitraje en Colombia,
Ley 1563 de 2012*
* Este artículo se ha redactado en el marco del Proyecto DER  
Ciencia e Innovación de España).
 FPI del Ministerio de Ciencia e Innovación de España en el Depar
tamento de Derecho Administrativo y Procesal de la Universitat de València. Doctoranda
en Derecho Procesal, Universitat de València. Abogada de la Universidad Externado de
Colombia. Contacto: mrcerm84@hotmail.com Fecha de recepción: 10 de julio de 2012.
Fecha de aceptación: 27 de agosto de 2012.
Doctora en Derecho Procesal por la Universitat de Valencia; diploma de Estudios Avanza
dos (2010), Universitat de Valencia; abogada (2007), Universidad Externado de Colombia.
Autora y coautora de publicaciones en varias materias: arbitraje, acoso laboral, estabilidad
laboral, indexación laboral, normas internacionales del trabajo, asilo.
MARCELA RODRÍGUEZ MEJÍA
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REVISTA DE DERECHO PRIVADO, N.º 23, JULIO - DICIEMBRE DE 2012, PP. 379 A 417
Resumen: El nuevo estatuto del arbitraje colombiano, esto es, la Ley 1563 del 12 de
julio de 2012, “por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e
Internacional y se dictan otras disposiciones”, contempla un régimen arbitral dualista:
mientras para el arbitraje de carácter internacional sigue lo dispuesto por la Ley Modelo
de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional de 1985,
enmendada en 2003, para el arbitraje interno se aleja de lo allí propuesto y plantea
un régimen diferente. El interrogante que en este artículo se pretende resolver es el
de si el arbitraje interno que se configura en el Estatuto es un verdadero arbitraje o,
por el contrario, resulta ser semejante al proceso judicial. Con ese objetivo se analiza
la regulación que hace el estatuto de los aspectos más conducentes para la resolución
de la pregunta.
Palabras clave: arbitraje, Ley 1563 de 2012, proceso judicial.
The new regulation of the Colombian arbitration law: law 1563 of 12 July 2012
Abstract: The new regulation of the Colombian arbitration, the Ley 1563 de 12 de julio de
2012, por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras
disposiciones
follows the UNCITRAL Model Law of 1985, amended in 2003, domestic arbitration
establishes a different regime.
This article aims at resolving whether domestic arbitration contemplated in the new Act
is real arbitration or, on the contrary, it appears to be closer to a judicial procedure. To
this end, we will focus on those aspects of the regulation that we consider may lead to
answer this issue, that is: available cases to be heard by arbitrators, institutional arbitra
tion vs. ad hoc arbitration, requirements to become an arbitrator, stay of procedure, start
of arbitral procedure, free legal aid, appointment of the arbitral tribunal, impediments
and challenge of arbitrators, seat of the tribunal, use of electronic means, concilia

justice, first hearing, evidence, pleas and arbitral awards hearings, intervention of
third and other parties, adoption of the arbitral award, extraordinary annulment chal
lenge, grounds of annulment, effects of the judgment ruling annulment, regulation of
arbitration entities.
Keywords: arbitration, Act 1563/2012, judicial procedure.
PRESENTACIÓN
Tras dieciséis años de vigencia de la Ley 315 de 1996, “por la cual se regula el
arbitraje internacional y se dictan otras disposiciones”, y catorce años de vigor del
Decreto 1818 de 1998, “por medio del cual se expide el Estatuto de los mecanis
mos alternativos de resolución de conflictos”, que contempla en su articulado la
regulación del arbitraje nacional y también internacional (el decreto no derogó la
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Ley 315 de 1996), se ha aprobado en el Congreso de la República de Colombia la
Ley 1563 del 12 de julio de 2012, “por medio de la cual se expide el Estatuto de
Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones” (en adelante
“el Estatuto”), que deroga expresamente en su artículo 118 la Ley 315 de 1996,
todas las disposiciones que sobre arbitraje contiene el Decreto 1818 de 1998 y
las demás regulaciones especiales que sobre arbitraje existían en el ordenamiento
jurídico colombiano.
Este nuevo Estatuto entrará en vigor el 12 de octubre de 2012, en virtud de
su artículo 119 que dispone expresamente que este comienza a regir tres meses
después de su promulgación.
Alejándose de la tendencia de la mayoría de países que en los últimos años han
dictado normativas sobre arbitraje1, la nueva legislación colombiana propone un
régimen arbitral dualista, que si bien sigue en lo referente al régimen del arbitraje
internacional a la Ley Modelo de 1985 de la Comisión de Naciones Unidas para
el Derecho Mercantil Internacional, para el Arbitraje Internacional (en adelante
“Ley Modelo”), para el de carácter interno plantea un proceso arbitral radicalmente
distinto2.
Esta dualidad de regímenes hace del Estatuto una normativa llena de con
trastes que merece la pena ser estudiada cuidadosamente. En el presente artículo
nos interesa analizar, principalmente, si el nuevo régimen del arbitraje interno
contemplado en la norma en comento describe un verdadero arbitraje o, por el
contrario, se asemeja a un proceso judicial. Con vistas a ello se revisan los aspectos
más destacables del régimen del arbitraje nacional en este dispuesto, pero antes se
consideran brevemente los pasos previos que se tuvieron que recorrer para llegar
al mencionado Estatuto.
I. ANTECEDENTES
En un esfuerzo por reunir en un único catálogo legal las distintas disposiciones que
sobre arbitraje nacional se encontraban diseminadas en distintos textos legales3,
el Gobierno Nacional, amparado en las facultades otorgadas por el legislador en
1 Sin ánimo de exhaustividad podemos mencionar la normativa peruana: Decreto Legislativo
1071 de 2008, y la española: Ley 60 de 2003 modificada por la Ley 11 de 2011.
2 Otros países latinoamericanos que han optado por un régimen dualista son Costa Rica y
Chile: el primero expidió la Ley 8937 sobre Arbitraje Comercial Internacional, mante
niendo para el arbitraje interno la Ley 7727 de 1997; el segundo dictó la Ley 19971 de
2004 sobre Arbitraje Comercial Internacional, y mantiene antiquísimas regulaciones sobre
el arbitraje nacional en la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales de 1875
3 Decreto 2279 de 1989, “Por el cual se implementan sistemas de solución de conflictos
entre particulares y se dictan otras disposiciones”, Ley 23 de 1991, “Por medio de la cual
se crean mecanismos para descongestionar los despachos judiciales, y se dictan otras dis
posiciones”, Ley 446 de 1998, “Por la cual se adoptan como legislación permanente algunas
normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de Procedimiento
Civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y

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