Arrendamientos (activos por derecho de uso) - Contabilidad de activos con NIIF. Aplica matemáticas financieras y excel - Libros y Revistas - VLEX 862325682

Arrendamientos (activos por derecho de uso)

AutorUriel Guillermo Angulo Guiza
Cargo del AutorContador público de la Universidad Central (Bogotá, Colombia)
Páginas289-316
289
Capítulo 9
Arrendamientos (activos por derecho de uso)
9.1 Contrato de arrendamiento (activos por derecho de uso)
La nueva NIIF 16, que reemplazó a la NIC 17, la cual es obligatoria desde el 01 de
enero de 2019, y la sección 20 en Pymes denen el contrato de arrendamiento
como una modalidad de crédito, en la cual se pueden obtener bienes en arren-
damiento (vehículos, edicios, máquinas, tecnología, etc.) sin comprarlos o con
opción de compra, siendo muy práctico y rentable, conocido en Colombia con el
nombre de leasing.
Podemos decir que el arrendamiento es un método de nanciación mediante el
cual el arrendador (generalmente la entidad nanciera) posee o compra el bien que
requiere el deudor (arrendatario) y este último tiene su usufructo, reconociéndole
al acreedor un canon de arrendamiento.
Por ejemplo, una entidad requiere 50 computadoras (obsolescencia muy rápida) y
al venderlas en un año no obtiene el costo. Resulta más rentable y práctico acudir
a un banco y presentar el proyecto para que el banco compre las computadoras y
nos arriende las mismas, pagando una cuota mensual y al nal del periodo tener la
opción de comprarlas a un precio considerable. Si al nal del contrato sale una me-
jor tecnología, podemos devolver las computadoras iniciales y negociar nuevas
computadoras con el mismo banco. Esta modalidad presenta riesgos, condiciones
y costos a evaluar, pero este mecanismo permite tener la empresa actualizada en
tecnología y, por ende, ser más competitiva.
Para los arrendatarios, el contrato de arrendamiento se convierte en un pasivo y
un activo equivalente (al derecho de uso del bien objeto del contrato). A conse-
cuencia de ello, las compañías aumentarán el tamaño de su balance con nuevos
activos, pero por otro lado también aumentarán el endeudamiento, ya queestos
contratos pasarán a formar parte de su deuda, generando un impacto que afec-
ta al negocio en cifras tan importantes comoel Ebitda y otros índices o razones
nancieras, que son magnitudes que siempre están a los ojos de los inversores,
de los analistas, de los nanciadores, etc.
CONTABILIDAD DE ACTIVOS
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Alcance de la NIIF 16
Esta norma no aplica para los numerales 1, 2 y 3 y es opcional para los numerales 4 y 5.
1. Acuerdos de arrendamiento para la exploración o uso de minerales, petróleo,
gas natural y recursos no renovables similares.
2. Activos biológicos dentro del alcance de la NIC 41.
3. Acuerdos por arrendamientos de intangibles como manuscritos, videos, pelí-
culas y derechos de autor dentro del alcance de la NIC 38.
4. Arrendamientos a corto plazo (menor a un año).
5. Arrendamientos de bajo valor (vehículos y equipos de segunda) o nuevos
cuyo monto no sea signicativo (menores a 4.000 o máximo 5.000 dólares).
9.2 Identicación de un arrendamiento
La NIIF 16 busca hacer una diferencia entre un contrato de servicio y un contrato
de arrendamiento. Tal como indica la NIIF 16, “Al inicio de un contrato, una entidad
evaluará si el contrato es, o contiene, un arrendamiento. Un contrato es, o contie-
ne, un arrendamiento si transmite el derecho a controlar el uso de un activo iden-
ticado por un periodo de tiempo a cambio de una contraprestación” (NIIF 16, 9).
Por lo tanto, para que el contrato sea de arrendamiento es necesario establecer:
1. La existencia del activo identicado.El activo bajo arrendamiento debe ser
registrado de manera especíca, por ejemplo, con un número de serie.
2. Derechos sustantivos de sustitución.El arrendador no puede tener el derecho
a sustituir el activo durante el periodo de uso.
3. Derechos de obtener benecios del uso de un activo identicado.El arrenda-
tario tiene el derecho a obtener los benecios económicos del uso del activo
a lo largo del periodo de uso.
4. Derecho a dirigir el uso de un activo identicado.El arrendatario tiene el dere-
cho a denir el uso del activo a lo largo del periodo de uso.
Si se cumplen las 4 condiciones antes indicadas, se considera que se tiene un con-
trato de arrendamiento; en caso contrario, se tiene un contrato de servicio.

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